Acreditación de laboratorios en materia de consumo.
Información Rápida
Objetivo
Acreditar laboratorios para realizar estudios, ensayos y controles de calidad de productos de consumo.
¿Quién puede solicitarlo?
Laboratorios que realicen estudios, ensayos, pruebas periciales y analíticas, y controles de calidad de productos de uso y consumo.
Requisitos principales
- No se han definido requisitos específicos.
Plazos
No hay un plazo específico de presentación.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Este trámite permite a los laboratorios obtener la acreditación necesaria para realizar estudios, ensayos, pruebas periciales, analíticas y controles de calidad de productos de uso y consumo en Cantabria.
Quién puede usar este servicio
Laboratorios que realicen estudios, ensayos, pruebas periciales y analíticas, y controles de calidad de productos de uso y consumo.
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
La solicitud y la documentación requerida pueden presentarse de dos maneras:
- Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General.
- Presencialmente: En el Registro Delegado de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, ubicado en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002.
Documentación necesaria
- Relación de productos y determinaciones analíticas para los que se solicita la acreditación.
- Memoria explicativa.
- Declaración de cumplimiento de las normas armonizadoras de la serie EN-45000.
- Declaración jurada de no tener dependencia alguna de entidades o empresas que pudieran menoscabar su imparcialidad o independencia profesional.
Tramitación y resolución
El Servicio de Consumo es el órgano instructor del procedimiento. El Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio es el encargado de resolver.
El plazo máximo de resolución es de 6 meses. Si transcurrido este plazo no se ha notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.
Después de hacerlo
Recursos
Contra la resolución del Consejero, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes si el acto es expreso, o en cualquier momento si no lo es.
Ayuda
- Teléfono de Información General: 012
- Teléfono de atención administrativa
- Oficinas de asistencia en materia de registro