Acreditación de los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm) obtener la acreditación necesaria para realizar sus funciones de evaluación y seguimiento de ensayos clínicos con medicamentos, garantizando la protección de los derechos, seguridad y bienestar de los participantes.

¿Quién puede solicitarlo?

Comités de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm).

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica y su normativa de desarrollo.
  • Cumplir con los requisitos específicos fijados en el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre.
  • Cumplir los criterios específicos comunes fijados por el Comité Técnico de Inspección de la AEMPS.
  • Contar con una Secretaría Técnica profesional.
  • Estar constituido por un mínimo de 10 miembros, incluyendo un miembro lego ajeno a la investigación biomédica o asistencia clínica.

Plazos

Como mínimo, tres meses antes de la finalización de la vigencia de la acreditación del Comité de Investigación Clínica o un mes antes de la realización de modificaciones sustanciales de las instalaciones o de su funcionamiento.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La acreditación debe renovarse periódicamente.

Resumen

Este trámite permite a los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm) obtener la acreditación necesaria para realizar sus funciones.

Quién puede usar este servicio:

  • Comités de Ética de la Investigación con medicamentos.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Cumplir con la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica.
  • Cumplir con el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre.
  • Cumplir los criterios del Comité Técnico de Inspección de la AEMPS.
  • Tener una Secretaría Técnica profesional.
  • Tener al menos 10 miembros, incluyendo un miembro lego.

Costes y plazos:

  • Este trámite no está sujeto a tasas o precios públicos.
  • El plazo de resolución es de 3 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud telemáticamente a través del Registro Electrónico General.

Después de hacerlo

  • La resolución será emitida por el Titular de la Consejería competente en materia de Salud.
  • Se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes si la resolución es expresa y 3 meses si no lo es.

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