Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar o tomar razón de la permuta de bienes y/o derechos de cosa futura realizada por Entidades Locales
    A quién está dirigido:
    Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • permuta de bienes y derechos por cosa futura realizada por las entidades locales

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • permuta de bienes y derechos por cosa futura realizada por las entidades locales
      • Certificación por quien ostente la Secretaría de la Corporación acreditativa de que el/los bienes propiedad de la Entidad local objeto de la permuta se encuentra inscrito en el inventario de bienes, con la calificación jurídica de patrimonial
      • Certificación de la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad con la calificación jurídica de patrimonial
      • Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe la permuta con la mayoría exigida (si fuera municipio de régimen común)
      • Informe suscrito por personal técnico de la Corporación que acredite que la diferencia de valor entre ambos bienes no excede del 40% del valor del que lo tenga mayor y se establezca la debida compensación económica por la diferencia
      • Informe técnico acreditativo de que el bien futuro está suficientemente determinado y donde se acredite su viabilidad y el plazo de materialización
      • Informes y consideraciones técnicas, económicas y jurídicas que justifiquen la necesidad de efectuar la adquisición del bien por permuta
      • Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
      • Informe de Secretaría
      • Acreditación del cumplimiento de la prestación de garantía suficiente para el cumplimiento de las obligaciones contractuales

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Administración Local

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales de Canarias

      Normativa estatal

      Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local

      Real Decreto Legislativo 781/1986, de 2 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

      Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

      Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE nº 264, de 4 de noviembre)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4222
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220786

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar o quedar enterado de las permutas de bienes inmuebles realizadas por las Entidades Locales
    A quién está dirigido:
    Administración Local
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Certificación acreditativa de que el/los bien/es propiedad del Ayuntamiento objeto de permuta se encuentran inscritos en el Inventario Municipal de Bienes
      • Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe la permuta
      • Certificación inscripción del bien en el Registro de la Propiedad con la calificación jurídica de patrimoniales
      • Copia del título de adquisición de los bienes de propiedad municipal
      • Informes y consideraciones técnicas, económicas y jurídicas que justifiquen la necesidad de efectuar la adquisición del bien por permuta
      • Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
      • Informe de Secretaría
      • Informe técnico acreditativo de la clasificación y calificación urbanística.
      • Delegación de competencias, en su caso.

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Administración Local

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      DECRETO Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

      Resolución de 19 de diciembre de 2014, por la que se aprueban modelos normalizados utilizados en la tramitación de procedimientos en materia de Administración Local.

      Normativa estatal

      Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley de Bases de Régimen Local. (BOE Nº 080, de 3.4.1885).

      Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE Nº 264, 4.11.2003)

      Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.(TRRL). (BOE Nº 096, 22.4.1986).

      Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo. (BOE Nº 154, 26.6.2008).

      Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (BOE Nº 161, 7.7.1986)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4092
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220784

  • Objeto

    Estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado personas o entidades en una continuada y relevante labor, con trascendencia para el archipiélago canario
    A quién está dirigido:
    Empresas, Administración, Ciudadanos y Asociaciones
    Beneficiarios:
    Personas o entidades que hayan realizado una continuada y relevante labor, con trascendencia para el archipiélago canario
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    El Gobierno de Canarias, en previsión de lo establecido en la disposición final primera de la Ley 2/1997, de 14 de marzo, y dentro de los límites establecidos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016, ha fijado la cuantía del premio en cada una de sus modalidades en dieciocho mil euros (18.000€)
    Criterios de valoración y baremación:
    Mediante jurado
    Forma de Abono:
    Transferencia

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2016 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2016 23:59

  • Observaciones: Antes del 31 de diciembre del año en curso
  • Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asuntos Administrativos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Presidencia del Gobierno
      Plazo de resolución:
      La concesión y entrega de los premios se formalizará en acto solemne el 30 de mayo, día de Canarias.
      Efectos del silencio administrativo:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado personas o entidades en una continuada y relevante labor, con trascendencia para el archipiélago canario
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Administración, Asociaciones y Empresas
    Beneficiarios:
    Personas o entidades que hayan realizado una continuada y relevante labor, con trascendencia para el archipiélago canario
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • El Gobierno de Canarias, en previsión de lo establecido en la disposición final primera de la Ley 2/1997, de 14 de marzo, y dentro de los límites establecidos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017, ha fijado la cuantía del premio en cada una de sus modalidades en dieciocho mil euros (18.000?)
    Criterios de valoración y baremación:
    • Mediante jurado
    Forma de Abono:
    • Transferencia

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2017 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2017 23:59

  • Observaciones:
    • Antes del 31 de diciembre del año en curso
  • Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asuntos Administrativos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Presidencia del Gobierno
      Plazo de resolución:
      La concesión y entrega de los premios se formalizará en acto solemne el 30 de mayo, día de Canarias.
      Efectos del silencio administrativo:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

  • Objeto

    • Otorgar un reconocimiento académico especial al alumnado que termina bachillerato con un expediente académico destacado.
    A quién está dirigido:
    Estudiantes
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    El alumnado participante que haya sido seleccionado de conformidad con lo previsto en la convocatoria.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • a) Haber cursado y superado en centros docentes españoles los dos cursos, primero y segundo del Bachillerato, en cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, bien del régimen presencial o a distancia.
    • b) Haber haber finalizado estos estudios en la evaluación final ordinaria, en el curso académico 2018/2019, en un centro docente público o privado de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    • c) Haber obtenido una nota media en las calificaciones de los dos cursos igual o superior a 8,75 puntos, computándose las calificaciones obtenidas en las materias troncales generales, troncales de opción, específicas y de libre configuración autonómica, de ambos cursos de Bachillerato, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior.
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • Ninguna.
    Criterios de valoración y baremación:
    • La estructura de las pruebas y los criterios de calificación son los previstos en la propia convocatoria.
    Forma de Abono:
    • No hay premio en metálico.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    La solicitud presencial se presentará preferentemente en el centro educativo en el que el alumno haya finalizado sus estudios de Bachillerato.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 21/5/2019 0:0

    Fecha Fin: 21/6/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud inscripción Premios Extraordinarios Bachillerato.

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Administración de Centros

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Educación y Universidades
      Plazo de resolución:
      La propuesta de adjudicación definitiva de premios se realizará antes del último día lectivo de septiembre de 2019.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 9 de abril de 2019, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso 2018/2019 (BOC nº 75, de 17/04/2019).

      Orden de 20 de diciembre de 2011, por la que se crean los Premios Extraordinarios de Bachillerato reconocidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 11, de 17/01/2012).

      Normativa estatal

      Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato (BOE nº 115, de 11/05/2018).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3109
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221314

  • Objeto

    • Presentación de candidaturas para la concesión de los Premios de Turismo "Islas Canarias"
    A quién está dirigido:
    Asociaciones y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Personas físicas o jurídicas que desempeñen una labor de forma meritoria, relevante y continuada, en la defensa, promoción, innovación, renovación, modernización o mejora de la calidad o sostenibilidad del sector turístico de Canarias, así como en la proyección internacional del destino turístico Islas Canarias
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • No
    Criterios de valoración y baremación:
    • Desempeñar de forma meritoria, relevante y continuada, una labor en la defensa, promoción, innovación, renovación, modernización o mejora de la calidad o sostenibilidad del sector turístico de Canarias, así como en la proyección internacional del destino turístico Islas Canarias.
    Forma de Abono:
    • Galardón honorifico

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 1/6/

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Observatorio Turístico

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
      Plazo de resolución:
      Se concederá anualmente por Decreto del Presidente del Gobierno de Canarias coincidiendo con el Día Mundial del Turismo
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 29/2014, de 16 de abril, por el que se crean los Premios de Turismo "Islas Canarias" (BOC núm. 79, de 24.04.2014)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3715
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221332

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Presentar los informes técnicos turísticos
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Ordenación Turística

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 85/2015, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias

      Ley 2/2013, 29 mayo, de renovación y modernización turística de Canarias

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4180
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220555

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Estudio y resolución de quejas y reclamaciones presentadas por los clientes de los mediadores de seguros, corredores de seguros y agentes de seguros vinculados
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • ser cliente de los servicios de los mediadores de seguros
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Instituciones Financieras

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa estatal

      Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

      Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (BOE nº 170, de 18.07.2006).

      Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4495
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220976

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Estudio y resolución de quejas y reclamaciones presentadas por los clientes de los mediadores de seguros, corredores de seguros y agentes de seguros vinculados
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • ser cliente de los servicios de los mediadores de seguros
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Instituciones Financieras

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa estatal

      Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

      Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (BOE nº 170, de 18.07.2006).

      Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4495
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220976

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autoliquidar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Oficinas de Atención Tributaria y Delegaciones Tributarias Insulares (ver Web de la Agencia Tributaria Canaria) La presentación telemática del modelo 600 será opcional.
    Plazo de presentación:
    • El plazo para la presentación de las autoliquidaciones relativas a actos o contratos sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados será de un mes a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato.

    Por internet

      • Modelo 600
      • Copia simple del documento notarial, judicial o administrativo que origine el tributo. Documento privado que origine el tributo o declaración sustitutiva del acto o contrato que origine el tributo.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Modelo 600
      • Copia simple del documento notarial, judicial o administrativo que origine el tributo. Documento privado que origine el tributo o declaración sustitutiva del acto o contrato que origine el tributo.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Dependencia de Tributos Cedidos

    Quién resuelve

    • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • Unidad administrativa gestora:
      1.- Administración de Tributos Cedidos de Las Palmas
      2.- Administración de Tributos Cedidos de Santa Cruz de Tenerife.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto-legislativo 1/2009, 21 abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos. Arts.30-39-sexies-

      Normativa estatal

      Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

      Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4026
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220497

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