Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Reconocimiento de la condición de monitor artesano por la Comunidad Autónoma de Canarias
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar en posesión del carné de artesano.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/2/

    Fecha Fin: 1/3/

    Fecha Inicio: 1/9/

    Fecha Fin: 30/9/

  • Observaciones:
    • Todos los años en los meses de febrero y septiembre.
  • Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Fomento Industrial y Artesanal

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      LEY 10/2009, de 30 de septiembre, de modificación de la Ley 3/2001, de 26 de junio, de Artesanía de Canarias.

      Decreto 176/2005, de 20 de julio, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de la condición de empresa artesana, artesano y maestro artesano en la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de 7 de noviembre de 2006, por la que se establecen los procedimientos de obtención del carné de artesano, del documento de calificación de empresa artesana, y del carné de monitor artesano o maestro artesano

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3882
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220638

  • Objeto

    • Promocionar los vinos con Denominación de Origen Protegida originarios de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Las personas, físicas o jurídicas, que produzcan, elaboren y embotellen en el Archipiélago Canario vinos con Denominación de Origen Protegida.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán inscribirse en el Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias 2019 todas las personas, físicas o jurídicas, que produzcan, elaboren y embotellen en el Archipiélago Canario vinos con Denominación de Origen Protegida. Asimismo, se podrán presentar al mismo todos los vinos producidos, elaborados y embotellados en el Archipiélago Canario con Denominación de Origen Protegida.
    • Para optar al premio "Mejor vino ecológico de Canarias" el elaborador deberá estar inscrito en el Registro de Operadores de Producción Ecológica de Canarias.
    • Los vinos presentados tendrán que corresponder con partidas calificadas y marcas comerciales presentes en el mercado. Además una parte del mismo estará dispuesto para su comercialización en el momento de la inscripción, y se ajustará a la legislación y normativa vigente para el sector.
    • Todos los vinos corresponderán a la cosecha 2017 o 2018, exceptuando los: crianzas, reservas, teas, dulces, de licor, espumosos y malvasías dulces.
    • No se admitirán a concurso los vinos que coincidan en tipo, añada y marca con otros premiados en ediciones anteriores.
    • No se admitirán a concurso para optar al premio a la "Mejor Imagen y Presentación 2019" los vinos ya galardonados con este premio en ediciones anteriores, salvo notables diferencias en su imagen y presentación con respecto al ya premiado.
    • No podrán participar en el premio a "Mejor Vino de Canarias" los vinos que únicamente puedan optar al premio de "Mejor Vino de Producción Limitada". Tampoco podrán optar a ambos premios vinos bajo la misma marca comercial de lotes, salvo notables diferencias en el etiquetado.
    Cuantía
    • No tiene.
    Criterios de valoración y baremación:
    • DISTINCIONES ESPECIALES:
    • a) Una Distinción Especial del Jurado "Mejor vino de Canarias 2019", entre los seleccionados para premios que hayan obtenido la máxima puntuación y siempre que esta sea superior a 92 puntos sobre 100.
    • b) Una Distinción Especial del Jurado "Mejor vino ecológico de Canarias 2019", al vino que haya obtenido la máxima puntuación entre los que hayan obtenido al menos el 75% de los puntos estipulados en la ficha de cata.
    • c) Una Distinción Especial del Jurado "Mejor Vino de Producción Limitada de Canarias", al vino que haya obtenido la máxima puntuación.
    • d)Distinción Especial del Jurado ¿Mejor vino elegido por los enólogos de Canarias¿. Para esta
    • distinción se conformará un panel de catadores constituido por enólogos titulados que
    • ejerzan su actividad en Canarias y que provendrán uno de cada DOP del archipiélago y otro
    • designado por la asociación de enólogos de Canarias.
    • e) De entre todas las muestras admitidas a concurso, el Jurado concederá un premio a la "Mejor Imagen y Presentación", se valorarán todos los elementos que constituyen el etiquetado, incluido el diseño de la propia botella.
    • PREMIOS:
    • a) Gran Medalla de Oro con diploma acreditativo: a los vinos que hayan obtenido la máxima puntuación en cada categoría, siempre que ésta sea superior a 90 puntos. Se establece un número máximo de medallas otorgadas que no podrán superar al 20% de los vinos premiados.
    • b) Medalla de Oro con diploma acreditativo: a los vinos mejor puntuados siempre que superen los 85 puntos, estableciéndose a su vez el máximo de medallas, que no podrá superar al 35% de los vinos premiados.
    • c) Medalla de Plata con diploma acreditativo: al vino mejor puntuado siempre que supere los 80 puntos, estableciéndose a su vez el máximo de medallas, que no podrá superar al 45% de los vinos premiados.
    Forma de Abono:
    • No tiene

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 6/3/2019 0:0

    Fecha Fin: 12/3/2019 13:0

    Por internet

      • Solicitud
      • Boletín de análisis
      • Etiquetas comerciales idénticas a las que presentan las muestras que concursan (2 unidades)

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Boletín de análisis
      • Etiquetas comerciales idénticas a las que presentan las muestras que concursan (2 unidades)

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Fomento y Promoción

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Cada muestra se compondrá de 7 botellas de 750 centímetros cúbicos o 11 de 500 centímetros cúbicos. De ellas se podrá destinar una parte a la realización de análisis químico y/o microbiológico. Las muestras podrán ser recogidas, bien del lote embotellado o bien directamente del depósito calificado del que proceda.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 18 de febrero de 2019, del Director, por la que se convoca el Concurso Oficial de Vinos Agrocanarias 2019.

      Normativa estatal

      Real Decreto 1.679/1999, de 29 de octubre, por el que se regulan los concursos oficiales y concursos oficialmente reconocidos de vinos.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4287
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221214

  • Objeto

    • Procedimiento para la selección de los grupos de acción locales del sector pesquero (GALP) y las estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el período 2014-2020, conforme a las bases que figuran recogidas en el anexo I de la Orden de convocatoria de 2 de agosto de 2016.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Empresas y Administración Local
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los establecidos en la base 3 de la Orden de Convocatoria de 2/8/2016.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 24/8/2016 0:0
    Fecha Fin: 24/10/2016 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Acta de constitución de la asociación
      • Estatutos
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Relación de socios de la entidad
      • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que apoyan al grupo de acción local o que desean ser socios
      • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que prevean su participación financiera y en virtud de las cuales se comprometan a contribuir en la cofinanciación de la estrategia de desarrollo local participativo
      • Estrategia de desarrollo local participativa

      Otra documentación de interés:

        La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      Presencial

        • Solicitud
        • Acta de constitución de la asociación
        • Estatutos
        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
        • Relación de socios de la entidad
        • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que apoyan al grupo de acción local o que desean ser socios
        • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que prevean su participación financiera y en virtud de las cuales se comprometan a contribuir en la cofinanciación de la estrategia de desarrollo local participativo
        • Estrategia de desarrollo local participativa

        Otra documentación de interés:

        (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

        Es necesario la descarga de Adobe Reader.

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Servicio de Estructuras Pesqueras

      Quién resuelve

      Normativa

      • Normativa autonómica

        Orden de 12 de agosto de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convoca concurso para la selección de Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero y las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca para el período 2014-2020 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

        Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.

        Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

        Normativa estatal

        Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

        Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

        Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

        Normativa europea

        Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

        Reglamento (UE) n° 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n° 2328/2003, (CE) n° 861/2006, (CE) n° 1198/2006 y (CE) n° 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) n° 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.

    • Objeto

      Regular el procedimiento para la selección de los grupos de acción local y las estrategias de desarrollo local participativo (LEADER) en la Comunidad Autónoma de Canarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias (FEADER) para el periodo 2014-2020, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C (2015) 6020 final, de 25 de agosto de 2015.
      A quién está dirigido:
      Administración Local, Ciudadanos y Empresas
      Grado de administración electrónica:
      Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
      Se publica en la Ventanilla Única Europea:
      No
      Requisitos previos:
      Los establecidos en la base 3 de la convocatoria.
      Tasas:
      No se exigen

      Medios de presentación

      Electrónico:
      La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
      Presencial:
      Acceda a la Documentación
      Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Plazo de presentación:
      Fecha Inicio: 29/7/2016 0:0
      Fecha Fin: 28/9/2016 23:59

      Por internet

        • Solicitud
        • Constitución de la asociación
        • Estatutos
        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
        • Relación de socios de la entidad
        • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que apoyan al grupo de acción local o que desean ser socios
        • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que prevean su participación financiera y en virtud de los cuales se comprometan a contribuir en la cofinanciación de la estrategia de desarrollo local participativo
        • Otros: Documento base para la elaboración de las EDLP 2014-2020

        Otra documentación de interés:

          La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

        Presencial

          • Solicitud
          • Constitución de la asociación
          • Estatutos
          • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
          • Relación de socios de la entidad
          • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que apoyan al grupo de acción local o que desean ser socios
          • Acuerdos plenarios de las distintas entidades públicas locales que prevean su participación financiera y en virtud de los cuales se comprometan a contribuir en la cofinanciación de la estrategia de desarrollo local participativo
          • Otros: Documento base para la elaboración de las EDLP 2014-2020

          Otra documentación de interés:

          (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

          Es necesario la descarga de Adobe Reader.

        Quién tramita

        Quién resuelve

        • Órgano que resuelve:
          Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
          Plazo de resolución:
          2 meses
          Efectos del silencio administrativo:
          DesestimatorioLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
          Recursos:
          Recurso contencioso-administrativo
          Potestativo de Reposición

        Observaciones

        • El documento base para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo 2014-2020, para cada una de las islas, puede ser consultado en la dirección:
          http://www.pdrcanarias.org/index.php/leader

        Normativa

        • Normativa autonómica
          Ley 4/2003, 28 febrero, de Asociaciones de Canarias
          Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 22 de julio de 2016, por la que se convoca el concurso para la selección de los Grupos de Acción Local y las Estrategias de Desarrollo Local Participativo del Programa de Desarrollo Rural para el periodo 2014-2020.
          Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
          Normativa estatal
          Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
          Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
          Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
          Normativa europea
          Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo
          Reglamento (UE) n° 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1698/2005 del Consejo.

      • Objeto

        Autorizar a las oficinas de farmacia a trasladarse a las ubicaciones donde existan vacantes.
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 1: Información
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        No se exigen
        Tasas:
        No se exigen

        Medios de presentación

        Presencial:
        Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
        Plazo de presentación:
        Pendiente convocatoria

        Por internet

        Presencial

        Quién tramita

        • Órgano que tramita:
          SRV ORDENACION FARMACEUTICA

        Quién resuelve

        • Órgano que resuelve:
          Servicio Canario de la Salud
          Plazo de resolución:
          12 meses
          Efectos del silencio administrativo:
          Caducidad
          Recursos:
          Recurso de Alzada

        Normativa

        • Normativa autonómica

          Ley 4/2005, de 13 de julio, de Ordenación Farmacéutica de Canarias. (BOC Nº 143, de 22.7.2005).

      • Trámite electrónico

        Objeto

        • Reclamaciones de posibles deficiencias existentes en las viviendas, solicitudes de mejoras o reformas de las mismas, autorizaciones para la realización de obras, denuncias de obras ejecutadas sin autorización y por usos indebidos de las viviendas o elementos comunes de los inmuebles.
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos, Administración y Asociaciones
        Inicio del trámite:
        Interesado
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 4: Tramitación electrónica completa
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        • Titulares de viviendas protegidas de promoción pública
        • Asociaciones y Administraciones que ocupan locales propiedad del Instituto Canario de la Vivienda
        Tasas:
        No se exigen

        Medios de presentación

        Electrónico:
        Presencial:
        Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
        Plazo de presentación:
        Todo el año

        Por internet

          • Solicitud
          • Poliza de seguro obligatorio
          • Último recibo de la Comunidad

          La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

        Presencial

          • Solicitud
          • Poliza de seguro obligatorio
          • Último recibo de la Comunidad

          (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

          Es necesario la descarga de Adobe Reader.

        Quién tramita

        • Órgano que tramita:
          Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.

        Quién resuelve

        • Órgano que resuelve:
          Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
          Plazo de resolución:
          3 meses
          Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
          Estimatorio
          Recursos:
          Recurso de Alzada

        Normativa

        • Normativa autonómica

          Decreto 96/2012, 13 diciembre, que modifica el Decreto 138/2007, 24 mayo (BOC 114, 8.6.2007), por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda

          Decreto 138/2007, 24 mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda

          Códigos identificativos

          • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

            3638
          • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

            220760

      • Trámite electrónico

        Objeto

        • Determinar la existencia de las condiciones necesarias para autorizar la constitución de cotos mineros, entendiéndose por tales la agrupación de intereses de titulares de derechos de explotación en diversas zonas de un mismo yacimiento o de varios de éstos, situados de forma tal, que permitan la utilización conjunta de todos o parte de los servicios necesarios para su aprovechamiento
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
        Inicio del trámite:
        Interesado
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 4: Tramitación electrónica completa
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        No se exigen
        Tasas:
        (118) Tasas en materia de industria y energía

        Medios de presentación

        Electrónico:
        Presencial:
        Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
        Plazo de presentación:
        Todo el año

        Por internet

        Presencial

          • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.
          • Proyecto técnico que justifique las ventajas que se deriven de la formación del coto, con expresión de sus condiciones técnicas y económicas y repercusión social de las mismas.
          • Estudio económico y financiero
          • Ayudas que se recaban del Estado para llevarlo a la práctica.
          • Proyecto de convenio entre los interesados, estatutos que lo regulen y plan de trabajos a realizar.
          • Proyecto de Explotación de acuerdo con el R.D. 2857/1978, de 25 de agosto y el R.D. 863/1985, de 2 de abril, que aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
          • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 64).
          • Plan de Restauración de acuerdo con el R.D. 975/2009, de 12 de junio.
          • Solicitud

          (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

          Es necesario la descarga de Adobe Reader.

        Quién tramita

        Quién resuelve

        • Órgano que resuelve:
          Dirección General de Industria y Energía
          Plazo de resolución:
          6 meses
          Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
          Desestimatorio Anexo Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autonoma a la Ley 30/1992, 26 noviembre.
          Recursos:
          Recurso de Alzada

        Normativa

        • Normativa autonómica

          Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Im pacto Ecológico.

          Normativa estatal

          R.D. 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

          Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. (BOE Nº 176, de 24.7.1973).

          Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

          Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento general para el Régimen de la Mineria. (BOE Nº 295, de 11.12.1978).

          R.D.L. 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos

          Códigos identificativos

          • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

            963
          • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

            220375

      • Trámite electrónico

        Objeto

        • Determinar la existencia de las condiciones necesarias para autorizar la constitución de cotos mineros, entendiéndose por tales la agrupación de intereses de titulares de derechos de explotación en diversas zonas de un mismo yacimiento o de varios de éstos, situados de forma tal, que permitan la utilización conjunta de todos o parte de los servicios necesarios para su aprovechamiento
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
        Inicio del trámite:
        Interesado
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 4: Tramitación electrónica completa
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        No se exigen
        Tasas:
        (118) Tasas en materia de industria y energía

        Medios de presentación

        Electrónico:
        Presencial:
        Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
        Plazo de presentación:
        Todo el año

        Por internet

        Presencial

          • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de la persona que lo represente.
          • Proyecto técnico que justifique las ventajas que se deriven de la formación del coto, con expresión de sus condiciones técnicas y económicas y repercusión social de las mismas.
          • Estudio económico y financiero
          • Ayudas que se recaban del Estado para llevarlo a la práctica.
          • Proyecto de convenio entre los interesados, estatutos que lo regulen y plan de trabajos a realizar.
          • Proyecto de Explotación de acuerdo con el R.D. 2857/1978, de 25 de agosto y el R.D. 863/1985, de 2 de abril, que aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
          • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 64).
          • Plan de Restauración de acuerdo con el R.D. 975/2009, de 12 de junio.
          • Solicitud

          (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

          Es necesario la descarga de Adobe Reader.

        Quién tramita

        Quién resuelve

        • Órgano que resuelve:
          Dirección General de Industria y Energía
          Plazo de resolución:
          6 meses
          Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
          Desestimatorio Anexo Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autonoma a la Ley 30/1992, 26 noviembre.
          Recursos:
          Recurso de Alzada

        Normativa

        • Normativa autonómica

          Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Im pacto Ecológico.

          Normativa estatal

          R.D. 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

          Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. (BOE Nº 176, de 24.7.1973).

          Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

          Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento general para el Régimen de la Mineria. (BOE Nº 295, de 11.12.1978).

          R.D.L. 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos

          Códigos identificativos

          • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

            963
          • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

            220375

      • Trámite electrónico

        Objeto

        • Este Servicio en-línea le posibilita conocer la situación en que se encuentra la tramitación de una factura, introduciendo los datos necesarios para la identificación de la misma. En el resultado de la consulta se muestra la situación de cada una de las facturas de un contribuyente pudiéndose realizar una selección por ciertos parámetros.
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos, Administración y Empresas
        Inicio del trámite:
        Interesado
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 4: Tramitación electrónica completa
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        No se exigen
        Tasas:
        No se exigen

        Medios de presentación

        Electrónico:
        Plazo de presentación:
        Todo el año

        Por internet

        Quién tramita

        • Órgano que tramita:
          Servicio del Tesoro

        Quién resuelve

        • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
          No tiene
          Recursos:
          No cabe recurso

        Normativa

        • Normativa autonómica

          implementación normativa, orden 22 de mayo de 2015

          Códigos identificativos

          • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

            4003
          • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

            220901

      • Trámite electrónico

        Objeto

        • Este servicio de consulta en línea posibilita, cumplimentando una serie de campos obligatorios, acceder a la información sobre el estado en que se encuentran las Garantías depositadas tanto en Documento como en Metálico. El Servicio permite además, realizar una selección de acuerdo a determinados parámetros.
        A quién está dirigido:
        Ciudadanos, Empresas y Administración
        Inicio del trámite:
        Interesado
        Grado de administración electrónica:
        Nivel 4: Tramitación electrónica completa
        Se publica en la Ventanilla Única Europea:
        No
        Requisitos previos:
        No se exigen
        Tasas:
        No se exigen

        Medios de presentación

        Electrónico:
        Plazo de presentación:
        Todo el año

        Por internet

        Quién tramita

        • Órgano que tramita:
          Servicio del Tesoro

        Quién resuelve

        • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
          No tiene
          Recursos:
          No cabe recurso

        Normativa

        • Normativa autonómica

          Pendiente cumplimentar normativa

          Normativa estatal

          Orden de 7 de enero de 2000 por la que desarrolla el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos. (BOE de 25 de enero de 2000; corrección de errores en BOE de 31 de enero de 2000. Modificada por la Orden ECO/2120/2002, de 2 de agosto en BOE de 24 de agosto de 2002)

          Códigos identificativos

          • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

            4014
          • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

            220850

      Cinco Días
      Expansión
      EFE Emprende
      CuatroCasas Telefonica

      Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.