Admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

Dirección General:

Dirección General de Innovación y Centros Educativos

Descripción:

La admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Tipo procedimiento:

Otros

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas

Impresos:

Sí­.

Requisitos:

Participarán en este procedimiento: a) Los alumnos que vayan a escolarizase por primera vez en enseñanzas sostenidas con fondos públicos. b) Los alumnos que cambien de un centro a otro para cursar el mismo o distinto nivel o etapa educativa. c) Los alumnos que elijan un centro distinto de aqu él en que se hubiera obtenido reserva de plaza.

Documentación:

- Solicitud.- Documento acreditativo de que el alumno reúne los requisitos de edad.- Documentación acreditativa que haya de presentarse a efectos de baremación, en su caso. - En el supuesto de alumnos con necesidad especí­fica de apoyo educativo, además alguno de los documentos previstos en el artí­culo 14.2 de la Orden ECD/8/2013.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Se fija anualmente por la Dirección General de Innovación y Centros Educativos.

Fecha:

06 de julio del 2009

Lugar presentación :

Adscripción: Centro de primaria de origen. Admisión: Centro docente elegido en primer lugar.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Centros / Decreto 52/2006, de 11 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejerí­a de Educación (BOC nº 99, de 24 de mayo).

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Consejo Escolar de cada centro público.Titular del centro privado concertado bajo la supervisión del Consejo Escolar.Comisiones de Escolarización.Director General de Innovación y Centros Educativos. / Decreto/16/2009, de 12 de marzo, modificado por Decreto 5/2012, de 26 de enero. Orden EDU/8/2013, de 4 de febrero.

Plazo de resolución:

Con anterioridad a la fecha de matrí­cula que anualmente determina la Dirección General de Personal y Centros Docentes.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a administrativa.

Recursos:

Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Dirección General de Innovación y Centros Educativos . Consejerí­a de Educación, Cultura y Deporte.

Normativa:

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Decreto 16/2009, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, modificado mediante Decreto 5/2012, de 26 de enero y Decreto 22/2013, de 2 de mayo. Orden EDU/8/2013, de 4 de febrero, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento de admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Información al ciudadano:

El r égimen de recursos administrativos sobre las decisiones en materia de admisión de alumnos sólo es aplicable respecto de los centros docentes públicos. Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3785182


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