Acreditación de actividades concretas de formación en materia de Formación Sanitaria Continuada.
Información Rápida
Objetivo
Acreditación de actividades de formación continuada en el ámbito sanitario por la Comisión de Formación Continuada.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas y administraciones que ofrezcan formación sanitaria continuada.
Requisitos principales
- Cumplir con los criterios generales, comunes y mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada, según el artículo 35.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y los aprobados en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.
- Presentar la solicitud firmada digitalmente por el responsable de la entidad, y adjuntar evidencias relativas al control de asistencia y evaluación de la actividad, y en el caso de actividades a distancia, una muestra representativa del material.
Plazos
Durante todo el año.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar la acreditación de actividades de formación continuada en el ámbito sanitario ante la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas
- Administraciones
Que ofrezcan formación en el ámbito sanitario.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud NORMALIZADA correspondiente al año en curso según modalidad del curso (presencial, mixta, a distancia), disponible en la página web www.saludcantabria.es.
- Control de asistencia.
- Documento/s de evaluación.
- Cursos a distancia y mixtos: Muestra representativa del material a distancia (un tema, unidad o módulo completo).
Requisitos previos:
- Cumplimiento de los criterios generales, comunes y mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Formación Continuada, según el artículo 35.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y los aprobados en el Pleno de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Cantabria.
- Obligatorio presentar la solicitud firmada digitalmente por el responsable de la entidad, y adjuntar evidencias relativas al control de asistencia y evaluación de la actividad, y en el caso de actividades a distancia, una muestra representativa del material.
Costes y plazos:
- Este trámite no está sujeto a tasas o precios públicos.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud:
- Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General.
- Presencialmente: En el Registro de la Consejería competente en materia de sanidad o en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, la Secretaría Técnica de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria revisará la documentación.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Siguientes pasos:
Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución al interesado. En caso de ser favorable, la actividad formativa quedará acreditada.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono de Información General: 012
- Teléfono de atención administrativa
- Oficinas de asistencia en materia de registro
Recursos adicionales: