Acreditación de entidades de formación profesional para el empleo
Información Rápida
Objetivo
Acreditar entidades de formación profesional para el empleo y sus especialidades formativas en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación de Cantabria.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades de formación profesional para el empleo.
Requisitos principales
- Los indicados en el artículo 7 de la Orden EMP/73/2009 de 31 de agosto.
Plazos
Abierto permanentemente.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La presentación electrónica es obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y empleados públicos.
Resumen
Este trámite permite a las entidades de formación profesional obtener la acreditación necesaria para impartir formación para el empleo en Cantabria. El proceso implica la inscripción en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y entidades que imparten formación profesional para el empleo.
Antes de empezar:
- Revisar los requisitos y la documentación necesaria.
- Disponer de certificado electrónico para realizar la presentación telemática.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- La documentación indicada en el artículo 9.4 de la Orden EMP/73/2009, de 31 de agosto.
- Impreso de solicitud de acreditación: Solicitud acreditación
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos del artículo 7 de la Orden EMP/73/2009 de 31 de agosto.
Costes y plazos:
- Este trámite no está sujeto a tasas o precios públicos.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Acceder al Registro Electrónico General a través de este enlace: Nueva presentación electrónica.
- Completar y presentar la solicitud telemáticamente.
Información sobre cada etapa:
- La presentación electrónica es obligatoria para ciertos sujetos, como personas jurídicas y profesionales colegiados.
- Si necesita ayuda para realizar la presentación electrónica, puede consultar este vídeo: ¿Cómo realizar una presentación electrónica?
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- El Servicio Cántabro de Empleo revisará la solicitud y la documentación.
- Se le notificará la resolución del procedimiento.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
Siguientes pasos:
- En caso de resolución favorable, la entidad será inscrita en el Registro Autonómico.
- En caso de requerir subsanación, puede aportar documentación adicional a través de este enlace: Aportar documentación adicional
Ayuda
Contacto:
- Teléfono de información general: 012
- Teléfono de atención administrativa
- Oficinas de asistencia en materia de registro
Recursos adicionales:
Normativa Aplicable
- Orden TMS/369/2019 de 28 de marzo por el que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Orden EMP/73/2009, de 31 de agosto, por la que se crea el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.