Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Financiación de planes integrales de empleo, que combinen acciones de diferente naturaleza (formación; práctica laboral; orientación; información; Certificados profesionales).
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Entidades sin ánimo de lucro, que acrediten experiencia en acciones dirigidas al acompañamiento de desempleados en procesos de inserción laboral.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los establecidos en la respectiva Convocatoria
    Cuantía
    • 2.300.000,00 euros
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los que se establecen en el dispongo décimo de la convocatoria.
    Forma de Abono:
    • Anticipado, previa petición de la entidad conforme modelo establecido en la Convocatoria, y siempre dentro de los plazos y cumpliendo los requisitos consignados en la misma. Dispongo décimo quinto de la convocatoria.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    • Plazos de presentación:
    • -Para solicitar subvención: el plazo ha finalizado. Dicho plazo se inició el 09/08/2016 y finalizó el 09/09/2016.
    • -Para la tramitación/justificación: Se estará a los plazos y formalidades establecidos en la respectiva normativa de aplicación, en función de la fase en que se encuentre el expediente, estando dirigido a la presentación de documentación concerniente a la tramitación y/o justificación de expedientes de subvención ya concedidas e iniciadas.

    Por internet

      • Solicitud de subvención
      • Declaración responsable
      • Modelo solicitud abono anticipado
      • Modelo acreditación de experiencia
      • Modelo de presupuesto
      • Memoria y proyecto: Memoria explicativa del Programa, debidamente firmada por el representante
      • Copia de la Escritura Pública de constitución y/o de sus Estatutos.
      • Copia del D.N.I. del representante legal
      • Copia de la Tarjeta de Identificación fiscal de la Entidad.
      • Copia de la Resolución de inscripción en el registro de solicitantes de subvenciones al SCE
      • Certificados actualizados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
      • JUSTIFICACIÓN:
        • Desagregación de gastos
        • Declaración de gastos
        • Dietas y desplazamientos
        • Cuenta justificactiva
        • Justificación Certificados de Profesionalidad
        • Justificación Costes Salariales Personal Técnico
        • Justificación Costes Salariales Personal de Apoyo
        • Justificación Costes Seguridad Social Personal Técnico
        • Justificación Costes Seguridad Social Personal de Apoyo
        • Acreditación Colocación
        • Relación de Atendidos e Insertados
        • Declaración de Objetivos Conseguidos de Atención e Inserción

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Resolución de 27 de julio de 2016, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo.

      Normativa estatal

      ORDEN TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo. (BOE nº 232, de 27.9.2003)

      REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones.

  • Objeto

    • Subvenciones para desarrollar, en régimen de concurrencia competitiva, en colaboración con los Cabildos Insulares y/o sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes, proyectos generadores de empleo que impartan formación en competencias clave, durante el 40% de la jornada, no retribuida y de carácter obligatorio, acorde con las necesidades de los trabajadores participantes y les de una experiencia profesional retribuida, dedicando el 60% restante de la jornada, a la realización de obras y servicios de interés general y social que sean competencia de tales Administraciones, preferentemente en los servicios personalizados de carácter cotidiano, los servicios de utilidad colectiva, de ocio, cultura y turismo, de promoción del medio ambiente, de recuperación del patrimonio histórico y, en general, de los servicios derivados de la Ley de dependencia, con una duración máxima de 7,5 meses, debiendo finalizar no más tarde del 30/06/2020.
    • Los principales beneficiarios de los proyectos son jóvenes sujetos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con formación deficitaria, sin el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), a las que se les facilitará formación dirigida preferentemente a la adquisición, en su caso, de las competencias básicas que le posibilite el acceso a la obtención del título de graduado en ESO y/o formación dirigida a la adquisición de competencias clave que faciliten el acceso a la obtención de certificados de profesionalidad.
    A quién está dirigido:
    Administración Local
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria los Cabildos Insulares y/o las entidades de derecho público, dependientes o vinculadas a las mismas, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social. Las citadas entidades han de gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución
    del correspondiente proyecto y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las entidades han de gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998.
    • Los proyectos deben finalizar no más tarde del 30 de junio de 2020 y podrán tener una duración máxima de 7,5 meses, teniendo en cuenta que en dicho plazo los contratos de los docentes, del personal de apoyo a los participantes y del personal de apoyo administrativo, podrán ser superiores a los de los alumnostrabajadores,con objeto de la preparación inicial y evaluación final del proyecto.
    • Los contratos de los docentes, del personal de apoyo a los participantes y del personal de apoyo administrativo podrán tener la duración máxima del proyecto, pudiendo durar su contratación, como máximo, 15 días más que la de los alumnos-trabajadores. La mayor duración de los contratos de estos colectivos viene determinada por la necesidad de realizar las tareas de preparación inicial de la formación a impartir así
    • como cualquier otra necesaria para la puesta en marcha del proyecto, así como de la evaluación final del proyecto.
    • En cualquier caso, la entidad podrá establecer duraciones inferiores teniendo en cuenta que, tal como se ha indicado en el párrafo anterior, todos los contratos deberán finalizar no más tarde del 30 de junio de 2020.
    • En el caso de que sea necesaria la contratación de personal coordinador de la práctica profesional, la duración del contrato no podrá ser superior a la de los alumnos-trabajadores. La jornada laboral de estos coordinadores será como máximo del 60%, equiparándose a la parte de trabajo efectivo de los alumnostrabajadores, salvo que, por eficacia y eficiencia, esa coordinación se pueda realizar contratando menos personal pero a una jornada superior, aspecto éste que se tendrá que justificar en la memoria.
    • En relación a los requisitos y criterios para la selección de trabajadores, se estará a lo dispuesto Resolución reguladora de la Convocatoria, y en particular, en lo establecido en su resuelvo quinto.
    Cuantía
    • -La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas ascidende a seis millones euros (6.000.000,00 €).
    • -Para el cálculo de la subvención a percibir por las entidades se estará a lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Resolución reguladora de la Convocatoria.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Para realizar la valoración de las solicitudes se estará a lo establecido en el resuelvo noveno de la Resolución reguladora de la Convocatoria relativo a "Valoración de los proyectos"
    Forma de Abono:
    • Abono anticipado, siempre y cuando se cumplan los requisitos consignados en el resuelvo décimoprimero la Resolución reguladora de la Convocatoria.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 21/8/2019 0:0

    Fecha Fin: 10/9/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Memoria descriptiva y económica del Proyecto
      • Memoria descriptiva de las actuaciones de publicidad
      • Ficha resumen
      • Oferta de empleo
      • Certificación de la aprobación del proyecto, y de disposición de financiación
      • Certificado de Inicio, junto con el cual se presentará escrito indicando la ubicación del cartel, paneles, vallas, según proceda
      • Documentación que acredite que los participantes conocen la cofinanciación del proyecto por parte del FSE y del SCE
      • Contrato laboral
      • Cartel de Publicidad CCLL_PO Empleo Juvenil
      • Informe fin de obra
      • Certificado de pago final e informe de veracidad
      • Declaración responsable
      • Cuenta justificativa. Anexo I-Relación pagos alumnos/as sujetos SNGJ
      • Cuenta justificativa. Anexo II-Relación pagos alumnos/as NO sujetos SNGJ
      • Cuenta Justificativa. Anexo III-Relación pagos equipo docente y apoyo
      • Cuenta justificativa. Anexo IV- Relación pagos personal auxiliar
      • Listado de sustituciones
      • Listado ausencias injustificadas o faltas
      • Listado permisos retribuidos
      • Listado periodo de IT
      • Justificante, en su caso, del reintegro en la cuenta bancaria del Servicio Canario de Empleo, de los fondos no utilizados
      • Memoria descriptiva de la actuación desarrollada
      • Memoria gráfica de las acciones de presentación, difusión y publicidad llevadas a cabo para la acción subvencionada
      • Informe del auditor

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Las solicitudes de subvención reguladas en la presente convocatoria se presentarán, junto con el resto de la documentación preceptiva, de forma electrónica conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en este caso concreto a través de la sede electrónica del SCE, https://sede.gobcan.es/empleo/ , o través de los demás registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley 39/2015.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 11 de octubre de 2019, de la Directora, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2019, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigidos, prioritariamente, a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, convocada por Resolución de 6 de agosto de 2019, de la Presidenta.

      Extracto de la Resolución de 06 de agosto de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2019, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigidos, prioritariamente, a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

      Extracto de la Resolución de 17 de agosto de 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los cabildos insulares, ejercicio 2017, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigidos, prioritariamente, a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Orden de 26 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

      Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en su Título IV, capítulo I, que regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, modificada por Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

      Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Preguntas Frecuentes

      • ¿Cómo aporto documentación a mi expediente durante la tramitacion del procedimiento?
        Una vez ha finalizado el plazo de presentación de solicitud de subvención, a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo, dispone de un servicio de apoyo a la presentación electrónica de documentos para el/los expediente/s que tenga abiertos. Para ello, deberá acceder al "Área personal", concretamente al apto "Mis Expedientes".

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4422
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221299

  • Objeto

    Fomentar la participación de los centros educativos canarios, a través del profesorado y del alumnado, en actividades relacionadas con la educación del consumidor, para así sensibilizar a los jóvenes de la importancia que tiene realizar actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Empresas y Administración
    Beneficiarios:
    Escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado, del territorio de Canarias, en alguno de los siguientes tres niveles :
    - Nivel 1: Tercer Ciclo de Educación Primaria.
    - Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
    - Nivel 3: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    - Estar inscrito en tiempo y forma en el registro de participantes detallado en la base tercera.
    - Haber completado, todos los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad de Consumópolis, en la forma que se detalla en las Instrucciones generales de participación.
    - Remitir, en tiempo y forma, a la Dirección General de Comercio y Consumo de esta Comunidad Autónoma, la solicitud para participar en la convocatoria autonómica, acompañada de la ficha virtual del trabajo en equipo tal y como se detalla en el documento de Instrucciones generales de participación.
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    Los premios de la fase autonómica, que no tienen contenido económico, consistirán en la entrega por cada nivel de participación, de un diploma acreditativo para cada uno de los miembros del equipo ganador, profesor coordinador de dicho equipo y centro educativo y la participación de los equipos ganadores en la fase nacional.
    Criterios de valoración y baremación:
    Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso.
    Creatividad, originalidad y presentación del trabajo.
    Forma de Abono:
    Entrega por cada nivel de participación de un diploma acreditativo y la participación de los equipos ganadores en la fase nacional.

    Medios de presentación

    Presencial:
    Acceda a la Documentación
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 10/10/2016 0:0
    Fecha Fin: 7/4/2017 23:59
  • Condición: Completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis
  • Fecha Inicio: 10/10/2016 0:0
    Fecha Fin: 15/3/2017 23:59
  • Condición: Inscripción de los equipos participantes
  • Fecha Inicio: 15/10/2016 0:0
    Fecha Fin: 7/4/2017 23:59
  • Condición: Presentación de la solicitud para la convocatoria autonómica acompañada de su correspondiente ficha virtual
  • Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Comercio y Consumo
      Plazo de resolución:
      18 días
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioLey 30 /1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica
      Orden, 21 julio 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se convoca el concurso escolar 2016-2017: Consumópolis12, sobre Consumo Responsable, "Internet: ¿Haces un uso responsable?", en la Comunidad Autónoma de Canarias

  • Objeto

    • Convocar subvenciones destinadas a la realización de estancias breves en España y en el extranjero (Modalidad B), dentro del Subprograma de ayudas a la formación del personal investigador, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3, prioridad de inversión 10.2, objetivo específico 10.2.1, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de núm. 363 de 25 de noviembre de 2014, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (B.O.C. núm. 237, de 5 de diciembre de 2014).
    A quién está dirigido:
    Estudiantes
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Los beneficiarios de cualquier convocatoria activa de los programas de ayudas a la formación del personal investigador para la realización de tesis doctorales en Canarias, subvencionados por la ACIISI.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Ser beneficiarios de cualquier convocatoria activa de los programas de ayudas a la formación del personal investigador para la realización de tesis doctorales en Canarias, subvencionados por la ACIISI.
    Cuantía
    • El importe de la ayuda de alojamiento y manutención, como complemento de la dotación mensual, será de 30 euros por día de estancia en España y de hasta 50 euros por día de estancia en el extranjero, en función del país de destino.
    • El importe de la ayuda de desplazamiento será:
    • a) Desplazamientos en España: hasta un máximo de 150 euros.
    • b) Desplazamientos en el extranjero: hasta un máximo de 600 euros, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; hasta un máximo de 1.200 euros, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
    • El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el período de su estancia con un importe máximo diario de 4 €.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los criterios de evaluación y selección de las solicitudes son los siguientes:
    • a. Currículum vitae del solicitante: (40%).
    • 1-Participación en Proyectos de I+D financiados en convocatorias públicas (0,1 punto por proyecto).
    • 2-Publicaciones o Documentos Científico-Técnicos.
    • 2.1. Capítulo de libro o Documentos científico técnicos restringidos (0,1 punto).
    • 2.2. Artículos en revistas con índice de impacto reconocido por la comunidad científica (SCOPUS, JCR, etc.): 0,3 puntos/artículo.
    • - Si el artículo está en la Q1 del área: 0,1 punto adicional/artículo.
    • - Si el artículo está en la Q2 del área: 0,075 puntos adicionales/artículo.
    • - Si el artículo está en la Q3 del área: 0,05 puntos adicionales/artículo.
    • 3-Participación en Congresos.
    • 3.1. Congresos nacionales (0,1 punto).
    • 3.2. Congresos internacionales (0,2 puntos).
    • b. Interés científico-técnico y repercusiones de la estancia propuesta en el propio trabajo de investigación, así como la calidad contrastada del centro receptor (60%).
    • La comisión de evaluación puntuará la estancia de acuerdo al siguiente cuadro:
    • España: Bajo (0,75), Medio (1,5), Alto (3)
    • Extranjero: Bajo (1,25), Medio (2,5), Alto (5)
    • Del resultado de la valoración de los méritos, se obtendrá una relación de posibles beneficiarios ordenados de mayor a menor puntuación.
    • En caso de empate se tendrá en cuenta la fecha y hora de la solicitud presentada por el solicitante ordenando la relación de posibles beneficiarios en función de su orden de entrada.
    Forma de Abono:
    • A las entidades colaboradoras por anticipado.
    • A los beneficiarios, a través de las entidades colaboradoras: Por anticipado.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 12/5/2016 0:0

    Fecha Fin: 16/6/2016 14:0

    Por internet

      • Solicitud
      • ANEXO XI.Carta de aceptación del centro receptor
      • Memoria justificativa
      • Curriculum vitae
      • Justificación
        • Memoria descriptiva de la estancia realizada

        • Factura

        • Certificado del grupo receptor

        • copia de los trabajos realizados

        • Justificante de pago

        • Resumen de los trabajos realizados

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.


      Otra documentación de interés:

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión Económica-Financiera

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio de Gestión Económica-Financiera
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley Territorial 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Orden de 29 de abril de 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se convocan ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador para la realización de estancias breves en España y en el extranjero, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo, para el año 2016

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Decreto Territorial 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en lo que no se oponga o contradiga a los preceptos básicos de la Ley General de Subvenciones

      Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación

      Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Resolución de 24 de noviembre de 2014, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases que regirán en las convocatorias de ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador, susceptibles de cofinanciación con el Fondo Social Europeo.

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

      Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Normativa europea

      Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95, del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas. (DO L 312 de 23.12.1995).

      Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1081/2006 del Consejo. (DO L 347/470 de 20.12.2013).

      Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4322
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221084

  • Objeto

    • Garantizar la existencia de una red de entidades que orienten a las empresas del Archipiélago en innovación, sirvan de apoyo a empresas para realizar actividades de I+D+i, y den a conocer las herramientas y capacidades para aumentar su competitividad.
    A quién está dirigido:
    Organizaciones empresariales, Fundaciones y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma Canaria, así como entidades y empresas vinculadas a la administración autonómica de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1. Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma Canaria, así como entidades y empresas vinculadas a la administración autonómica de Canarias.
    • 2. Se entiende por organismos intermedios en estas bases, a las organizaciones que cumplan los siguientes requisitos:
    • - Carecer de ánimo de lucro.
    • - Prestar de forma habitual servicios de apoyo a la innovación y a la modernización de las PYMES, y disponer de recursos materiales y humanos para promover la actividad innovadora en las empresas.
    • 3. No podrán obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el artº. 13 de la Ley General de Subvenciones, las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
    • - Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
    • - Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
    • - Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
    • - Estar incursos los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de conflictos de intereses de miembros de Gobierno y Altos Cargos de Administración, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma, o de la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    • - No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
    • - Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
    • - No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
    • - Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
    • - Asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.
    • - Asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
    • 4. No podrán ser beneficiarias las entidades que hayan obtenido en los tres últimos años fiscales, incluyendo el ejercicio de la convocatoria, ayudas acogidas al régimen de mínimis por importe de 200.000 euros o superior.
    Cuantía
    • Se fija como coste máximo subvencionable de referencia 3.500 euros/mes
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los criterios que se tendrán en cuenta así como los baremos aplicables serán los siguientes:
    • A. Criterios para la selección de los CIDEs Apoyo Tecnológico y Transferencia (tipo 1). Puntuación máxima total: 100 puntos.
    • 1. Capacidad para acceder y contactar con los centros públicos de investigación y con grupos e institutos de investigación de la universidad de la provincia a la que se presenta (máx. 40 puntos):
    • a. Poseer dentro de sus objetivos como entidad la transferencia de tecnología y conocimiento
    • entre empresas y centros de investigación (20 puntos).
    • b. Grado de relación directa con la universidad o con algún centro de conocimiento, relacionado con labores de transferencia de tecnología y conocimiento (20 puntos).
    • 2. Experiencia de la entidad (0-40 puntos):
    • a. Años de experiencia acreditada en servicios para la transferencia de tecnología desde centros de investigación a empresas (hasta 25 puntos).
    • b. Años de experiencia acreditados prestando servicios de apoyo a la innovación en empresas (hasta 15 puntos).
    • 3. Tamaño de la entidad (0-20 puntos):
    • a. Número de empleados de la entidad (hasta 15 puntos).
    • b. Número de sedes (hasta 5 puntos).
    • B. Criterios para la selección de los CIDEs de Proximidad tipo 2 y 3. Puntuación máxima total: 100 puntos.
    • 1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (0-35 puntos):
    • a. Posee dentro de sus objetivos la mejora competitiva de las empresas de su entorno (hasta 15 puntos).
    • b. Abarca, por su ámbito de actuación territorial natural, todo el territorio de actuación de la plaza a la que opta (hasta 10 puntos).
    • c. Actividades económicas, definidas en el CNAE-2009 (según los epígrafes definidos por letras), de las empresas a las que presta servicios según sus estatutos (hasta 10 puntos).
    • 2. Experiencia de la entidad (0-35 puntos):
    • 3. tamaño de la entidad (0-30 puntos):
    • a. Número de empleados de la entidad (hasta 20 puntos).
    • b. Número de sedes que posee la entidad (hasta 10 puntos)
    • c. Criterios para la selección de los CIDEs de Proximidad tipo 4 y 5. Puntuación máxima total: 100 puntos.
    • 1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (0-35 puntos):
    • a. Poseer dentro de sus objetivos como entidad la mejora competitiva de las empresas del sector de la plaza a la que opta (hasta 20 puntos).
    • b. Abarcar, por su ámbito de actuación territorial natural, todo el territorio de actuación de la plaza a la que opta (hasta 15 puntos).
    • 2. Experiencia de la entidad (0-35 puntos):
    • Años de experiencia acreditada en prestación de servicios de apoyo a la innovación para empresas del sector de la plaza a la que opta (hasta 35 puntos).
    • 3. Tamaño de la entidad (0-30 puntos):
    • a. Número de empleados de la entidad (hasta 20 puntos).
    • b. Número de sedes que posee la entidad (hasta 10 puntos).
    Forma de Abono:
    • El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, para el que se concedió, en los términos establecidos en estas bases reguladoras

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 8/4/2016 0:0

    Fecha Fin: 30/4/2016 14:0

    Por internet

      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Escritura de constitución
      • Memoria económica
      • Memoria justificativa
      • Documentos y certificados que acrediten la experiencia y comptencias del técnico propuesto
      • Estatutos
      • Alta IAE o, en su defecto, certificado de inscripción en el registro mercantil o certificado de inscripción en el registro de asociaciones de Canarias correspondiente.
      • Curriculum vitae
      • Presupuesto
      • Plan de actuación
      • Modelo de asignación de responsable y técnico CIDE
      • Gastos de personal, gastos de viajes y dietas, colaboraciones externas y auditodia
      • Número de identificación fiscal

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Gestión Económica-Financiera

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 8 julio de 2015, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones, en régimen de mínimis, para la participación en la RED CIDE

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      EXTRACTO de la Orden de 12 de marzo de 2016, por la que se convocan subvenciones para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2016.

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4300
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221227

  • Objeto

    • Fomentar la incorporación al mercado laboral de las personas desempleadas que tengan a su cargo hijo/as menores de 3 años, adoptando la forma de subvención destinada a sufragar parte de los gastos generados por dichos menores en Centros de Educación Infantil (primer ciclo de educación infantil).
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Resuelvo Tercero.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • - Haber solicitado el servicio de empleo "Concilia" a través de los medios y mecanismos establecidos en el resuelvo octavo, punto 2 de las Bases reguladoras, con carácter previo a la presentación de la solicitud del reconocimiento del título nominativo CONCILIA. En el momento de la solicitud del servicio, el interesado deberá estar inscrito en el SCE como demandante de empleo en situación de desempleo.
    • - En relación al RESTO DE REQUISITOS a cumplir se estará a lo dispuesto en la base tercera punto 1. 2º) y siguientes de la Resolución reguladora de las bases del programa.
    • Asimismo, con respecto al requisito de contratación laboral previa, los contratos deberán haberse suscrito dentro del periodo temporal que se determine en la respectiva Convocatoria. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 40% del total de la ordinaria establecida.
    Cuantía
    • Límite máximo mensual de 170 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Para la valoración del conjunto de solicitudes presentadas dentro de cada uno de los periodos establecidos en la presente Convocatoria, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de prelación, por este orden:
    • 1º) Mayor número de hijos por los que se solicita la subvención.
    • 2º) A igualdad en el criterio anterior, menor salario bruto mensual del solicitante de subvención, en el contrato presentado junto a la solicitud.
    • 3º) Si persiste la igualdad, tendrá preferencia la solicitud que se hubiera presentado con mayor prontitud, según la fecha y número de registro de entrada en el SCE.
    Forma de Abono:
    • Abono posterior a la justificación previa presentación de las facturas de los Centros de Educación Infantil (pago en firme, previa acreditación de documentación).
    • Una vez concedida la subvención, y reconocido el Título nominativo CONCILIA, los beneficiarios deberán presentar sus solicitudes de reembolso de los pagos del Centro de Educación Infantil que se vayan generando durante el periodo de vigencia del Título, utilizando para ello las vías y el procedimiento establecido en el Resuelvo Décimo de las Bases Reguladoras.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/4/2019 0:0

    Fecha Fin: 12/4/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2018-2019
    • -6º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de febrero y marzo de 2019
  • Fecha Inicio: 3/6/2019 0:0

    Fecha Fin: 14/6/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • -1º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de abril y mayo 2019.
  • Fecha Inicio: 1/8/2019 0:0

    Fecha Fin: 14/8/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • -2º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de junio y julio de 2019
  • Fecha Inicio: 1/10/2019 0:0

    Fecha Fin: 14/10/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • -3º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de agosto y septiembre de 2019.
  • Fecha Inicio: 2/12/2019 0:0

    Fecha Fin: 16/12/2019 23:59

  • Condición:
    • Convocatoria 2019-2020
    • -4º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de octubre y noviembre de 2019.
  • Observaciones:
    • -Plazo 5º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, durante los 10 primeros días hábiles del mes de febrero de 2020.
    • -Plazo 6º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de febrero y marzo de 2020, durante los 10 primeros días hábiles del mes de abril de 2020.
    • Los plazos de presentación para el 5º y 6º periodo, que afectan a 2020, se habilitarán con sujeción al calendario laboral oficial para dicho año, al fijarse el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.
  • Por internet

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio Canario de Empleo (S.C.E.)
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 25.1, letra a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminstrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Convocatoria 2019-2020:
      Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar al reconocimiento del Título Nominativo "CONCILIA", los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en seis periodos temporales bien definidos.
      Convocatoria 2018-2019:
      Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar al reconocimiento del Título Nominativo CONCILIA, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2018, hasta el 31 de marzo de 2019, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la vigencia total de la presente Convocatoria, distribuyéndose no obstante en seis periodos temporales bien definidos.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral CONCILIA, correspondiente al ejercicio 2019-2020.

      Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2018, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral CONCILIA, correspondiente al ejercicio 2018-2019.

      Resolución de 26 de junio de 2017, de la Presidenta, por la que se procede a la aprobación de las bases reguladoras del programa de conciliación de la vida familiar y laboral Concilia, con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

      Ley 12/2003, 4 de abril del Servicio Canario de Empleo

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Preguntas Frecuentes

      • ¿Cómo aporto documentación a mi expediente durante la tramitación del procedimiento?
        Una vez ha finalizado el plazo de presentación de solicitud de subvención, a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo, dispone de un servicio de apoyo a la presentación electrónica de documentos para el/los expediente/s que tenga abiertos. Para ello, deberá acceder al "Área personal", concretamente al apto "Mis Expedientes".

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4405
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        235139

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Convocar para el año 2017 subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo canario, para que personas con la titulación adecuada, puedan participar como tecnólogos/as en actividades de I+D+i desarrolladas por las entidades que lo conforman.
    A quién está dirigido:
    Organizaciones empresariales y Pymes
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Podrán acogerse a estas subvenciones, las PYMES y las agrupaciones empresariales innovadoras (Clústeres), con centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que cumplan con lo establecido en la base reguladora 3 de esta convocatoria.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán acogerse a estas subvenciones, las PYMES y las agrupaciones empresariales innovadoras (Clústeres), con centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que cumplan con lo establecido en la base reguladora 3 de esta convocatoria.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas relacionadas en el artículo 37 de la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, las que aparecen en el punto dieciséis del artículo 1 de la Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre, así como los siguiente sujetos:
    • a) Las personas físicas, aún cuando ejerzan actividad económica en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
    • b) Las empresas, cuya constitución o inicio de actividad sea posterior al primer día del mes anterior a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
    • c) Las empresas deudoras de la Administración Española por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones cuyas causas se recogen en el artículo 37 de la Ley 38/2003.
    • d) Las empresas que operen en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento de minimis.
    • Las empresas que se acojan a estas subvenciones habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan, ni individualmente, ni como resultado de otras ayudas de minimis concedidas, el importe máximo total por empresa de 200.000,00 euros o 100.000 euros si la empresa opera en el sector del transporte por carretera. Este límite se aplicará a lo largo del ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios anteriores de la correspondiente convocatoria, dado el carácter de minimis de este régimen de ayudas.
    Cuantía
    • La cuantía máxima de subvención por anualidad es 24.000,00 euros.
    • La retribución anual bruta del tecnólogo contratado no podrá ser inferior a diecinueve mil euros (19.000,00 €).
    Criterios de valoración y baremación:
    • Evaluación por el procedimiento de concurrencia competitiva conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad de oportunidades y no discriminación y conforme a los siguientes
    • criterios y puntuación:
    • a) Perfil del puesto a cubrir (hasta 35 puntos):
    • - Titulación exigida: Graduado...10 puntos; Máster...15 puntos; Doctorado..20 puntos
    • - Otros conocimientos necesarios para el desempeño del puesto. Acreditación de haber sido beneficiario de un programa público de gestores de la innovación: Promotor...4 puntos; Agente...10 puntos; Consultor...12 puntos; Auditor...15 puntos.
    • b) Duración del contrato, acorde con la duración de las actividades de I+D+i a realizar, así como la previsión de estabilidad laboral (hasta 20 puntos):
    • - Duración del contrato acorde con la duración de las actividades de I+D+i a realizar: 1 año...5 puntos; 2 años...10 puntos; 3 años...15 puntos.
    • - Previsión de estabilidad laboral (contrato fijo desde la contratación): 5 puntos.
    • c) Inclusión de las actividades de I+D+i en las prioridades de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3): 15 puntos.
    • d) Participación de la entidad en el Programa Marco de I+D+i de la Unión Europea (Horizonte 2020): 10 puntos.
    • e) Aportación de informe tecnológico de patentes relacionado con las actividades de I+D+i que realice la entidad solicitante:10 puntos.
    • f) Aportación de convenio de colaboración firmado con alguna Universidad Pública o Centro de investigación público, en relación con las actividades de I+D+i que realice: 10 puntos.
    Forma de Abono:
    • El abono de la subvención podrá ser por anticipado.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/3/2017 0:0

    Fecha Fin: 28/4/2017 14:0

    Fecha Inicio: 8/11/2017 0:0

    Fecha Fin: 31/12/2020 23:59

  • Condición:
    • Presentación de documentación
  • Observaciones:
    • En los siguientes casos:
    • - Sustitución de Tecnólogo
    • - Aportación de Documentación de Justificación
    • - Documentación requerida por la ACIISI
  • Por internet

      • SOLICITUD
        • Solicitud

        • Título oficial de estudios

        • Memoria detallada de actividades

        • Ayudas minimis

        • Declaración de Responsable de PYME

        • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos

        • Escritura de constitución

        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

        • Actividad Económica

        • Memoria detallada de actividades

        • Informe Tecnológico de Patentes relacionado con las actividades I+D+i que realice.

        • Convenio de colaboración

        • Acreditación Programa Marco
      • JUSTIFICACIÓN
        • Memoria técnica

        • Memoria económica

        • Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas

        • Declaración responsable de publicidad

        • Nóminas

        • Justificantes acreditativos del gasto realizado: nóminas y cuotas a la seguridad social.

        • Copias de los recibos de liquidación de cotizaciones TC1 y relación nominal de trabajadores TC2

        • De otras ayudas o subvenciones (Mínimis)

        • Reintegro de remanentes

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.


      Otra documentación de interés:

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

      Orden, 28 sep 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla e implementa la funcionalidad gestión de subvenciones y transferencias del Sistema de Información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, SEFCAN, y se establecen los términos en que se incorpora a la base de datos de subvenciones, prevista en el artículo 46 del Decreto 36/2009, 31 marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la información requerida

      Resolución, 15 marzo 2016, de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el Marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico

      Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación.

      ORDEN de 14 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo.

      Orden, 28 dic 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo, aprobadas por Orden de 14 de julio de 2016 (BOC 142, 25.7.2016)

      Orden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes

      Extracto de la Orden de 16 de marzo de 2017, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se convocan subvenciones para incorporación de personal innovador al tejido productivo-2017

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

      Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

      Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/1995 del Consejo de 18 de diciembre de 1995 relativo a la protección de intereses financieros de las Comunidades Europeas.

      Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2014

      Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Consejo.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4361
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221325

  • Objeto

    • Permitir el acceso al grado medio y grado superior de formación profesional del sistema educativo, de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y de las enseñanzas deportivas de régimen especial, a quienes no se encuentren en posesión de la titulación académica correspondiente.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Requisitos.
    • 1.- Enseñanzas de grado medio o superior de formación profesional y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
    • a) Podrán concurrir a las pruebas de acceso al grado medio las personas aspirantes que, no poseyendo las condiciones para el acceso directo, tengan, como mínimo, diecisiete (17) años cumplidos en el año de realización de la prueba.
    • b) Podrán concurrir a las pruebas de acceso al grado superior quienes, no poseyendo las condiciones para el acceso directo tengan, como mínimo, diecinueve (19) años cumplidos en el año de realización de la prueba.
    • En el caso de las enseñanzas profesionales de Artes plásticas y Diseño también podrán concurrir quienes tengan, como mínimo, dieciocho (18) años cumplidos en el año de realización de la prueba y acreditar estar en posesión del título de Técnico de la misma familia profesional a la que se desea acceder o estar en condiciones de obtenerlo en la evaluación final del curso escolar 2018/2019.
    • 2.- Enseñanzas deportivas de régimen especial.
    • Las personas aspirantes que deseen acceder a un ciclo de grado medio y carezcan de la titulación académica exigida para el acceso directo, deberán presentarse a la prueba de acceso a la formación profesional de grado medio. Para ello se requerirá tener como mínimo diecisiete (17) años cumplidos en el año de realización de la prueba.
    • Quienes deseen acceder al ciclo de grado superior de estas enseñanzas y carezcan de la titulación
    • académica exigida para el acceso directo, deberán presentarse a la parte común de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior. Para concurrir a la prueba, se requerirá una edad mínima de diecinueve (19) años, cumplidos en el año de realización de la misma, y estar en posesión del título de Técnico Deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva o en condiciones de obtenerlo en la evaluación final del curso escolar 2018/2019, o de 18 años cuando se posea, además del título anterior, un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.
    • En el caso de determinadas modalidades o especialidades deportivas será además requisito necesario
    • la superación de una prueba de carácter específico, destinada a valorar la condición física y la demostración de habilidades o destrezas técnicas propias de su modalidad deportiva, o acreditar un
    • mérito deportivo en que se demuestren las condiciones necesarias para cursar con aprovechamiento y
    • seguridad las enseñanzas correspondientes. La prueba específica se realizará en los plazos que se
    • determinen en la resolución de admisión.
    • 3.- Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
    • En el caso de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, será necesario la superación de una prueba específica que valorará las aptitudes y los conocimientos artísticos del aspirante.
    Tasas:
    (156) Otras Tasas Académicas
    • (311) Pruebas para acceso a ciclos formativos de grado medio
    • (313) Prueba específica de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
    • (312) Pruebas para acceso a ciclos formativos de grado superior
    • (314) Prueba específica de las enseñanzas deportivas

    Medios de presentación

    Presencial:
    - Para las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y a ciclos de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial las solicitudes de inscripción se presentarán en la Secretaría de un Instituto de Educación Secundaria (IES), Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP), Instituto de Formación Profesional Agraria (IFPA), Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquero (IFPM), Centro de Educación a Distancia (CEAD) o Centro de Educación de Personas Adultas (CEPA). - Para las pruebas de acceso a ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño las solicitudes de inscripción se presentarán en la Secretaría de la Escuela de Arte donde se imparta el ciclo formativo que desean cursar.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 15/7/2019 8:0

    Fecha Fin: 31/7/2019 14:0

  • Condición:
    • Primer plazo extraordinario de presentación de solicitudes para la inscripción a la prueba específica para ciclos formativos de grado medio y superior de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño (en caso de centros que dispongan de vacantes cerrado el plazo ordinario), y para Enseñanzas Deportivas (en caso de convocatoria extraordinaria).
  • Fecha Inicio: 13/3/2019 8:0

    Fecha Fin: 2/4/2019 14:0

  • Condición:
    • Presentación de solicitudes para la inscripción en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de Formación Profesional del sistema educativo.
  • Fecha Inicio: 13/3/2019 8:0

    Fecha Fin: 2/4/2019 14:0

  • Condición:
    • Presentación de solicitudes para la inscripción en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial (aspirantes sin requisitos académicos).
  • Fecha Inicio: 2/4/2019 0:0

    Fecha Fin: 30/4/2019 23:59

  • Condición:
    • Presentación de solicitudes para la inscripción en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de Enseñanzas profesionales de Artes plásticas y Diseño.
  • Fecha Inicio: 2/4/2019 8:0

    Fecha Fin: 30/4/2019 14:0

  • Condición:
    • Presentación de solicitudes para la inscripción en las pruebas de carácter específico de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial.
  • Fecha Inicio: 2/9/2019 8:0

    Fecha Fin: 5/9/2019 14:0

  • Condición:
    • Segundo plazo extraordinario de presentación de solicitudes para la inscripción a la prueba específica para ciclos formativos de grado medio y superior de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño (en caso de centros que dispongan de vacantes cerrado el plazo ordinario), y para Enseñanzas Deportivas (en caso de convocatoria extraordinaria).
  • Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Solicitud
      • Título oficial de estudios
      • Justificante del abono de las tasas
      • Documentación justificativa de exención parcial o total, en su caso
      • En caso de que la persona solicitante no autorice a la administración la consulta telemática de datos:
        • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • En caso de solicitar exención provisional de la parte específica de la prueba de acceso al grado superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo
        • Certificado de la evaluación en el que conste el acceso a los módulos de Integración y FCT, así como la superación del resto de módulos profesionales
      • Personas con discapacidad que precisen de recursos personales o materiales que garanticen las debidas condiciones de igualdad para la realización de las pruebas de acceso al grado superior de ciclos formativos de Formación Profesional
        • Escrito acreditando el tipo de discapacidad y especificando los recursos necesarios para la realización de las pruebas

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Formación Profesional

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Tribunal Calificador designado al efecto
      Plazo de resolución:
      - Enseñanzas de Formación Profesional: Publicación resultados definitivos a las pruebas de acceso el 17 de mayo de 2019.
      - Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño: Publicación de resultados definitivos de la prueba específica y de las listas definitivas de adjudicación de plazas, el 6 de junio de 2019 (plazo ordinario). Publicación listas definitivas adjudicación de plazas, el 17 de septiembre de 2019 (en caso de plazo extraordinario por disposición de vacantes).
      - Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial: Publicación resultados definitivos de las pruebas específicas de acceso y de las listas definitivas de adjudicación de plazas, el 6 de junio de 2019 (plazo ordinario). Publicación listas definitivas adjudicación de plazas el 18 de septiembre de 2019 (en caso de convocatoria extraordinaria).
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 15 de febrero de 2019, por la que se convocan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional, enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de régimen especial, correspondientes al año 2019 (BOC nº 41, de 28/02/2019).

      Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 22 de febrero de 2008, por la que se regula el acceso a la formación profesional del sistema educativo y a las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOC nº 55, de 17/03/2008).

      Normativa estatal

      Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño (BOE nº 125, de 25/05/2007).

      Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial (BOE nº 268, de 08/11/2007).

      Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº 182, de 30/07/2011).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3149
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221256

  • Objeto

    Convocar pruebas para la obtención del certificado de nivel básico de inglés de las enseñanzas de idiomas de régimen especial para aspirantes escolarizados en Educación Secundaria en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, y dictar instrucciones para su organización y aplicación en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    a) Tener dieciséis años cumplidos en el año en que se celebran las pruebas.
    b) En el caso de los nacionales de un país cuya lengua oficial coincida con aquella de la que solicitan examinarse, acreditar que no se trata de su lengua materna ni de la lengua de su escolarización ordinaria.
    Tasas:
    Tasas Académicas de las Escuelas Oficiales de Idiomas

    Medios de presentación

    Presencial:
    deberán presentar la Solicitud de inscripción a las pruebas de certificación de nivel básico de inglés para aspirantes de secundaria en la EOI que les haya correspondido.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 10/3/2014 0:0

    Fecha Fin: 18/3/2014 0:0

    Por internet


    • Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Los aspirantes deben abonar la tasa siguiente:
      122 - Derechos de examen por idioma

    Normativa

  • Objeto

    • Solicitar la admisión a los exámenes teóricos necesarios para la obtención de titulaciones náuticas (Patrón para Navegación Básica (PNB), Patrón de embarcaciones de Recreo (PER), Patrón de Yate (PY) y Capitán de Yate (CY)), que habiliten para el gobierno de las correspondientes embarcaciones de recreo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • - Tener cumplidos 18 años en el momento de realización de las pruebas.
    • - Para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica: Tener cumplidos los 16 años con el consentimiento de los padres o tutores, en el momento de la realización de las pruebas.
    • - Aquellos candidatos que posean alguna titulación náutica y se presenten a la inmediata superior deberán disponer del título inferior.
    Tasas:
    (146) Tasa en materia de enseñanza naútico-deportiva y de buceo deportivo
    • (11) Derechos de examen teórico

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 10/1/2019 0:0

    Fecha Fin: 23/1/2019 23:59

  • Condición:
    • FUERTEVENTURA PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 23 de febrero de 2019
  • Fecha Inicio: 5/2/2019 0:0

    Fecha Fin: 16/2/2019 23:59

  • Condición:
    • LA PALMA PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 16 de marzo de 2019.
  • Fecha Inicio: 14/3/2019 0:0

    Fecha Fin: 27/3/2019 23:59

  • Condición:
    • GRAN CANARIA PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 27 de abril de 2019
  • Fecha Inicio: 29/3/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/4/2019 23:59

  • Condición:
    • TENERIFE-PY
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 11 de mayo de 2019
  • Fecha Inicio: 5/4/2019 0:0

    Fecha Fin: 18/4/2019 23:59

  • Condición:
    • TENERIFE PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 18 de mayo de 2019,
  • Fecha Inicio: 11/4/2019 0:0

    Fecha Fin: 25/4/2019 23:59

  • Condición:
    • LANZAROTE PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 25 de mayo de 2019
  • Fecha Inicio: 24/5/2019 0:0

    Fecha Fin: 6/6/2019 23:59

  • Condición:
    • LA GOMERA PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 6 de julio de 2019
  • Fecha Inicio: 7/8/2019 0:0

    Fecha Fin: 21/8/2019 23:59

  • Condición:
    • EL HIERRO PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 21 de septiembre de 2019
  • Fecha Inicio: 23/8/2019 0:0

    Fecha Fin: 5/9/2019 23:59

  • Condición:
    • LANZAROTE CY-PY
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 5 de octubre de 2019
  • Fecha Inicio: 12/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 26/9/2019 23:59

  • Condición:
    • LANZAROTE PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 26 de octubre de 2019
  • Fecha Inicio: 26/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 9/10/2019 23:59

  • Condición:
    • GRAN CANARIA PY
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 9 de noviembre de 2019
  • Fecha Inicio: 3/10/2019 0:0

    Fecha Fin: 16/10/2019 23:59

  • Condición:
    • TENERIFE PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 16 de noviembre de 2019
  • Fecha Inicio: 10/10/2019 0:0

    Fecha Fin: 23/10/2019 23:59

  • Condición:
    • GRAN CANARIA PER-PNB
  • Observaciones:
    • Fecha de examen: 23 de noviembre de 2019
  • Por internet

      • Solicitud
      • Justificante del abono de las tasas
      • Autorización materna, paterna o de tutor legal.
      • Titulación

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Justificante del abono de las tasas
      • Autorización materna, paterna o de tutor legal.
      • Titulación

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Estructuras Pesqueras

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Tribunal Calificador designado al efecto
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Las solicitudes podrán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, o de forma presencial, preferentemente, en cualquiera de las siguientes dependencias administrativas:
      a) Dirección General de Pesca:
      - Avenida José Ramírez Bethencourt, nº 22, Edificio Jinámar, planta baja, Las Palmas de Gran Canaria
      - Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples I, 11ª planta, Santa Cruz de Tenerife.
      b) Institutos de F.P. Marítimo Pesquero:
      - Avenida de Naos, 2, Arrecife, Lanzarote.
      - Camino el Cercado, s/n, San Andrés, Santa Cruz de Tenerife.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 17 de diciembre de 2018, por la que se convocan los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo para el año 2019.

      Resolución de 15 de enero de 2019, por la que se rectifica error material producido en la Resolución de 17 de diciembre de 2018, que convoca los exámenes teóricos ordinarios para la obtención de las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo para el año 2019 (BOC nº 252, de 31.12.18

      Normativa estatal

      Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

      Preguntas Frecuentes

      • ¿Qué atribuciones tiene el Patrón de Yate (PY)?
        Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
        ¿Cuándo va a haber exámenes teóricos?
        En la convocatoria de exámenes está el calendario de exámenes teóricos que realizará la DGP a lo largo del presente año.
        http://www.gobiernodecanarias.org/agricultura/pesca/temas/formacion/titulaciones_nauticas.html
        ¿Cómo puedo solicitar una revisión de examen?
        Mediante escrito dirigido al Presidente del Tribunal, debidamente razonado, del propio interesado, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de las calificaciones, con indicación de los datos personales, teléfono, domicilio y código postal.
        ¿Donde recabo información para poder presentarse a los exámenes?
        La información común requerida para presentarse a los exámenes se encuentra en el enlace
        http://www.gobiernodecanarias.org/agricultura/pesca/temas/formacion/titulaciones_nauticas.html
        ¿Qué derechos dan el abono de tasas por derechos de examen?
        El abono de las tasas por derechos de examen, que varía en función de la titulación que se quieran superar y permite la matrícula del interesado para su presentación a examen en la convocatoria correspondiente a la fecha de formalización de la inscripción. Su abono no exime del abono correspondiente de las tasas por expedición de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, en caso de superar los exámenes.
        ¿Qué ocurre en caso de no presentación a examen?
        La no presentación a examen, salvo por enfermedad debidamente justificada y notificada en el plazo máximo de tres días hábiles, con posterioridad al examen, no dará lugar a cambio de matrícula para una próxima convocatoria dentro de las que figuran convocadas. En caso de estar justificado, solamente, se podrán realizar cambios de matrícula en las circunstancias anteriores para el mismo año y antes de la última convocatoria fijada.
        ¿De qué tiempo dispongo para obtener una titulación náutica de recreo?
        El plazo máximo para proceder a la solicitud de una titulación náutica de recreo será de 24 meses, contados desde la fecha en que se hayan publicado las calificaciones definitivas o se hayan superado las prácticas básicas o se haya realizado el curso de formación en radiocomunicaciones oportuno. La superación de dicho plazo implicará el decaimiento en los derechos del interesado y la necesidad de aprobar un nuevo examen teórico así como superar las prácticas básicas y curso de formación en radiocomunicaciones correspondiente.
        ¿Qué atribuciones tiene el Patrón de Navegación Básica (PNB)?
        Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
        ¿Qué atribuciones tiene el Capitán de Yate (CY)?
        Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
        ¿Dónde se pueden realizar las prácticas?
        En Canarias, las prácticas y cursos de navegación para embarcaciones de recreo se pueden realizar en las escuelas náuticas de recreo homologadas que se podrán consultar en :
        http://www.gobiernodecanarias.org/agricultura/pesca/temas/formacion/titulaciones_nauticas.html
        ¿Qué título es necesario para manejar una pequeña embarcación?
        Dependiendo de las dimensiones de la embarcación y de la distancia de la costa a la que se vaya a navegar se necesitará un título u otro, para embarcaciones de reducidas dimensiones suele ser suficiente el título de Patrón de Navegación Básica o la Licencia de Navegación.
        ¿Qué atribuciones tiene el Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)?
        Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta. Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4517
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221165

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