Acreditación de títulos oficiales españoles no universitarios para su reconocimiento en otro estado miembro al amparo de la Directiva 2005/36/CE.
Información Rápida
Objetivo
Acreditar títulos oficiales españoles no universitarios de formación profesional en ciencias de la salud para su reconocimiento en otro estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos que posean un título de formación profesional oficial de la rama sanitaria obtenido en España y que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Requisitos principales
- Estar en posesión de un título de formación profesional oficial de la rama sanitaria, que permita ejercer una profesión sanitaria en España y que haya sido obtenido en España.
- Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Plazos
Puede presentarse la solicitud durante todo el año.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite que la Consejería de Salud de Cantabria acredite tu título oficial español no universitario de formación profesional en el área de ciencias de la salud. Esta acreditación es necesaria para que tu título sea reconocido en otros países miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, permitiéndote ejercer tu profesión regulada en dichos países.
Quién puede usar este servicio:
Ciudadanos que posean un título de formación profesional oficial de la rama sanitaria obtenido en España y que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Fotocopia compulsada del título académico y profesional.
- Fotocopia compulsada del documento acreditativo de nacionalidad.
- Solicitud de acreditación de títulos (Impreso).
Costes y plazos:
Este trámite está sujeto al pago de tasas o precios públicos. La solicitud puede presentarse durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria: Asegúrate de tener todos los documentos requeridos en formato compulsado.
- Presenta la solicitud: Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través del Registro Electrónico General o de forma presencial en el Registro de la Consejería de Sanidad, sito en la C/ Federico Vial Nº 13, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002.
Vías de presentación:
- Telemática: A través del Registro Electrónico General.
- Presencial: En el Registro de la Consejería de Sanidad (C/ Federico Vial Nº 13) o por otros medios establecidos en la Ley de Cantabria.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, el Servicio de Atención Sanitaria la revisará y realizará las gestiones necesarias. La Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria será el órgano encargado de resolver el trámite.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Efectos del silencio administrativo:
Si transcurrido el plazo de 3 meses no has recibido respuesta, se entenderá que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo negativo).
Ayuda
Contacto:
- Teléfono de Información General: 012
- Teléfono de atención administrativa
- Oficinas de asistencia en materia de registro
Recursos adicionales: