Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las Asociaciones Profesionales sin ánimo de lucro, con implantación en la Comunidad Autónoma de Canarias, cumplirán los siguientes requisitos:
    • a) Que realicen las actuaciones objeto de subvención en el plazo de 1 año contado desde el 1 de diciembre del año anterior a la convocatoria.
    • b) Que no estén incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • c) Que estén dadas de alta como tercero en el Sistema Económico- Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC).
    Cuantía
    • Sesenta y seis mil quinientos siete (66.507,00) euros, siendo el importe total de la subvención a percibir por cada asociación solicitante de un máximo de cincuenta mil (50.000,00) euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • La cuantía de la subvención a conceder resultará de aplicar a los créditos asignados a la convocatoria anual los criterios de reparto contenidos en el artículo 4 de la Orden de 23 de julio de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras que rigen esta convocatoria.
    Forma de Abono:
    • Previa justificación por el beneficiario.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 19/3/2019 0:0

    Fecha Fin: 22/4/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Documento acreditativo de su personalidad o capacidad de obrar, así como en su caso, la que acredite la representación de quien actúa en su nombre
      • Estatutos
      • Certificación del acuerdo del órgano de gobierno, estatutariamente competente, autorizando la solicitud de subvención
      • Certificado del órgano competente de la entidad respecto al ámbito de implantación de la misma
      • Certificado
      • Certificado de órgano competente de la entidad en el que conste el número de socios directos de la entidad.
      • Certificado de la Seguridad Social indicando el número de empleados
      • Documentación que acredite su implantación en otras islas o municipios diferentes de su domicilio social

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.


      Otra documentación de interés:

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Asociacionismo Agrario

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (B.O.C. nº 244, de 19.12.2006).
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 23 de julio de 2010 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias, sin ánimo de lucro (B.O.C. nº 148, de 29.07.2010)

      Orden de 11 de julio de 2014, por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro, aprobadas por Orden de 23 de julio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

      Decreto 5/2015, de 30 de enero, que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 68, de 08.04.2009)

      Extracto de la Orden de 28 de febrero de 2019, por la que se convocan para el ejercicio 2019, las subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro previstas en las bases reguladoras aprobadas por Orden de 23 de julio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre 2003, General de Subvenciones (B.O.e. nº 276, de 18.11.2003).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4288
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221374

  • Objeto

    • Los costes de transporte que tanto la prensa local escrita, en contraposición a otros medios de justificación, como en general al resto de la industria gráfica, se ven obligados a soportar, para facilitar el acceso diario y puntual de la población de la islas a toda la información con independencia de la localización insular.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Las personas físicas o jurídicas solicitantes de la compensación, que acrediten haber abonado los costes de transporte derivados de la distribución de productos editoriales y prensa mediante la documentación señalada en la base sexta. En ningún caso tendrán la consideración de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán ser beneficiarios:
    • 1. Las personas físicas o jurídicas solicitantes de la compensación, que acrediten haber abonado los costes de transportes derivados de la distribución de productos editoriales y prensa mediante la documentación señalada en la base quinta, apartado b). En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • 2. Los beneficiarios de las compensaciones tienen las obligaciones establecidas con carácter general para todos los beneficiarios de subvenciones públicas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • 3. Los beneficiarios podrán subcontratar la ejecución total de la actividad objeto de compensación con empresas intermediarios, debiendo cumplir los requisitos establecidos en la base quinta B) y en su caso, dentro de los límites fijados en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento.
    Cuantía
    • 300.000,00 euros
    Criterios de valoración y baremación:
    • El coste de distribución subvencionable será el coste del transporte de mercancías subvencionables que estará integrado por los siguientes conceptos:
    • 1.-Flete
    • 2.-Tasa portuarias/aeroportuarias aplicadas a la carga transportada, tanto en puertos/aeropuertos de origen como de destino
    • 3.- Costes de manipulación de la mercancía en puertos/aeropuertos de origen y destino.
    • 4.-Tasas de seguridad, si las hubiera
    • 5.-Recargo por incremento del coste de combustible (BAF), en su caso
    Forma de Abono:
    • El abono de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, para el que se concedió, en los términos establecidos en estas bases reguladoras.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 6/11/2019 8:0

    Fecha Fin: 26/11/2019 15:0

    Por internet

      • Memoria justificativa
      • Informe del Auditor
      • Relación clasificada de gastos del transporte efectuado y relacionado con la actividad subvencionable
      • Declaración de cumplimiento de obligaciones formales
      • Art.13 Ley General de Subvenciones

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Memoria justificativa
      • Informe del Auditor
      • Relación clasificada de gastos del transporte efectuado y relacionado con la actividad subvencionable
      • Declaración de cumplimiento de obligaciones formales
      • Art.13 Ley General de Subvenciones

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios.
      Plazo de resolución:
      31/12/2019
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Orden por la que convocan, para el ejercicio 2019, las subvenciones destinadas a compensar los costes de transporte interinsular de la prensa local diaria de las islas durante los años 2019 y 2017, y se aprueban las bases que han de regir las mismas.

      Normativa estatal

      Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias

      Orden FOM/935/2017, de 2 de octubre, por la que se determinan para el año 2016 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (substituido por el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), con origen o destino en las Islas Canarias.

      Orden FOM/1116/2018, de 22 de octubre, por la que se determinan para el año 2017 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (substituido por el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), con origen o destino en las Islas Canarias.

      Real Decreto 147/2019, de 15 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4323
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        2083074

  • Objeto

    • Financiar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Entidades de formación inscritas y/o acreditadas en el registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Poseer la condición de entidades de formación inscritas y/o acreditadas en el registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Canarias en la especialidad o especialidades por las que concurran.
    Cuantía
    • En una isla no se podrá ser beneficiario/a de más de 600.000 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los que se establecen en el Resuelvo décimo tercero y décimo cuarto.
    Forma de Abono:
    • Anticipado

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 12/7/2019 0:0

    Fecha Fin: 1/8/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud, Declaración responsable y Memoria de acciones formativas
      • Documentación como méritos establecidos en las Bases de la Convocatoria (Certificado Gestión Calidad, Medioambiental, acesibilidad, Igualdad, Agencia de Colocación o Servicios de Orientación/Asesoramiento, etc.)

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Formación

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2019, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2019.

      Normativa estatal

      Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. (BOE núm. 67, de 18.03.2008)

      Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4168
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221168

  • Objeto

    • Conceder las subvenciones durante el año 2019 para la mejora del rendimiento económico y medioambiental de las explotaciones agrícolas y las empresas rurales, la mejora de la eficiencia de la comercialización de productos agrícolas y el sector de la transformación, proporcionar la infraestructura necesaria para el desarrollo de la agricultura y el apoyo a las inversiones no productivas necesarias para alcanzar los objetivos medioambientales.
    • La prioridad de esta submedida es que las empresas dedicadas o que pretendan dedicarse a la transformación y/o comercialización en el sector agroalimentario aumenten su competitividad y su eficiencia; siendo la iniciativa privada la que debe liderar y promover las diferentes iniciativas y proyectos.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Personas físicas, jurídicas, titulares de empresas que realicen la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el anexo I del Tratado, o del algodón exceptuado los productos de la pesca y la acuicultura, que tengan actividad en el momento de la presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud, de acuerdo con las previstas en la submedida 4.2 del programa de desarrollo rural de la región de Canarias, para el periodo de programación 2014-2020, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 25 de agosto de 2015, C (2015)6020 final
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • a) Personas físicas, jurídicas, titulares de empresas que realicen la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el anexo I del Tratado, o del algodón exceptuado los productos de la pesca y la acuicultura, que tengan actividad en el momento de la presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud.
    • b) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13. 2 de la Ley General de Subvenciones.
    • c) Que se comprometan a mantener la actividad de transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, y a no enajenar o ceder los bienes construidos o adquiridos con la ayuda de estas subvenciones que tengan la consideración de activos físicos inventariables, durante al menos los cinco años siguientes al último pago de la subvención.
    • d) Que cumplan las normas exigibles en materia medioambiental, higiene y bienestar de los animales que les sean de aplicación, y fundamentalmente las que se especifiquen en la resolución de concesión.
    • e) Realizar las inversiones objeto de subvención con posterioridad a la solicitud de subvención y al levantamiento del acta de no inicio.
    • f) Que las empresas solicitantes de subvención no se encuentren en situación de crisis.
    • g) En el caso de que solicite la subvención para maquinaria o equipo, compromiso de adquirirlas con numero de serie identificativo y de instalarla de forma que permita su comprobación.
    • h) En el caso de obra civil, haber solicitado licencia de obra, en el supuesto de que ésta fuera preceptiva.
    • i) Estar inscrito en el Registro de Industrias Agrarias. En el caso de industrias que no estén inscritas o que no hayan iniciado su actividad con anterioridad a la solicitud, comprometerse a inscribirse en el plazo máximo de 1 año contado desde el último pago de la subvención.
    • j) Estar inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, cuando sea preceptivo. En el caso de industrias que no hayan iniciado su actividad con anterioridad a la solicitud, comprometerse a inscribirse en el plazo máximo de 1 año contado desde el último pago de la subvención.
    • k) En el sector de frutas y hortalizas y del plátano, las inversiones deben estar promovidas respectivamente por entidades que tengan el reconocimiento como Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH), conforme al Reglamento (CE) nº 2200/1996, 1182/2007, 1308/2013 del Consejo, o el Reglamento (CE) 543/2011 de ejecución de la Comisión o miembro integrado en ellas, o sociedades participadas por ellas o como Organizaciones de Productores de Plátano (OPP), conforme a los Reglamentos (CE) nº 404, 1308/2013, del Consejo, o miembro integrado en ellas, o sociedades participadas por ellas.
    Cuantía
    • Definidas en el artículo 17 de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020). En todo caso, la cuantía de las subvenciones será del 45% de la inversión aprobada por el órgano instructor.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Definidos en el artículo 18 de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020).
    Forma de Abono:
    • El pago de la subvenciones se recoge en el artículo 73 de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020).

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/3/2019 0:0

    Fecha Fin: 29/4/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • En caso que el peticionario actúe mediante representante
        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • En caso de Comunidades de Bienes
        • Documentación acreditativa de personalidad de cada copropietario (DNI, NIE o pasaporte)

        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

        • Acuerdo por el que se regirá la realización de la actividad o conducta subvencionada y su mantenimiento

        • Compromiso
      • En caso de personas jurídicas
        • Escritura de constitución
      • En caso de obra civil o instalaciones
        • Solicitud de licencia de obra, en los supuestos que ésta resultara exigible

        • Proyecto técnico
      • Declaración responsable en caso de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
      • Memoria técnica
      • Estudio económico y financiero
      • En caso de adquisición de bienes inmuebles
        • Informe de tasación
      • En caso de construcción de bienes inmuebles
        • Acreditación de la titularidad del terreno
      • En caso de ampliación o mejora de bienes inmuebles o adquisición de maquinara o equipos
        • Documentos que acrediten la titularidad
      • En el sector de frutas y hortalizas y del plátano
        • Certificado de conformidad del órgano competente y relación de inversiones afectadas
      • En caso de acreditación de sistema de calidad
        • Certificado de sistema de calidad no obligatorio
      • En caso de acreditación de materia prima local
        • Certificado de porcentaje de materia prima local utilizada
      • En caso de acreditación del número de productores asociados
        • Certificado de número de productores asociados

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Planificación de Obras y Ordenación Rural

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Art. 152.2 de la Ley 11/2006 , de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (B.O.C. nº 244 de 19/12/2006)
      Recursos:
      Recurso contencioso-administrativo
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Las inversiones objeto de subvención deben ser realizadas con posterioridad a la solicitud de subvención y al levantamiento del acta de no inicio.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 21 de marzo de 2019 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas por la que se convocan para el ejercicio 2019 destinadas a apoyar las inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas

      Orden de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020.

      Orden, 17 jul 2017, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se corrigen los errores materiales detectados en la Orden de 15 de septiembre de 2016 (BOC nº 186, de 23.9.16), que aprueba las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento de Ejecución (UE) n° 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014 , por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n° 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader)

      Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo.

      Reglamento Delegado (UE) n° 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014 , que completa el Reglamento (UE) n° 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), e introduce disposiciones transitorias

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4151
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        1373569

  • Objeto

    • Subvenciones destinadas a las personas que intervienen en los procedimientos arbitrales laborales en materia electoral, de conformidad con lo previsto en las bases reguladoras.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Personas que intervienen en los procedimientos arbitrales laborales en materia electoral en la Comunidad Autónoma de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Cuantía
    • 1. Las actuaciones de los árbitros que tengan como presupuesto la existencia de una impugnación en materia electoral serán objeto de compensación económica en los siguientes términos:
    • a) 120,20 euros, si el procedimiento arbitral termina mediante laudo.
    • b) 90,00 euros, si el procedimiento arbitral termina mediante acuerdo de las partes sobre el fondo del asunto.
    • c) 50,00 euros, si el procedimiento arbitral termina por desistimiento del impugnante, expreso o tácito, bien en la comparecencia convocada por el árbitro o bien con posterioridad a la misma y antes de dictarse el laudo.
    • Los gastos de traslado y alojamiento en los que pudieran incurrir incrementarán la cuantía de la subvención que corresponda por cada actuación, en consonancia con los importes consignados en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, acreditando documentalmente los mismos.
    • El importe a abonar por beneficiario y año no podrá superar la cuantía de 9.000,00 €
    • 2. No procederá compensación económica cuando el desistimiento del impugnante se produzca con carácter previo a la comparecencia ante el árbitro.
    Criterios de valoración y baremación:
    • No tiene
    Forma de Abono:
    • El abono de las subvenciones se efectuará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad subvencionada.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/10/

    Fecha Fin: 15/10/

    Fecha Inicio: 1/4/

    Fecha Fin: 15/4/

    Por internet

      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Solicitud

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Solicitud

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden,de 5 agosto de 2016, de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las personas que intervienen en los procedimientos arbitrales laborales en materia electoral.

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4518
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221261

  • Objeto

    Facilitar la financiación de los microcréditos concedidos a Pymes dentro de la iniciativa JEREMIE.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Beneficiarios:
    Las pequeñas y medianas empresas que tengan concedido un microcrédito al amparo de la iniciativa JEREMIE desde el 1 de enero de 2014 hasta el 30 de junio de 2016.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Podrán acogerse a las subvenciones previstas en las presentes directrices, las pequeñas y medianas empresas que tengan concedido un microcrédito al amparo de la iniciativa JEREMIE desde el 1 de enero de 2014 hasta el 30 de junio de 2016.
    Cuantía
    Importe total de 100.000 (CIEN MIL) euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    Para conceder la subvención únicamente se considerará el orden de entrada de la solicitud en cualquiera de los registros y oficinas conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que el solicitante cumpla los requisitos para ser beneficiario, hasta que se agote la dotación económica. La fecha que se tendrá en cuenta para el orden de entrada será la fecha en que el interesado complete íntegramente la documentación requerida en la base séptima.
    Forma de Abono:
    Una vez concedida la subvención, la Dirección General de Promoción Económica efectuará el abono a la entidad colaboradora designada al efecto, que entregará y distribuirá los fondos recibidos y justificará su aplicación a la reducción del capital pendiente de amortizar del correspondiente microcrédito.

    Medios de presentación

    Presencial:
    Acceda a la Documentación
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 27/5/2016 0:0
    Fecha Fin: 15/9/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Incentivos Económicos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Promoción Económica
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArt. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica
      Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el año 2016 la concesión de subvenciones dirigidas a facilitar la financiación de los microcréditos concedidos a Pymes dentro de la iniciativa JEREMIE
      Extracto de la Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el año 2016 la concesión de subvenciones dirigidas a facilitar la financiación de los microcréditos concedidos a Pymes dentro de la iniciativa JEREMIE

  • Objeto

    • Aprobar la convocatoria para el ejercicio 2014 de concesión por el Servicio Canario de Empleo, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para desarrollar en colaboración con Órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Universidades Canarias e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo sito en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, para la contratación de trabajadores desempleados, para la realización de obras y servicios de interés general y social enmarcados dentro de los fines de dichas entidades.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones y Administración
    Beneficiarios:
    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades incluidas en el Resuelvo primero de la presente Resolución que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, en los términos establecidos en la presente convocatoria.
    Las entidades participantes han de disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, así como de centro de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los trabajadores que sean contratados para la realización de las obras o servicios deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo, ser residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen
    Cuantía
    • El importe total para esta convocatoria asciende a 1.980.000,00 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los que se establecen en el punto octavo de la convocatoria
    Forma de Abono:
    • El Servicio Canario de Empleo abonará el importe de la subvención concedida, una vez presentada la siguiente documentación de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 21 de enero de 1998, de aplicación y desarrollo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997:
    • - Certificado de inicio de la obra o servicio según modelo que estará a disposición de los interesados en el programa SISPECAN-Organismos.
    • - Escrito indicando la ubicación del cartel, paneles, vallas o placas, según proceda, de acuerdo con lo establecido en el Dispongo decimocuarto relativo a la información y publicidad, así como fotos que acrediten dicha ubicación.
    • - Fotocopias compulsadas de los contratos realizados, en los que deberá constar que se han financiado con cargo al Fondo Social Europeo y a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Las solicitudes, junto con el resto de la documentación preceptiva, se presentarán en cualquiera de las sedes del Servicio Canario de Empleo, sitas en la Avenida Doctor de la Rosa Perdomo, nº 2, 38010-Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Crucita Arbelo Cruz, s/n (Lomo Apolinario), 35014-Las Palmas de Gran Canaria. También podrán presentarse en los registros de cualquier órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la Administración del Estado o de los Cabildos Insulares de Canarias, o en los demás registros y oficinas que señala el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOC de 19 de agosto).Asimismo, cuando el/la representante legal de la entidad tenga firma electrónica, podrá presentar esta documentación a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 19/7/2014 0:0

    Fecha Fin: 18/8/2014 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Oferta de empleo por cada una de las categorías profesionales que se solicitan en el proyecto, obtenidas del aplicativo SISPECAN.
      • Tabla salarial vigente al momento de la solicitud del Convenio Colectivo de aplicación.
      • Ficha resumen
      • Memoria del proyecto
      • Declaración responsable exención de IGIC
      • Contrato convenio
      • Informe de no existencia de candidatos disponibles y adecuados
      • Declaración responsable
      • Certificado finalización servicio
      • Instrucciones justificación
      • Cuenta justificativa

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Empleo II

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Las solicitudes, junto con el resto de la documentación preceptiva, se presentarán en cualquiera de las sedes del Servicio Canario de Empleo, sitas en la Avenida Doctor de la Rosa Perdomo, nº 2, 38010-Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Crucita Arbelo Cruz, s/n (Lomo Apolinario), 35014-Las Palmas de Gran Canaria. También podrán presentarse en los registros de cualquier órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la Administración del Estado o de los Cabildos Insulares de Canarias, o en los demás registros y oficinas que señala el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOC de 19 de agosto).

      Asimismo, cuando el/la representante legal de la entidad tenga firma electrónica, podrá presentar esta documentación a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 10 de julio de 2014, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2014.

      Resolución de 17 de noviembre de 2014, de la Presidenta, por la que se procede a la ampliación de crédito disponible de la convocatoria de 10 de julio de 2014, de concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2014. (BOC núm. 229, de 25.11.2014)

      Normativa estatal

      Orden TAS 816/2005 de 21 de marzo , por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional. (BOE nº 78, de 01.04.2005)

      Orden TAS 2435/2004 de 20 de julio por la que se excepcionan determinados programas públicos de mejora de la ocupabilidad en relación con la utilización del contrato de inserción y se modifica la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 , por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social. (BOE nº 176, de 22.07.2004)

      Orden de 19 de diciembre de 2007 , por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones publicas, por el instituto nacional de empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la administración general del estado y sus organismos autónomos, comunidades autónomas, universidades e instituciones sin animo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social . (BOE nº 312, de 30.12.1997)

  • Objeto

    Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar, en colaboración con los Cabildos Insulares o sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes, proyectos generadores de empleo que impartan formación en competencias clave, durante el 40% de la jornada, no retribuida y de carácter obligatorio, acorde con las necesidades de los trabajadores participantes y le de una experiencia profesional retribuida, del 60% restante de la jornada, para la realización de obras y servicios de interés general y social
    A quién está dirigido:
    Administración
    Beneficiarios:
    Cabildos Insulares o las entidades de derecho público, dependientes o vinculadas a las mismas
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria los Cabildos Insulares o las entidades de derecho público, dependientes o vinculadas a las mismas, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, por un período máximo de tiempo de nueve meses para el personal docente, y con una duración máxima de ocho meses y a jornada completa para los alumnos-trabajadores, con contrato en formación con el 40% de la jornada dedicada a la formación, así como para el posible personal de coordinación del trabajo efectivo. La mayor duración de los contratos de los docentes viene determinada por la necesidad de preparación inicial de los cursos a impartir, así como de la evaluación final del proyecto. En cualquier caso, todos los contratos deberán finalizar el 30 de junio de 2016.
    Cuantía
    Cinco millones quinientos mil euros (5.500.000,00)
    Criterios de valoración y baremación:
    Los que se establecen en el Resuelvo noveno. _ Valoración de los proyectos
    Forma de Abono:
    Anticipado

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 15/5/2015 0:0

    Fecha Fin: 23/5/2015 23:59

    Por internet


    • Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    Observaciones

    • La Solicitud de subvención y el modelo de oferta se deben descargar a través de la web de SISPECAN

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 6 sep 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se rectifican errores materiales detectados en la Resolución de 12 de mayo de 2015 (BOC 92, 15.5.2015), que aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2015, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigidos, prioritariamente, a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

      Resolución, 12 mayo 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2015, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigidos, prioritariamente, a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

      Normativa estatal

      Orden de 26 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

  • Objeto

    • Concesión por el sce de subvenciones para financiar el coste de la realización en canarias de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral encaminados hacia la inserción laboral de personas en situación de desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad.
    A quién está dirigido:
    Administración y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Los destinatarios de los PIIIL, son personas desempleadas inscritas en la oficina de empleo en desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos:
    1. Personas en exclusión social o en riesgo de padecerla.
    2. Inmigrantes.
    3. Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, conforme a lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los que se establecen en la Base Cuarta. Requisitos que deben reunir los beneficiarios solicitantes para la obtención de las subvenciones
    Cuantía
    • Para los proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción dirigidos a colectivos en exclusión social o en riesgo de padecerla se asignará un importe de un millón setecientos cuarenta y un mil seiscientos ocho (1.741.608,00) euros.
    • Para los proyectos de Itinerarios de Inserción dirigidos a personas inmigrantes el importe será de ciento treinta y un mil novecientos cuarenta (131.940.00) euros.
    • Para los proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción dirigidos a personas con discapacidad, el importe será de un millón once mil quinientos cuarenta (1.011.540,00) euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Los criterios de valoración de las solicitudes presentadas se desarrolla en la base Décimo quinta, Anexo 1.
    Forma de Abono:
    • El abono de las subvenciones concedidas se realizará de forma anticipada y por el 100% del importe concedido

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 20/8/2015 0:0

    Fecha Fin: 5/9/2015 23:59

    Por internet

      • Solicitud subvención.
      • Declaración responsable
      • Proyecto por el que se solicita la subvención. Contenido mínimo.
      • Plan de financiación y la Previsión de ingresos y gastos
      • Acreditación de la experiencia
      • Acreditación de la pertenencia a alguna/s red/es de entidad/es sin ánimo de lucro
      • Certificación de gastos

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Formación I

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución del Director, por delegación de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se modifica la dotación económica de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, convocadas por Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 10 de agosto de 2015

      Resolución, 15 dic 2015, del Director del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio 2015, en régimen de concurrencia competitiva, convocadas por Resolución de 10 de agosto de 2015 (BOC 161, 19.8.2015), de la Presidenta

      Resolución, 10 agos 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio 2015, en régimen de concurrencia competitiva

      Ley 12/2003, 4 abril, del Servicio Canario de Empleo

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Decreto 122/2011, de 17 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de laComunidad Autónoma de Canarias y se regulan los procedimientos para la inscripción y/o acreditación de las entidades y centros de formación

      Ley 11/2014, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014

      Normativa europea

      1. Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y El consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

  • Objeto

    Concesión por el sce de subvenciones para financiar el coste de la realización en canarias de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral encaminados hacia la inserción laboral de personas en situación de desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad.
    A quién está dirigido:
    Administración y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Los destinatarios de los PIIIL, son personas desempleadas inscritas en la oficina de empleo en desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos:
    1. Personas en exclusión social o en riesgo de padecerla.
    2. Inmigrantes.
    3. Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, conforme a lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Los que se establecen en la Base Cuarta. Requisitos que deben reunir los beneficiarios solicitantes para la obtención de las subvenciones
    Cuantía
    Para los proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción dirigidos a colectivos en exclusión social o en riesgo de padecerla se asignará un importe de un millón setecientos cuarenta y un mil seiscientos ocho (1.741.608,00) euros.
    Para los proyectos de Itinerarios de Inserción dirigidos a personas inmigrantes el importe será de ciento treinta y un mil novecientos cuarenta (131.940.00) euros.
    Para los proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción dirigidos a personas con discapacidad, el importe será de un millón once mil quinientos cuarenta (1.011.540,00) euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    Los criterios de valoración de las solicitudes presentadas se desarrolla en la base Décimo quinta, Anexo 1.
    Forma de Abono:
    El abono de las subvenciones concedidas se realizará de forma anticipada y por el 100% del importe concedido

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 20/8/2015 0:0

    Fecha Fin: 5/9/2015 23:59

    Por internet

      • Solicitud subvención.
      • Declaración responsable
      • Proyecto por el que se solicita la subvención. Contenido mínimo.
      • Plan de financiación y la Previsión de ingresos y gastos
      • Acreditación de la experiencia
      • Acreditación de la pertenencia a alguna/s red/es de entidad/es sin ánimo de lucro
      • Certificación de gastos

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Formación I

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución del Director, por delegación de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se modifica la dotación económica de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, convocadas por Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 10 de agosto de 2015

      Resolución, 15 dic 2015, del Director del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio 2015, en régimen de concurrencia competitiva, convocadas por Resolución de 10 de agosto de 2015 (BOC 161, 19.8.2015), de la Presidenta

      Resolución, 10 agos 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio 2015, en régimen de concurrencia competitiva

      Ley 12/2003, 4 abril, del Servicio Canario de Empleo

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Decreto 122/2011, de 17 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de laComunidad Autónoma de Canarias y se regulan los procedimientos para la inscripción y/o acreditación de las entidades y centros de formación

      Ley 11/2014, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014

      Normativa europea

      1. Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y El consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

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