Acreditación de oficinas de farmacia y servicios de farmacia hospitalaria en materia de tratamientos con opiáceos.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Acreditación de oficinas de farmacia y servicios de farmacia hospitalaria en materia de tratamientos con opiáceos.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Salud Pública

Descripción:

Acreditar a oficinas de farmacia y servicios de farmacia hospitalaria para la realización de tratamiento con opiáceos a los que hace referencia el Anexo I de la Orden SAN/34/2012.

Tipo procedimiento:

Autorizaciones permisos y licencias

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

Requisitos:

Oficina de Farmacia o Servicio de Farmacia Hospitalaria radicados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación:

La solicitud debe acompañarse de la siguiente documentación: a) Documento acreditativo de la condición del firmante de la solicitud de titular de oficina de farmacia o responsable de servicio de farmacia hospitalaria. b) Descripción de las medidas y medios de custodia de los opiáceos, con indicación de las personas que tengan acceso a los mismos. c) En las Oficinas de Farmacia planos de la planta, con indicación de las dependencias de la misma y, en particular, de la dependencia que dentro de la Oficina de Farmacia, se destine a la administración de la medicación que, en todo caso, deberá ser independiente de la atención al público. d) Memoria descriptiva del utillaje y de los medios de laboratorio de que dispone para la elaboración, cuando proceda, de los medicamentos a que hace referencia el Anexo I de la presente Orden.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Todo el año.

Fecha:

09 de febrero del 2015

Lugar presentación :

En el registro de la Consejerí­a competente en materia de Sanidad o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artí­culo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 105 de la Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

La Comisión de Acreditación, Evaluación y control de Centros y Servicios de Tratamiento con opiáceos. Dirección General de Salud Pública. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Orden SAN/34/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos y la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con opiáceos.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Titular de la Consejerí­a competente en materia de Sanidad. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Orden SAN/34/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos y la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con opiáceos.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorios.

Vía administrativa:

No agota la ví­a administrativa.

Recursos:

Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 meses si es presunta. / Consejo de Gobierno.

Normativa:

Real Decreto 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos. Orden SAN/34/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos y la Comisión de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con opiáceos.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3786268


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