Acreditación investigadores museos.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los investigadores acceder a los fondos de los museos integrados en el Sistema de Museos de Cantabria para llevar a cabo sus proyectos de investigación.

¿Quién puede solicitarlo?

Investigadores que necesiten acceder a los fondos de los museos del Sistema de Museos de Cantabria.

Requisitos principales

  • Indicar el proyecto de investigación en el que se trabaja.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La gestión electrónica es obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y empleados públicos.

Resumen

Este trámite permite a los investigadores obtener la acreditación necesaria para acceder a los fondos de los museos integrados en el Sistema de Museos de Cantabria.

Quién puede usar este servicio: Investigadores que necesiten acceder a los fondos de los museos para sus proyectos.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Indicar el proyecto de investigación en el que se está trabajando.

Documentos requeridos:

  • Solicitud identificativa del interesado, la investigación que realiza, los fondos que precisa consultar y las fechas inicialmente previstas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la solicitud: Reunir la información necesaria sobre el proyecto de investigación y los fondos a consultar.
  2. Presentar la solicitud:
    • Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General. Es obligatorio para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y empleados públicos.
    • Presencialmente: En el propio museo o en la Dirección General de Acción Cultural (Unidad de registro: Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte. C/ Lealtad 24 - 39002 Santander).
  3. Esperar la resolución: El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se recibirá la resolución de la Dirección General de Acción Cultural.
  • Si no se recibe respuesta en 3 meses, se entenderá como silencio administrativo positivo (aprobación de la solicitud).

Siguientes pasos:

  • En caso de denegación, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución o en tres meses desde la presentación de la solicitud si no hay resolución.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes


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