Acreditación a entidades especializadas para actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas (SERPA)
Información Rápida
Objetivo
Permite a entidades especializadas obtener la acreditación necesaria para ofrecer servicios de prevención de riesgos laborales a empresas en las áreas de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía, psicosociología aplicada y medicina del trabajo.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades especializadas que deseen actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas.
Requisitos principales
- Disponer de la organización, instalaciones, personal y equipos necesarios.
- Constituir una garantía que cubra su eventual responsabilidad.
- No mantener vinculaciones comerciales o financieras con las empresas concertadas, más allá de la propia prestación del servicio de prevención.
- Obtener la aprobación de la Administración Sanitaria en los aspectos sanitarios.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite a las entidades especializadas obtener la acreditación necesaria para actuar como servicios de prevención ajenos (SERPA) en Cantabria. Esto les habilita para ofrecer servicios de prevención de riesgos laborales a empresas en las áreas de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía, psicosociología aplicada y medicina del trabajo.
Lo que necesitas
Requisitos
- Disponer de organización, instalaciones, personal y equipos adecuados para el desarrollo de la actividad.
- Constituir una garantía que cubra la posible responsabilidad derivada de su actividad.
- No mantener vinculaciones comerciales, financieras o de otro tipo con las empresas a las que presten servicios, más allá de la propia relación como servicio de prevención.
- Obtener la aprobación de la Administración Sanitaria en los aspectos de carácter sanitario.
Documentación
- Proyecto: Debe incluir los aspectos de la actividad preventiva, el ámbito territorial y profesional, la dotación de personal (cualificación y dedicación), las instalaciones y medios instrumentales, el compromiso de suscribir una póliza de seguro de responsabilidad, las actividades especializadas que se subcontraten, la descripción de locales e instalaciones, y el compromiso de no concertar actividades con empresas con las que existan vinculaciones comerciales, financieras o de otro tipo.
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
La presentación se realiza de forma telemática a través de:
Importante: La gestión electrónica es obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y empleados públicos.
Tramitación y resolución
- Órgano Instructor: Sección de Relaciones Laborales.
- Órgano que resuelve: Director/a General de Trabajo.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Efectos del silencio administrativo: Negativo (la falta de resolución en plazo implica la denegación de la solicitud).
- Fin de la vía administrativa: No.
Recursos
- Tipo: Recurso de alzada.
- Órgano ante el que se recurre: Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales.
- Plazo: Un mes si el acto es expreso, o en cualquier momento si es presunto.
Normativa
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
- Orden HAC/49/2013 por la que se establece el Registro de entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Ayuda
- Teléfono de Información General: 012 (disponible 24 horas).
- Teléfono de atención administrativa.
- Oficinas de asistencia en materia de registro.