Acreditación de actividades concretas de formación en materia de Formación Sanitaria Continuada.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Acreditación de actividades de formación continuada en el ámbito sanitario por la Comisión de Formación Continuada.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas y administraciones que ofrezcan formación sanitaria continuada.

Requisitos principales

  • Cumplir con los criterios generales, comunes y mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada, según el artículo 35.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y los aprobados en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.
  • Presentar la solicitud firmada digitalmente por el responsable de la entidad, y adjuntar evidencias relativas al control de asistencia y evaluación de la actividad, y en el caso de actividades a distancia, una muestra representativa del material.

Plazos

Durante todo el año.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar la acreditación de actividades de formación continuada en el ámbito sanitario ante la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Empresas
  • Administraciones

Que ofrezcan formación en el ámbito sanitario.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Cumplimiento de los criterios generales, comunes y mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada, según el artículo 35.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y los aprobados en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.
  • Obligatorio presentar la solicitud firmada digitalmente por el responsable de la entidad, y adjuntar evidencias relativas al control de asistencia y evaluación de la actividad, y en el caso de actividades a distancia, una muestra representativa del material.

Costes y plazos:

  • Este trámite no está sujeto a tasas o precios públicos.
  • El plazo de resolución es de 3 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud:
    • Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General.
    • Presencialmente: En el Registro de la Consejería competente en materia de sanidad o en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentada la solicitud, la Secretaría Técnica de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria revisará la documentación.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Siguientes pasos:

Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución al interesado. En caso de ser favorable, la actividad formativa quedará acreditada.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Presentación


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Servicio de Administracion General

Secret.Gral. de Presidencia y Justicia

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

Servicio Gestion Económica Hsll

Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.