Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que contraten a personas inscritas como desempleadas en el SCE, poseedoras de Certificados de Profesionalidad, de acuerdo a los requisitos exigidos en la normativa reguladora del programa.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Resuelvo Tercero.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán ser beneficiarios de la subvención cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales o presenten en el momento de la Solicitud un compromiso de contratación, de la tipología prevista en la base cuarta, siempre que se acrediten las condiciones y requisitos consignados en la bases reguladoras y convocatoria respectiva.
    Cuantía
    • -Por contratos indefinidos 5.500,00 euros por contrato.
    • -Por contratos temporales 2.500,00 euros por contrato temporal con una duración de 6 meses (mínima exigible). Por cada 6 meses de duración inicial superior al mínimo de de 6 meses exigidos, se concederán 500 euros adicionales hasta un máximo de 4.500,00 euros, no teniéndose en cuenta fracciones de tiempo inferiores a 6 meses.
    • -Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual.
    • - En el caso de contratos en los que el trabajador contratado hubiera desarrollado las prácticas del Certificado de Profesionalidad del que es titular, en la misma empresa que lo contrata, el importe de la subvención que corresponda por aplicación de los criterios expuestos en los puntos 1 y 2, se incrementará en 500,00 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Para la valoración del conjunto de solicitudes presentadas dentro de cada uno de los periodos establecidos en la presente Convocatoria, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de prelación, por este orden:
    • 1º) Solicitudes con mayor numero de contratos con desempleados que hayan solicitado e iniciado el Servicio de Empleo CERTIFICATE, con anterioridad a la celebración del contrato, de conformidad con lo previsto en las presentes Bases reguladoras.
    • 2º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos indefinidos por los que se solicita subvención.
    • 3º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos por los que se solicita subvención.
    • 4º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos a jornada completa.
    • 5º) A igualdad en el criterio anterior, tendrá preferencia la solicitud que se hubiera presentado con mayor prontitud, según la fecha y número de registro de entrada en el SCE.
    Forma de Abono:
    • Abono en firme, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras del programa y convocatoria respectiva, y más concretamente en la base décimo tercera.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/4/2019 0:0

    Fecha Fin: 12/4/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2018-2019
    • - 6º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de febrero y marzo de 2019
  • Fecha Inicio: 1/7/2019 0:0

    Fecha Fin: 12/7/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • - 1º periodo: para los contratos laborales suscritos entre los meses de abril y junio de 2019
  • Fecha Inicio: 1/10/2019 0:0

    Fecha Fin: 14/10/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • -2º periodo: para los contratos laborales suscritos entre los meses de julio y septiembre de 2019
  • Observaciones:
    • -Plazo 3º periodo: para los contratos laborales suscritos entre los meses de octubre y diciembre de 2019, durante los primeros 10 días hábiles del mes de enero 2020.
    • -Plazo 4º periodo: para los contratos laborales suscritos entre los meses de enero y marzo de 2020: durante los primeros diez 10 días hábiles del mes de abril 2020.
    • Los plazos de presentación para el 3º y 4 periodo, que afectan a 2020, se habilitarán con sujeción al calendario laboral oficial para dicho año, al fijarse el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.
  • Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Convocatoria 2019-2020:
      Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar a la concesión de la subvención CERTIFICATE, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en los cuatro periodos temporales bien definidos.
      Convocatoria 2018-2019:
      Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar a la concesión de la subvención CERTIFICATE, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2018 hasta el mes de marzo de 2019, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en seis periodos temporales bien definidos.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad «Certifícate» correspondiente al ejercicio 2019-2020.

      Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2018, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad «Certifícate» correspondiente al ejercicio 2018-2019.

      Resolución de 26 junio de 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de un Programa de Incentivos a la Contratación laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad denominado «Certifícate», con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Preguntas Frecuentes

      • ¿Cómo aporto documentación a mi expediente durante la tramitación del procedimiento?
        Una vez ha finalizado el plazo de presentación de solicitud de subvención, a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo, dispone de un servicio de apoyo a la presentación electrónica de documentos para el/los expediente/s que tenga abiertos. Para ello, deberá acceder al "Área personal", concretamente al apto "Mis Expedientes"

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4406
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        235791

  • Objeto

    • Otorgar y renovar los certificados de capacitación profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Pago de tasas
    • En caso de renovación deberá estar en posesión del certificado de consejero de seguridad correspondiente
    Tasas:
    (137) Tasas en materia de ordenación de los transportes terrestres
    • (42) Por la presentación a las pruebas relativas a cada una de las modalidades de capacitación

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 16/7/2019 0:0

    Fecha Fin: 5/8/2019 23:59

    Por internet

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Transportes
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

  • Objeto

    • Reconocimiento de la competencia profesional para el ejercicio de la actividad del transporte de mercancías y viajeros por carretera, tras la realización de las correspondientes pruebas.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Tener residencia en Canarias los 185 días naturales del último año a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    Tasas:
    (137) Tasas en materia de ordenación de los transportes terrestres
    • (42) Por la presentación a las pruebas relativas a cada una de las modalidades de capacitación

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 12/12/2018 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2018 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Transporte Terrestre

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Transportes
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

  • Objeto

    • Reconocimiento de la competencia profesional para el ejercicio de la actividad del transporte de mercancías y viajeros por carretera, tras la realización de las correspondientes pruebas.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Tener residencia en Canarias los 185 días naturales del último año a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    Tasas:
    (137) Tasas en materia de ordenación de los transportes terrestres
    • (42) Por la presentación a las pruebas relativas a cada una de las modalidades de capacitación

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 12/12/2018 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2018 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Transporte Terrestre

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Transportes
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

  • Objeto

    • Prorrogar los plazos de presentación de los documentos o declaraciones relativos a adquisiciones por causa de muerte por un plazo igual al señalado para su presentación.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • La solicitud de prórroga debe presentarse dentro de los cinco primeros meses del plazo de presentación (esto es, dentro de los cinco -5- primeros meses contados desde el día del fallecimiento del causante o desde aquél en que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento).
  • Observaciones:
    • En caso de denegación de la prórroga, el plazo de presentación se entenderá ampliado en los días transcurridos desde la presentación de la solicitud hasta el de notificación del acuerdo denegatorio.
    • El sujeto pasivo tendrá que abonar intereses de demora por los días transcurridos desde la terminación del plazo de seis meses a partir del devengo del impuesto hasta el día en que se presente el documento o declaración.
  • Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Dependencia de Tributos Cedidos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dependencia de Tributos Cedidos
      Plazo de resolución:
      1 mes
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Reclamación Económica Administrativa

    Observaciones

    • Unidad administrativa gestora: 1.-Administración de Tributos Cedidos de Las Palmas
      2.-Administración de Tributos Cedidos de S/C de Tenerife

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones. (BOE nº 275, de 16.11.1991). Artículo 68.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        887
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220727

  • Objeto

    • Prorrogar los plazos de presentación de los documentos o declaraciones relativos a adquisiciones por causa de muerte por un plazo igual al señalado para su presentación.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • La solicitud de prórroga debe presentarse dentro de los cinco primeros meses del plazo de presentación (esto es, dentro de los cinco -5- primeros meses contados desde el día del fallecimiento del causante o desde aquél en que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento).
  • Observaciones:
    • En caso de denegación de la prórroga, el plazo de presentación se entenderá ampliado en los días transcurridos desde la presentación de la solicitud hasta el de notificación del acuerdo denegatorio.
    • El sujeto pasivo tendrá que abonar intereses de demora por los días transcurridos desde la terminación del plazo de seis meses a partir del devengo del impuesto hasta el día en que se presente el documento o declaración.
  • Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Dependencia de Tributos Cedidos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dependencia de Tributos Cedidos
      Plazo de resolución:
      1 mes
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Reclamación Económica Administrativa

    Observaciones

    • Unidad administrativa gestora: 1.-Administración de Tributos Cedidos de Las Palmas
      2.-Administración de Tributos Cedidos de S/C de Tenerife

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones. (BOE nº 275, de 16.11.1991). Artículo 68.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        887
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220727

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Prórrogar el reconocimiento provisional de entidades de control y certificación de operadores del sistema de Producción Integrada de Canarias, que no dispongan de acreditación previa en el cumplimiento de la Norma Europea EN ISO 45011, con el alcance necesario.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • En proceso de obtención de la acreditación por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o cualquier otro organismo de identificación firmante del Acuerdo Multilateral de Reconocimiento de la "European Cooperation for Acreditation (EA)", en cumplimiento de la Norma Europea EN 45011 o la Guía ISO/IEC 65 (Criterios generales relativos a los organismos de certificación de productos), y que cumplan con los criterios establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) nº 882/2004.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Acreditación relativa a que la entidad responde a lo establecido en la EN 45011 o la Guía ISO/IEC 65

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Acreditación relativa a que la entidad responde a lo establecido en la EN 45011 o la Guía ISO/IEC 65

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Control y Certificación

    Quién resuelve

    Observaciones

    • La prórroga debe solicitarse dos (2) meses antes de la fecha en que finaliza el reconocimiento provisional.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 9/2010, de 4 de febrero, por el que se modifica el Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 34, de 19.02.2010)

      Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 101, de 28.05.2003)

      Normativa estatal

      Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por la que se regula la producción integrada de productos agrícolas. (BOE nº 287, de 30.11.2002)

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (DO L376, 27.12.2006)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4219
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220887

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de los equipos a presión y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Administración y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    • Se deben rellenar en datos de las instalaciones (descrip. de eq.) una fila por cada equipo a presión, para la obtención de un nº de registro para cada equipo.
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Certificado de dirección de obra
      • Certificado de instalación
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Declaraciones de conformidad de los equipos a presión.
      • Justificante de pago de autoliquidación de tasa (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.2).
      • Proyecto de instalación.
      • Esquema de principio de la instalación.
      • Plano o croquis de la instalación.
      • Comunicación previa

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 154/2001, de 23 de julio, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales. (BOC Nº 097, de 1.8.2001)

      Normativa estatal

      Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Corrección de errores: BOE Nº 149 de 19/6/2010

      Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión. (BOE Nº 129, de 31.5.1999)

      Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. (BOE Nº 31, de 05.2.2009)

      Normativa europea

      Directiva 97/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de mayo de 1997 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre equipos a presión

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3626
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221305

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones así como la ampliación, modificación o el traslado de instalaciones existentes de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Ciudadanos y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Reglamento de almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobado por Real Decreto 379/2001 así como el Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Comunicación previa de puesta en funcionamiento de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Certificado de construcción de los recipientes, extendido por el fabricante.
      • Copia póliza de seguro de responsabilidad civil.
      • Proyecto técnico de la instalación.
      • Certificado de dirección de obra
      • Impreso de autoliquidación de las tasas.
      • Cuando no sea preceptivo la presentación de un proyecto.
        • Memoria descriptiva de la instalación.

        • Certificado suscrito por un Organismo de Control.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Comunicación previa de puesta en funcionamiento de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Certificado de construcción de los recipientes, extendido por el fabricante.
      • Copia póliza de seguro de responsabilidad civil.
      • Proyecto técnico de la instalación.
      • Certificado de dirección de obra
      • Impreso de autoliquidación de las tasas.
      • Cuando no sea preceptivo la presentación de un proyecto.
        • Memoria descriptiva de la instalación.

        • Certificado suscrito por un Organismo de Control.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • El ejercicio del derecho o el inicio de la actividad podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 154/2001, de 23 de julio, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales. (BOC Nº 097, de 1.8.2001)

      Normativa estatal

      Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 "almacenamiento de peróxidos orgánicos" (BOE Nº 67, de 18/03/2010)

      Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-8 Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno. (BOE Nº 256, de 23.10.2004)

      Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes con un contenido en nitrógeno igual o inferior a un 28 por ciento en masa (BOE Nº 208, de 31/08/2006)

      Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.

      Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. ( BOE Nº 112, de 10.5.2001)

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior

      Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3685
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221265

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas en edificios (calefacción, refrigeración, ventilación y producción de agua caliente sanitaria ) destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas, y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Comunicacion previa (Mod IT_INS).
      • Certificado de Instalación (Mod.IT_CI).
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Proyecto técnico de la instalación, firmado por técnico competente.

        • Certificado de dirección de obra
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.
        • Memoria Técnica, firmado por el responsable de la empresa instaladora.
      • Cuando la potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Copia del Contrato de mantenimiento con empresa mantenedora habilitada.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.1 (viviendas o servicios comunes sin proyecto) y/o 1.2.2 (otros usos).

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Comunicacion previa (Mod IT_INS).
      • Certificado de Instalación (Mod.IT_CI).
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Proyecto técnico de la instalación, firmado por técnico competente.

        • Certificado de dirección de obra
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.
        • Memoria Técnica, firmado por el responsable de la empresa instaladora.
      • Cuando la potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Copia del Contrato de mantenimiento con empresa mantenedora habilitada.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.1 (viviendas o servicios comunes sin proyecto) y/o 1.2.2 (otros usos).

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación previa, acompañada de la documentación preceptiva, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    Normativa

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