Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Obtención del certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias para contratar con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, cumpliendo uno de los requisitos necesarios para participar en los procedimientos de contratación con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones, Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud de certificado.
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado, y de su representante, en su caso.
      • Autorización expresa a favor de la persona que lo solicita, si es diferente al propio interesado.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Tributaria Canaria
      Plazo de resolución:
      4 días
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Caducidad
      Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • A quién está dirigido:
      Ciudadanos, Empresas y Otras entidades.
      Unidad administrativa gestora: Administración de Tributos Interiores y Propios de Las Palmas, Administración de Tributos Interiores y Propios de S/C de Tenerife y Administraciones Tributarias Insulares de Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro.
      Información adicional:
      Para obtener el certificado puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Administración Tributaria Canaria
      La entrega del certificado se hará de forma presencial, siempre que la solicitud reúna todos los requisitos y se acompañe de la correspondiente autorización, en su caso.
      No se exige tasa e impuesto, según lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Normativa

    • Normativa estatal

      Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. (BOE nº 261, de 31.10.2007), con sus correspodientes modificaciones.

      Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (BOE Nº 257, de 26.10.2001)con sus correspondientes modificaciones.

      Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE nº 302, de 18.12.2003)

      Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. (BOE nº 213, de 5.9.2007)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1164
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220382

  • Objeto

    • Obtención del certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias para contratar con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, cumpliendo uno de los requisitos necesarios para participar en los procedimientos de contratación con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones, Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud de certificado.
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado, y de su representante, en su caso.
      • Autorización expresa a favor de la persona que lo solicita, si es diferente al propio interesado.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Tributaria Canaria
      Plazo de resolución:
      4 días
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Caducidad
      Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • A quién está dirigido:
      Ciudadanos, Empresas y Otras entidades.
      Unidad administrativa gestora: Administración de Tributos Interiores y Propios de Las Palmas, Administración de Tributos Interiores y Propios de S/C de Tenerife y Administraciones Tributarias Insulares de Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro.
      Información adicional:
      Para obtener el certificado puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Administración Tributaria Canaria
      La entrega del certificado se hará de forma presencial, siempre que la solicitud reúna todos los requisitos y se acompañe de la correspondiente autorización, en su caso.
      No se exige tasa e impuesto, según lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Normativa

    • Normativa estatal

      Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. (BOE nº 261, de 31.10.2007), con sus correspodientes modificaciones.

      Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (BOE Nº 257, de 26.10.2001)con sus correspondientes modificaciones.

      Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE nº 302, de 18.12.2003)

      Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. (BOE nº 213, de 5.9.2007)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1164
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220382

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Expedición del título acreditativo de la superación de las enseñanzas de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, una vez aprobadas la totalidad de las asignaturas que integran el plan de estudios y la prueba de evaluación final.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    (184) Tasa de la Escuela Oficial de Turismo de Canarias
    • (5) Expedición del título oficial de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, por la Escuela Oficial de Turismo de Canarias

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Justificante del pago de la tasa de expedición del título TEAT.
      • Solicitud

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Justificante del pago de la tasa de expedición del título TEAT.
      • Solicitud

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Estudio e Investigación

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Ordenación y Promoción Turística
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 4, del Real Decreto 1496/1995, de 8 de septiembre, por el que se regula expedición TÍtulo TEAT y artículo 24.2 de la Ley 39/1995, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 02.10.15).
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 216/1990, de 18 de octubre, por el que se crea la Escuela Oficial de Turismo de Canarias. (BOC Nº 144, de 19.11.1990).

      Normativa estatal

      Orden de 22 de diciembre de 1992, por el que se modifica la regulación de la prueba de evaluación final para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas. (BOE Nº 012, de 14.1.1993).

      Real Decreto 865/1980, de 14 de abril, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas turísticas especializadas y de los centros que las imparten. (BOE Nº 112, de 9.5.1980).

      Real Decreto 1496/1995, de 8 de septiembre, por el que se regula las condiciones de expedición del título oficial de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas. (BOE Nº 261, de 1.11.1995).

      Orden Ministerial de 29 de octubre de 1980, por la que se aprueba el Plan de estudios de Enseñanzas Turísticas Especializadas. (BOE Nº 275, de 15.11.1980).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1781
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221361

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Expedir los títulos náuticos de patrón para la navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    (146) Tasa en materia de enseñanza naútico-deportiva y de buceo deportivo
    • (21) Expedición de títulos de recreo

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Justificante del abono de las tasas
      • Certificado de superación de las prácticas y cursos correspondientes
      • Informe de aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, según normativa vigente

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Justificante del abono de las tasas
      • Certificado de superación de las prácticas y cursos correspondientes
      • Informe de aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, según normativa vigente

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Estructuras Pesqueras

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Pesca
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 17 diciembre 2018 de la Dirección General de Pesca de la Consejería de Agricultura, Ganadería Pesca y Aguas, por la que se convocan los exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo para el año 2019.

      Normativa estatal

      Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. (BOE Nº 247, de 11.10.2014)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1127
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221289

  • Objeto

    • Habilitar de forma excepcional en su categoría profesional, en ejecución del Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 7 de octubre de 2015, a las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, que cumplan los requisitos de edad y de experiencia profesional establecidos en el citado Acuerdo, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Mayores
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán presentar la solicitud las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio que cumplan los siguientes requisitos:
    • que a fecha 31 de diciembre de 2015, hubieran cumplido los 55 años de edad y, de forma fehaciente, acrediten una experiencia profesional de, al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas antes de dicha fecha en la respectiva categoría profesional en los últimos 10 años.
    • También podrán presentarla las personas extranjeras que, cumpliendo los requisitos de edad y experiencia, se encuentren en uno de los siguientes supuestos:
    • dispongan de certificado de registro de ciudadanía comunitaria, de tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o sea titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 15/12/2016 0:0
    Fecha Fin: 31/8/2017 23:59

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Certificado de vida laboral
      • Contrato laboral
      • Extranjeros
        • Certificado de registro de ciudadanía comunitaria; o Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión; o Autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Inspección y Registro de Centros

    Quién resuelve

    Observaciones

    • En caso de personas interesadas en solicitar la habilitación de distintas categorías profesionales, deberán cumplimentar y presentar una solicitud por cada una de las categorías.

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Recuperación de las cantidades indebidamente percibidas por los beneficiarios de ayudas y subvenciones cuando se concurra en alguna de las causas relacionadas en la normativa vigente de Subvenciones.
    A quién está dirigido:
    Estudiantes
    Inicio del trámite:
    Interesado y de oficio
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Formulario de desistimiento/renuncia de becas para estudios universitarios
      • Documento acreditativo de la anulación de la matrícula
      • Documento acreditativo de reintegro en cuenta bancaria de la beca concedida
      • Alegaciones a la resolución de inicio del procedimiento de reintegro de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Coordinación Universitaria

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Universidades
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
      Caducidad
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (BOC nº 244, de 19.12.2006)

      Ley 8/2003, 3 abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios. (BOC nº 73, de 15.04.2003)

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el regimen general de subvenciones de la Comunidad Autonoma de Canarias. (BOC nº 68, de 08.04.2009)

      Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 65, de 02.04.2004)

      Orden de 31 julio de 2014, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras por las que se regirán las convocatorias de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios. (BOC nº 155, de 12.08.2014)

      Orden de 12 de julio de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regulan determinadas actuaciones en relación a la recaudación de los derechos económicos de naturale za pública exigidos por las diferentes Consejerías integrantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 150, de 3.8.2006).

      Normativa estatal

      Ley 38/2003 , de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 276, de 18.11.2003)

      Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302, de 18 de diciembre)

      Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. (BOE nº 15, de 17.01.2008)

      Real Decreto 887/2006 , de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 176, de 25.07.2006)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4193
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220609

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Extensión de las disposiciones de un convenio colectivo de trabajo preexistente a empresas que carecen de él.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Quienes estén legitimados para promover la negociación colectiva en el correspondiente ámbito de la extensión.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Certificado del registro de convenios colectivos correspondiente justificativa de que no existe inscripción que acredite la vigencia de convenios colectivos en las empresas, sectores o subsectores para los que se solicite la extensión.
      • Certificado expedido por la oficina pública competente acreditativo de la concurrencia de los requisitos de legitimación de los solicitantes.
      • Acreditación de que concurren los presupuestos legales necesarios para la extensión del convenio y una memoria descriptiva de los perjuicios que la ausencia de convenio colectivo ocasiona a las empresas y trabajadores afectados.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Art. 8.3 Real Decreto 718/2005.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

      Real Decreto 718/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos.

      Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

      Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        981
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220666

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Inscripción en el Registro de Fundaciones de actos relativos al proceso de extinción de la Fundación
    A quién está dirigido:
    Empresas, Administración, Ciudadanos y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias
    Tasas:
    (114) Tasas por los servicios administrativos prestados en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones de Canarias y de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Canarias

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Escritura pública relativa al acuerdo extintivo
      • Documentación acreditativa de los actos de liquidación a inscribir
      • Justificante del abono de las tasas

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Escritura pública relativa al acuerdo extintivo
      • Documentación acreditativa de los actos de liquidación a inscribir
      • Justificante del abono de las tasas
      • Autorización expresa expedida por el representante legal de la Fundación autorizando a tercera persona a actuar ante el Registro de Fundaciones

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Entidades Jurídicas

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones de Canarias (BOC nº 47, de 17.04.1998)

      Decreto 188/1990, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones Canarias (B.O.C. nº 127, de 10.10.1990)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3591
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220491

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Declarar la extinción de la autorización de apertura y funcionamiento de una sala de bingo por renuncia voluntaria del titular de la autorización, que lleva implícita la extinción de la autorización de instalación salvo subrogación.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Ser la sociedad o entidad titular de la Sala de Bingo
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife Servicio de Gestión del Juego Las Palmas

    Quién resuelve

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Extinguir la autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas por renuncia voluntaria de su titular.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Ser la empresa titular de la autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • de extinción de la autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas por renuncia de su titular.
      • Solicitud

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • de extinción de la autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas por renuncia de su titular.
      • Solicitud

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife Servicio de Gestión del Juego Las Palmas

    Quién resuelve

    Normativa

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