Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • La acción III.9 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias establece una ayuda a las explotaciones locales de pollitas ponedoras destinadas al suministro a las explotaciones avícolas de puesta de Canarias, el objetivo de esta acción es fomentar la cría en el archipiélago de pollitas ponedoras.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Los titulares de explotaciones avícolas que efectúen la actividad de cría y reproducción de gallinas ponedoras con destino a explotaciones de ponedoras ubicadas en Canarias y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en esta convocatoria, los titulares de explotaciones avícolas de multiplicación o incubadora que efectúen la actividad de cría y
    • reproducción de gallinas ponedoras con destino a explotaciones de ponedoras ubicadas en Canarias y que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Estar las explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, como explotaciones avícolas de multiplicación o incubadora, con los datos debidamente actualizados.
    • b) Las pollitas objeto de ayuda deberán haber nacido en la explotación del titular y haber sido vendidas a explotaciones avícolas de ponedoras ubicadas en Canarias, durante el año de la campaña.
    • c) Cumplir con los requisitos legales, sanitarios, de salud pública, de bienestar animal, identificación animal, de condicionalidad y medioambientales fijados por la reglamentación
    • comunitaria y la legislación nacional.
    • d) Cumplir con lo dispuesto en Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
    • e) Aportar cuando le sea requerida la documentación comercial que acredite la venta de la producción de la explotación.
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • El importe unitario de la ayuda es de 0,30 euros por pollita suministrada y comercializada en las islas. Se abonará un complemento de ayuda del 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta acción.
    • Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna un importe de cincuenta mil euros (50.000,00 euros).
    • En caso de agotamiento de la ficha financiera de la ayuda, se realizará un reducción proporcional de la ayuda unitaria suficiente para atender a todas las solicitudes presentadas.
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago se realizará en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de junio de 2020.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2020 0:0

    Fecha Fin: 25/2/2020 23:59

  • Condición:
    • Las solicitudes presentadas después del 31.01.2020, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 25.02.2020, se desestimará la solicitud.
  • Por internet

      • Solicitud
      • En el supuesto de representación
        • Documentación que acredite la representación
      • Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios
        • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
      • Acompañando a la primera solicitud relativa a un pago directo que se formule y para toda la campaña 2020
        • Declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona física

        • Declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona jurídica
      • Copia de las facturas de venta del total de pollitas producidas y comercializadas.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión (30.06.2020).
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Orden de 4 de noviembre de 2019, por la que se convocan para la campaña 2019, las ayudas de la Acción III.9 "Ayuda para la producción de gallinas ponedoras en Canarias" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

      Orden de 11 de marzo de 2015, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, en virtud del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo (BOC nº 55 de 20.03.2015).

      Resolución de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican las condiciones para la concesión de diversas ayudas al sector ganadero encuadradas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006 y modificado por Orden de 9 de junio de 2009. (BOC nº 254, de 30.12.2009)

      Resolución de 23 de mayo de 2008, por la que se establecen las condiciones para la concesión de las ayudas para la producción de gallinas ponedoras, Medida II.9 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006. (BOC nº 122, de 19.06.2008)

      Orden de 10 de noviembre de 2006, por la que se da publicidad a las medidas previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 225 de 20.11.2006).

      Normativa estatal

      Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo (Documento DOUE-L-2013-80483).

      Directiva 1999/74/CE del Consejo, de 19 de julio de 1999, por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2492
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221328

  • Objeto

    • La Acción III.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias tiene como objetivo fomentar en el Archipiélago la cría de reproductores de porcino de Canarias destinadas a explotaciones ganaderas del Archipiélago.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Los titulares de una explotación local de multiplicación de porcino correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Canarias (REGAC), que cumplan la normativa vigente para este tipo de explotaciones.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán acogerse a estas ayudas los productores que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Ser titular de una explotación de multiplicación de porcino correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Canarias (REGAC).
    • b) Las reproductoras objeto de ayuda (código NC 0103 10 00, NC ex 0103 91 10 o NC ex 0103 92 19) deberán estar identificadas individualmente de manera que se garantice el control de su origen y serán destinadas antes de su primer parto a explotaciones ganaderas de producción de Canarias.
    • c) Cumplir con los requisitos legales, sanitarios, de salud pública, de bienestar animal, de identificación animal, de condicionalidad y medioambientales fijados por la reglamentación
    • comunitaria y la legislación nacional.
    • La ayuda se concederá por cada reproductora vendida durante el año 2019 (a estos efectos se considerará la fecha de emisión de la correspondiente guía sanitaria de movimiento).
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • 1. El importe unitario de la ayuda es de 500 euros por hembra reproductora.
    • Se abonará un complemento de ayuda de un 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda correspondiente para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta convocatoria.
    • 2. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna un importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago se realizará en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de junio de 2020.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/1/2020 0:0

    Fecha Fin: 25/2/2020 23:59

  • Condición:
    • Corresponde a las reproductoras vendidas durante todo el año 2019.
    • Las solicitudes presentadas después del 31.01.2020, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 25.02.2020, se desestimará la solicitud.
  • Observaciones:
    • Reproductoras vendidas durante todo el año 2019
  • Por internet

      • Solicitud
      • En el supuesto de representación
        • Documentación que acredite la representación
      • Relación de reproductoras vendidas especificando: número de identificación individual, código de explotación de destino y número de la guía sanitaria de acompañamiento.
      • Facturas de venta
      • declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona física
      • declaración responsable de tener la consideración de agricultor activo persona jurídica

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión (30.06.2020).
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Orden de 29 de octubre de 2019, por la que se convocan para la campaña 2019, las ayudas de la Acción III.7 "Ayuda para la producción de reproductores de porcino en Canarias" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

      Resolución de 23 de mayo de 2008, por la que se establecen las condiciones para la concesión de las ayudas para la producción de reproductores de porcino en Canarias, Medida II.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006. (BOC nº 122, de 19.06.2008)

      Orden de 10 de noviembre de 2006, por la que se da publicidad a las medidas previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 225 de 20.11.2006).

      Orden de 28 de noviembre de 2017, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias [POSEI]

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo (Documento DOUE-L-2013-80483).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2485
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221358

  • Objeto

    Conceder ayudas de Estado a la medida I.1.1. "Ayuda a la Comercialización Local de Frutas y Hortalizas", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2013.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la campaña 2013 de la medida I.1.1. del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Haber sido perceptor en la campaña 2013 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    3.000.000.- euros (tres millones de euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    La ayuda se abonará íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, en la misma cuenta corriente donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2013, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 31/12/2015 0:0

    Fecha Fin: 30/1/2016 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Aceptación (Anexo III)

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 28 de diciembre de 2015 por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la Campaña 2013, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a la medida I «Apoyo a la producción vegetal», Acciones I.1, «Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias» Subacción I.1.1 «Frutas y hortalizas», y I.3 «Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)»

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden,13 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista en la Orden de 28 de diciembre de 2015, por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la Campaña 2013, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a la medida I «Apoyo a la producción vegetal», Acciones I.1, «Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias» Subacción I.1.1 «Frutas y hortalizas», y I.3 «Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)»

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

  • Objeto

    Establecer las ayudas de la campaña 2016 para la Acción I.1 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias "Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias" y Subacción I.4.2 "Ayuda a la comercialización de papa de mesa"
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
    Beneficiarios:
    Personas físicas o jurídicas que produzcan y comercialicen en el mercado local de las Islas Canarias frutas y hortalizas, plantas vivas, flores y esquejes, además de plantas medicinales y aromáticas (se excluyen tomates y plátanos) y papas de mesa, que cumplan los requisitos de la Base 3 de la convocatoria.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    a) Ser productor de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, plantas vivas, flores, esquejes y/o plantas medicinales y aromáticas que comercialice sus producciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    b) Que sus superficies productivas se encuentren ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, debidamente identificadas según el Sistema de Información Geográfica determinado en el Reglamento (UE) nº 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, (SIGPAC), y correctamente referenciadas a la última actualización publicada.
    c) Tener la consideración de -agricultor activo-, según la definición contenida en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 637/2008 y (CE) nº 73/2009 del Consejo.
    d) Presentar programas de producción y comercialización para la campaña objeto de esta convocatoria, conforme a lo señalado en la base 5. En el caso de que el solicitante sea socio de una entidad jurídica reconocida como Agrupación u Organización de Productores, será esta entidad quien presente estos programas.
    e) En el caso de que se solicite el importe de ayuda por ser -productor agrupado-, estar afiliado a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH), o en una Agrupación de Productores de patatas de consumo no destinadas a la industria feculera.
    f) En el caso de que se solicite el importe de ayuda por ser -productor agrupado-, sus superficies productivas deberán figurar debidamente inscritas en los ficheros de afiliados de dichas agrupaciones y/u organizaciones.
    g) En el caso de solicitar el importe de ayuda incrementado por tener la producción asegurada, poseer una póliza suscrita, incluida en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, en vigor en la campaña por la que solicita la ayuda.
    Cuantía
    Diez millones trescientos treinta y dos mil doscientos trece euros (10.332.213 €); a la Subacción I.1.2, un importe de tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €) y a la Subacción I.4.2., un importe de dos millones setecientos noventa y seis mil novecientos ochenta y dos euros (2.796.982 €). Dichas cuantías podrán modificarse por posteriores decisiones de la Comisión Europea
    Criterios de valoración y baremación:
    El Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución
    Forma de Abono:
    La ayuda se pagará directamente al beneficiario en la cuenta corriente declarada en la solicitud.

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 16/11/2015 0:0

    Fecha Fin: 15/11/2016 23:59

  • Condición: Programas de producción y comercialización
  • Fecha Inicio: 1/7/2016 0:0

    Fecha Fin: 31/7/2016 23:59

  • Condición: Acreditación de producción y comercialización de productos (primer semestre)
  • Fecha Inicio: 1/1/2017 0:0

    Fecha Fin: 31/1/2017 23:59

  • Condición: Acreditación de producción y comercialización de productos (segundo semestre)
  • Fecha Inicio: 1/1/2017 0:0

    Fecha Fin: 31/1/2017 23:59

  • Condición: Solicitud de ayuda
  • Por internet


    • Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial


    • Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      18 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArt. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244 de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • A los efectos de esta convocatoria, la campaña de comercialización de estos productos comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 y los productos objeto de ayuda deberán ser recolectados y comercializados dentro de dicha campaña.

    Normativa

  • Objeto

    • Conceder ayudas de estado a la medida I.1. "Ayuda a la Comercialización Local de frutas y hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2014.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la campaña 2014 de la medida I.1.1. del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber sido perceptor en la campaña 2014 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    • 4.000.000.- euros (cuatro millones de euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, en la misma cuenta corriente donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2013, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/11/2016 0:0

    Fecha Fin: 29/12/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11, y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de 17 de noviembre de 2016 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las medidas I.1.1, I.3, I,6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y se aprueban las bases que han de regir la misma.

      Orden de la Consejería de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Aguas por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista en la orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el programa comunitario de apoyo a las producciones agrarias de canarias, destinadas a las medidas I.1.1., I.3, I.6, I.7, III.6.2., III.8, III.10 y III.11.

      EXTRACTO de la Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y aprueba las bases que han de regir la misma.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

  • Objeto

    • Conceder ayudas de Estado a la medida I.7. "Mejora de la competitividad en la comercialización exterior de los vinos con denominación de origen protegida (DOP) de Canarias", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2014
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la campaña 2014 de la medida I.7. del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber sido perceptor en la campaña 2014 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    • 4.000.000.- euros (cuatro millones de euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, en la misma cuenta corriente donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2014, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/11/2016 0:0

    Fecha Fin: 29/12/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 17 de noviembre de 2016 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las medidas I.1.1, I.3, I,6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11, y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de la Consejería de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Aguas por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista en la orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el programa comunitario de apoyo a las producciones agrarias de canarias, destinadas a las medidas I.1.1., I.3, I.6, I.7, III.6.2., III.8, III.10 y III.11.

      EXTRACTO de la Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y aprueba las bases que han de regir la misma.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

  • Objeto

    • Conceder Ayudas de Estado a la medida I "Apoyo a la producción vegetal", Acción I.7 "Ayuda a la mejora de la competitividad en la comercialización exterior de los vinos con denominación de origen protegida (DOP)", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2013.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la medida I.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2013.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber sido perceptor en la campaña 2013 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    • 59.000,00 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • Las ayudas se abonarán integramente desde la Resolución definitiva de concesión, en las mismas cuentas corrientes donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2013, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 11/8/2016 0:0

    Fecha Fin: 27/9/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con las otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de 2 de agosto de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2013, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a la medida I -Apoyo a la producción vegetal-, Acción I.6 Ayuda a la transformación y embotellado de vinos con denominación de origen protegida (DOP) producidos en Canarias y Acción I.7 Mejora de la competitividad en la comercialización exterior de los vinos con denominación de origen protegida (DOP) de Canarias.

      Extracto de la Orden de 2 de agosto de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2013, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a la medida I «Apoyo a la producción vegetal»

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

  • Objeto

    • Conceder, para la campaña 2016, la ayuda para la producción de miel de calidad procedente de la raza autóctona de abeja negra, prevista en la Acción III.10 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, a los beneficiarios que se comprometan a mantener en los asentamientos habituales de su explotación un número de colmenas en producción al menos igual al número de colmenas para el que se haya solicitado la ayuda, durante un período de permanencia mínimo de seis meses, contado a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones
    Beneficiarios:
    Productores de miel procedente de la raza autóctona de abeja negra.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • El solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
    • a) Que sus explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y estén destinadas a la producción de miel de calidad procedente de la raza autóctona de abeja negra.
    • b) Que sus explotaciones estén correctamente inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGA).
    • c) Que se comprometa a someterse a cualquier medida de control determinada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, así como cualquier otra institución en el ámbito de la Unión Europea.
    • d) Que se comprometa a mantener en los asentamientos habituales de su explotación un número de colmenas de "abejas negras" en producción al menos igual al número de colmenas para el que se haya solicitado la ayuda, durante un período de permanencia mínimo de seis meses, contado a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
    Cuantía
    • El importe unitario máximo de la ayuda asciende a 30 euros por colmena en producción de miel de calidad procedente de la raza autóctona de abeja negra, y campaña, con un límite de 21.000 colmenas.
    Criterios de valoración y baremación:
    • El Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
    Forma de Abono:
    • Directamente al beneficiario mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente indicada en la solicitud.

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 20/11/2015 0:0
    Fecha Fin: 20/12/2015 23:59
  • Condición:
    • Soliicitud de ayuda
  • Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Declaración de compromiso
      • Relación de socios de la entidad
      • Número de Inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas
      • Escritura de constitución
      • Estatutos
      • Número de identificación fiscal
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Documento bancario acreditando titularidad de la cuenta aportada

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      18 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Cualquier variación del número de colmenas objeto de solicitud, incluido su traslado a otro asentamiento, deberá ser comunicado por el solicitante al Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, siempre antes de la realización de un control administrativo o sobre el terreno, o de que haya sido informado de la ejecución del mismo.

    Normativa

  • Objeto

    • Conceder ayudas de Estado a la medida III.8 "Ayuda a la producción de pollos de engorde en Canarias", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2014
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la campaña 2014 de la medida III.8. del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber sido perceptor en la campaña 2014 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    • 4.000.000.- euros (cuatro millones de euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, en la misma cuenta corriente donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2014, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/11/2016 0:0

    Fecha Fin: 29/12/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 17 de noviembre de 2016 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las medidas I.1.1, I.3, I,6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11, y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Orden de la Consejería de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Aguas por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista en la orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el programa comunitario de apoyo a las producciones agrarias de canarias, destinadas a las medidas I.1.1., I.3, I.6, I.7, III.6.2., III.8, III.10 y III.11.

      EXTRACTO de la Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y aprueba las bases que han de regir la misma.

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

  • Objeto

    • Conceder ayudas de Estado a la medida III.1.1 "Ayuda a la producción local de huevos de gallina", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2014
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Productores beneficiarios de la campaña 2014 de la medida III.11. del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber sido perceptor en la campaña 2014 de la Ayuda Comunitaria abonada con cargo a los fondos FEAGA.
    Cuantía
    • 4.000.000.- euros (cuatro millones de euros)
    Criterios de valoración y baremación:
    • La Viceconsejeria de Sector Primario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
    Forma de Abono:
    • La ayuda se abonará íntegramente desde la resolución definitiva de concesión, en la misma cuenta corriente donde se realizó el ingreso de la Ayuda Comunitaria FEAGA, campaña 2014, salvo que el interesado comunique expresamente un nuevo número de cuenta corriente.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/11/2016 0:0

    Fecha Fin: 29/12/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, concedidas por la Administración Pública Estatal o Territorial, y los entes públicos o privados siempre que su acumulación no supere el tope de la ayuda total autorizada por la Comisión.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de 17 de noviembre de 2016 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las medidas I.1.1, I.3, I,6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se convocan las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11, y se aprueban las bases que han de regir la misma

      Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se amplía la dotación presupuestaria prevista en la orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de estado referidas a la campaña 2014, previstas en el programa comunitario de apoyo a las producciones agrarias de canarias, destinadas a las medidas I.1.1., I.3, I.6, I.7, III.6.2., III.8, III.10 y III.11.

      EXTRACTO de la Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 17 de noviembre de 2016, que convoca las ayudas de Estado referidas a la campaña 2014, previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, destinadas a las Medidas I.1.1, I.3, I.6, I.7, III.6.2, III.8, III.10 y III.11 y aprueba las bases que han de regir la misma.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo.

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