Acreditación de comités éticos de investigación clínica.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Acreditación de comit és éticos de investigación clí­nica.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria

Descripción:

Controlar los aspectos metodológicos, éticos y legales de los protocolos, así­ como el balance.

Tipo procedimiento:

Otros

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Otros

Requisitos:

Requisitos mí­nimos para la acreditación de un Comit é í?tico de Investigación Clí­nica. 1. estar formado como mí­nimo por nueve miembros y como máximo por diecis éis, de los cuales, dos al menos deben ser ajenos a las profesiones sanitarias, debiendo ser uno licenciado en derecho 2.Entre los miembros del citado Comit é figurarán m édicos, uno de los cuales será Farmacólogo Clí­nico, un Farmac éutico de hospital y algún miembro del personal de enfermerí­a. 3.Garantí­a explí­cita, por parte del titular del centro, de que el Comit é cuenta con los medios necesarios para poder realizar su cometido. 4.Ni el Comit é í?tico de Investigación Clí­nica ni ninguno de sus miembros podrán percibir directa ni indirectamente remuneración alguna por parte del promotor del ensayo.

Documentación:

Solicitud acompañada de la siguiente documentación: a) Composición del Comit é con identificación de sus cargos. b) Curriculum vitae de los miembros del Comit é y declaración de no poseer intereses derivados de la fabricación y venta de medicamentos y productos sanitarios. c) Planos de las instalaciones. d) Recursos humanos y materiales. e) Procedimientos normalizados de trabajo.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Consejero/a de Sanidad. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

Plazo de resolución:

Tres meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno.

Normativa:

Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantí­as y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regula los ensayos clí­nicos con medicamentos. Decreto 84/2005, de 21 de julio, por el que se regula el Comit é í?tico de Investigación Clí­nica de Cantabria. Orden SAN/31/2012, de 6 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de acreditación del Comit é í?tico de Investigación Clí­nica de Cantabria.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3786368


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