Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Seleccionar a los ciudadanos canarios residentes en Venezuela mayores de 65 años, en situación de necesidad y que no perciban la prestación económica por ancianidad, que serán beneficiarios de las prestaciones sanitarias de la Fundación España Salud.
    A quién está dirigido:
    Canarios en el extranjero
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1.- Haber cumplido sesenta y cinco años de edad en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes que se establezca en la presente resolución.
    • 2.- Residir en Venezuela.
    • 3.- Haber nacido en Canarias.
    • 4.- No percibir la prestación económica por ancianidad, procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
    • 5.- Encontrarse en situación de necesidad, por precariedad económica y ancianidad.
    • 6.- No ser beneficiarios de ningún seguro médico.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 20/1/2016 0:0
    Fecha Fin: 3/2/2016 23:59

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Declaración jurada.
      • Informe técnico
      • Informe técnico
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Documentación acreditativa de la identidad de los convivientes (DNI, NIE o pasaporte)
      • Certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensión de cualquier naturaleza que perciba el interesado y/o miembros de la unidad económica de convivencia.
      • Informe técnico

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería de Acción Exterior
      Plazo de resolución:
      La resolución de la convocatoria tendrá como fecha límite el día 30 de abril de 2016.
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArt.44.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero.
      Recursos:
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 232/2009, 11 diciembre, del Presidente, por el que se regula la prestación de la asistencia sanitaria a favor de los canarios residentes en Venezuela, mayores de 65 años, que se encuentran en situación de necesidad y no perciban la prestación económica por ancianidad

      Decreto 117/2012, 23 noviembre, del Presidente, por el que se modifica el Decreto 232/2009, 11 diciembre (BOC 247, 18.12.2009), del Presidente, por el que se regula la prestación de la asistencia sanitaria a favor de los canarios residentes en Venezuela, mayores de 65 años, que se encuentren en situación de necesidad y no perciban la prestación económica por ancianidad

      Resolución de 7 enero de 2016, de la Viceconsejería de Acción Exterior de la Presidencia del Gobierno, por la que se efectúa convocatoria para la selección de ciudadanos canarios residentes en Venezuela que serán beneficiarios durante el año 2016, de las prestaciones de la Fundación España Salud, conforme al Convenio suscrito entre dicha Fundación y el Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Seleccionar a los ciudadanos canarios residentes en Venezuela mayores de 65 años, en situación de necesidad y que no perciban la prestación económica por ancianidad, que serán beneficiarios de las prestaciones sanitarias de la Fundación España Salud.
    A quién está dirigido:
    Canarios en el extranjero
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1.- Haber cumplido sesenta y cinco años de edad en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes que se establezca en la presente resolución.
    • 2.- Residir en Venezuela.
    • 3.- Haber nacido en Canarias.
    • 4.- No percibir la prestación económica por ancianidad, procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
    • 5.- Encontrarse en situación de necesidad, por precariedad económica y ancianidad.
    • 6.- No ser beneficiarios de ningún seguro médico.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 21/1/2017 0:0

    Fecha Fin: 9/2/2017 23:59

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Declaración jurada.
      • Informe técnico
      • Informe técnico
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Documentación acreditativa de la identidad de los convivientes (DNI, NIE o pasaporte)
      • Certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensión de cualquier naturaleza que perciba el interesado y/o miembros de la unidad económica de convivencia.
      • Informe técnico

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería de Acción Exterior
      Plazo de resolución:
      La resolución de la convocatoria tendrá como fecha límite el día 30 de abril de 2017.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 25.1 a) de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

  • Objeto

    • Cubrir un puesto de trabajo vacante o con reserva de su titular mediante la selección y contratación de personal laboral temporal.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • a) Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
    • Igualmente, podrán participar aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Por último, podrán hacerlo quienes, no estando comprendidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado de trabajo. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, de residencia permanente, en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
    • b) Haber cumplido la edad de 16 años, y reunir los requisitos del artículo 7 del Estatuto de los trabajadores.
    • c) Estar en posesión de la titulación académica y/o profesional, y de los demás requisitos que para cada categoría profesional se determine en la correspondiente convocatoria, de conformidad con el III Convenio Colectivo del personal laboral de esta Comunidad Autónoma.
    • d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las tareas y funciones que corresponden a las diferentes categorías convocadas.
    • e) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido objeto de despido, declarado procedente, o separado del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
    • f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, para el ejercicio de profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Fecha Inicio: 3/10/2016 0:0
    Fecha Fin: 22/10/2016 23:59

    Por internet

      • Instancia para participar en el procedimiento de selección de personal laboral que ha de integrar las listas de reserva para contrataciones temporales en la Consejería de Educación y Universidades

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Instancia para participar en el procedimiento de selección de personal laboral que ha de integrar las listas de reserva para contrataciones temporales en la Consejería de Educación y Universidades

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Educación y Universidades
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      DesestimatorioArtículo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
      Recursos:
      Recurso contencioso-administrativo
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 113/2013, 15 noviembre, de evaluación médica del personal del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 227, de 25/11/2013)

      Decreto 8/2011, 27 enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 40, de 24/02/2011)

      Orden de 26 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases genéricas que han de regir el procedimiento de selección del personal laboral que ha de integrar las listas de reserva, para posibles contrataciones temporales en esta Consejería y convoca procedimiento selectivo para determinadas categorías (BOC nº 191, de 30/09/2016)

      Ley 2/1987, de 30 marzo, de la Función Pública Canaria (BOC nº 40, de 03/04/1987)

      Resolución, de 28 enero de 1992, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Función Pública, por la que se hace público el III Convenio Colectivo de personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 18, de 06/02/1992)

      Normativa estatal

      Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE nº 289, de 03/12/2013)

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº261, de 31/10/2015)

      Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 255, de 24/102015)

      Preguntas Frecuentes

      • 13.- ¿Qué son días naturales?
        Son todos los días, los que coinciden con el calendario.
        14.- Tengo problemas para cumplimentar la solicitud ¿qué puedo hacer?
        Puede acudir a las oficinas de información de las Direcciones Territoriales o a las
        Direcciones Insulares para que les presten apoyo para la confección de la solicitud.
        15.- ¿Tengo que pedir cita antes de ir a las Oficinas de Información de lasDirecciones Territoriales o a las Direcciones Insulares para que me presten apoyopara la confección de la solicitud?
        No es necesario.
        4- ¿Dónde puedo obtener los datos que debo indicar en el campo IDESP/IXESP?
        Los datos a aportar en el campo IDESP/IXESP corresponden a códigos numéricos o
        alfanuméricos que se incluyen en los documentos de identificación: Ciudadanos con
        nacionalidad española: código IDESP del DNI. Ciudadanos Comunitarios: Número del
        Certificado de Registro de ciudadano de la Unión Europea (en el campo IDESP/IXESP
        del formulario deberemos incluir una C y a continuación el número del certificado, que
        en caso de ser inferior a 8 dígitos se completaría con ceros a continuación de la C).
        Ciudadanos Extracomunitarios: código IXESP del NIE (se localiza en el margen
        superior derecho del documento y está constituido por la letra E más 8 dígitos)
        5.- ¿Dónde encuentro la solicitud?
        En la sede electrónica de la Consejería de Educación y Universidades,
        (https://sede.gobcan.es/educacionyuniversidades/)
        18.- ¿Cómo puedo pedir las adaptaciones de medios y ajustes para la realizaciónde la prueba?
        Tras haberlo indicado en la solicitud, debe aportar informe sobre la necesidad de
        adaptación solicitada, así como Resolución o Certificado sobre la capacidad funcional
        para el ejercicio de funciones y tareas correspondientes a las categorías a las que opta
        en la convocatoria.
        Estos documentos deberán presentarse en los registros señalados en la Base Quinta de
        la Orden de convocatoria.
        6.- ¿Qué documentos tengo que adjuntar a la solicitud?
        No hay que adjuntar documentación.
        7.- ¿Puedo elegir más de una categoría o municipios?
        Sí, no existe límite para elegir categorías o municipios.
        8.- ¿Donde se publicarán las listas de admitidos y excluidos?
        En la página web de la Consejería de Educación y Universidades, en los tablones de
        anuncios de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, de la
        Dirección Territorial de Educación de Las Palmas y de las Direcciones Insulares de La
        Palma, La Gomera, El Hierro, Fuerteventura y Lanzarote
        9.- ¿Qué certificados de firma electrónica son válidos para firmar la solicitud?
        Son válidos los sistemas de firma electrónica aceptados en la Sede Electrónica de la
        Consejería, en este caso:
        - el Certificado Digital
        - o el sistema de aportación de información conocida por ambas partes, utilizando
        información del DNI
        10.- ¿ Qué necesito para firmar con el sistema de aportación de informaciónconocida por ambas partes, utilizando información del DNI?
        El DNI.
        11.- Una vez presentada la solicitud, si me equivoco ¿puedo volver a presentarotra solicitud?
        Si, mientras está abierto el plazo de presentación de solicitudes, entendiendo como
        válida la última presentada.
        12.-¿Cuáles son las tasas de examen?
        No hay.
        16.- ¿Cuál es el horario de atención de las oficinas de información de lasDirecciones Territoriales o a las Direcciones Insulares?
        El horario de atención al público es de 9,00h. Hasta las 14,00 h.
        17.- ¿Tengo que presentar una solicitud por cada categoría a la que quieraaspirar?
        No, basta con una solicitud donde indique todas las categorías y municipios.
        19.-¿Quién emite el informe sobre la necesidad de adaptación y quién laResolución o Certificado sobre la capacidad funcional?
        Tanto uno como otros deberán ser emitidos por el equipo multidisciplinar a que se refiere
        el artículo 6.6 de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, de la Comunidad
        Autónoma de Canarias, o el órgano competente en la materia de las distintas
        Administraciones Públicas.
        1.- ¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes de lista de reserva?
        El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, desde el día 3 de
        octubre de 2016 hasta el 22 de octubre de 2016, ambos inclusive.
        2.- ¿Cómo puedo presentar la solicitud?
        Hay dos formas, electrónicamente o en papel.
        3.- ¿Dónde puedo presentar la solicitud en caso de optar por la presentación enpapel?
        En caso de optar por la presentación presencial, una vez rellena la solicitud se podrá
        presentar en el Registro General de la Consejería de Educación y Universidades en
        Santa Cruz de Tenerife, en el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación y
        Universidades en Las Palmas, en los Registros Auxiliares de las Direcciones Insulares
        de Educación de La Palma, La Gomera, El Hierro, Fuerteventura y Lanzarote, o en
        cualquiera de los Registros a los que se refiere el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de
        29 de julio (BOC núm. 102, de 19 de agosto), por el que se adaptan los procedimientos
        administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992 de 26 de
        noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
        Administrativo Común.

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • La preinscripción de cursos a través de esta vía tiene la misma validez que la realizada a través de la Oficina de Empleo o del teléfono de información 012.
    • Los cursos que en los que se preinscriba son una manifestación de preferencia, y no implica derecho prioritario a participar frente a otros solicitantes.
    • La selección de alumnos/as de cursos se realiza conforme a procedimientos establecidos por el Servicio Canario de Empleo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrito/a en el Servicio Canario de Empleo
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • La preinscripción de cursos a través de esta vía tiene la misma validez que la realizada a través de la Oficina de Empleo o del teléfono de información 012.
    • Los cursos que en los que se preinscriba son una manifestación de preferencia, y no implica derecho prioritario a participar frente a otros solicitantes.
    • La selección de alumnos/as de cursos se realiza conforme a procedimientos establecidos por el Servicio Canario de Empleo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrito/a en el Servicio Canario de Empleo
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      No cabe recurso

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Desde este servicio el usuario podrá consultar y modificar varios campos de su demanda de empleo.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrito como demandante de empleo en situación administrativa de alta o suspensión.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Otros medios:
    Pendiente gestión
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Subdirección de Promoción de la Economía Social

      Quién resuelve

      • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
        No tiene
        Recursos:
        No cabe recurso

      Normativa

      • Normativa autonómica

        No hay normativa que lo regule

    • Trámite electrónico

      Objeto

      • El Servicio Canario de Empleo pone a disposición de las personas usuarias ya inscritas, la posibilidad de añadir, modificar o eliminar datos de la demanda a través de este servicio.
      • Al tratarse de una inscripción telemática, para acreditar la experiencia profesional y la formación académica, deberá acudir a su oficina de empleo aportando los documentos originales para que sean contrastados y mecanizados por el personal técnico.
      • A través de este servicio usted obtiene una atención preferente, sin necesidad de solicitar cita previa, con la condición de tener que aportar la documentación acreditativa necesaria para que los gestores puedan confirmar los cambios solicitados.
      • Para consolidar los datos modificados y aquellos que requieran de acreditación deberá acudir a la oficina de empleo en los 10 días naturales siguientes a su mecanización, pasado este tiempo la información se perderá.
      A quién está dirigido:
      Ciudadanos
      Inicio del trámite:
      Interesado
      Grado de administración electrónica:
      Nivel 4: Tramitación electrónica completa
      Se publica en la Ventanilla Única Europea:
      No
      Requisitos previos:
      • Estar inscrito como demandante de empleo en situación administrativa de alta o suspensión.
      Tasas:
      No se exigen

      Medios de presentación

      Electrónico:
      Plazo de presentación:
      Todo el año

      Por internet

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Subdirección de Promoción de la Economía Social

      Quién resuelve

      • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
        No tiene
        Recursos:
        No cabe recurso

      Normativa

      • Normativa autonómica

        Ley 12/2003, 4 abril, del Servicio Canario de Empleo

        Códigos identificativos

        • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

          4210
        • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

          220521

    • Trámite electrónico

      Objeto

      • El programa "Concilia" tiene como finalidad fomentar la incorporación al mercado laboral de las personas desempleadas que tengan a su cargo hijo/as menores de 3 años, adoptando la forma de subvención destinada a sufragar parte de los gastos generados por dichos menores en Centros de Educación Infantil (primer ciclo de educación infantil), favoreciendo con ello la compatibilidad entre el trabajo de los padres y madres y el cuidado de sus hijos/as.
      • Por su parte la solicitud del Servicio de Empleo Concilia, con carácter previo a la contratación, es un requisito necesario cumplir para poder ser beneficiario de subvención en el marco del citado programa Concilia y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información sobre las características del programa CONCILIA, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo.
      A quién está dirigido:
      Ciudadanos
      Inicio del trámite:
      Interesado
      Grado de administración electrónica:
      Nivel 4: Tramitación electrónica completa
      Se publica en la Ventanilla Única Europea:
      No
      Requisitos previos:
      • -Haber solicitado y obtenido previamente el Servicio de Empleo Concilia, a través de los medios y mecanismos establecidos en el resuelvo octavo, punto 2, de las bases reguladoras (Sede Electrónica del SCE o puntos de empleo de las Oficinas de Empleo). En el momento de la solicitud del servicio, el interesado deberá estar inscrito en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandante de empleo en situación de desempleo.en situación de desempleo.
      • -En relación al resto de requisitos a cumplir para poder ser beneficiario de la subvención se estará a lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Resolución reguladora de las bases del programa.
      • Asimismo, con respecto al requisito de contratación laboral previa, los contratos deberán haberse suscrito dentro del periodo temporal que se determine en la respectiva Convocatoria. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 40% del total de la ordinaria establecida.
      Tasas:
      No se exigen

      Medios de presentación

      Electrónico:
      Plazo de presentación:

      Fecha Inicio: 8/8/2017 0:0

      Fecha Fin: 31/12/2020 23:59

      Por internet

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Subdirección de Empleo

      Quién resuelve

      • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
        No tiene
        Recursos:
        No cabe recurso

      Observaciones

      • Convocatoria 2019-2020:
        Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar al reconocimiento del Título Nominativo "CONCILIA", los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria,distribuyéndose no obstante en seis periodos temporales bien definidos.

      Normativa

      • Normativa autonómica

        Resolución de 26 de junio de 2017, de la Presidenta, por la que se procede a la aprobación de las bases reguladoras del Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral "Concilia", con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

        Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral CONCILIA, correspondiente al ejercicio 2019-2020.

        Códigos identificativos

        • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

          4411
        • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

          221177

    • Trámite electrónico

      Objeto

      • El programa Concilia tiene como finalidad fomentar la incorporación al mercado laboral de las personas desempleadas que tengan a su cargo hijos/as menores de 3 años, adoptando la forma de subvención destinada a sufragar parte de los gastos generados por dichos menores en Centros de Educación Infantil (primer ciclo de educación infantil), favoreciendo con ello la compatibilidad entre el trabajo de los padres y madres y el cuidado de sus hijos/as.
      • Por su parte la solicitud del Servicio de Empleo Concilia, con carácter previo a la contratación, es un requisito necesario cumplir para poder ser beneficiario de subvención en el marco del citado programa Concilia y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información sobre las características del programa CONCILIA, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo.
      A quién está dirigido:
      Ciudadanos
      Inicio del trámite:
      Interesado
      Grado de administración electrónica:
      Nivel 4: Tramitación electrónica completa
      Se publica en la Ventanilla Única Europea:
      No
      Requisitos previos:
      • -Haber solicitado y obtenido previamente el Servicio de Empleo Concilia, a través de los medios y mecanismos establecidos en el resuelvo octavo, punto 2, de las bases reguladoras (Sede Electrónica del SCE o puntos de empleo de las Oficinas de Empleo). En el momento de la solicitud del servicio, el interesado deberá estar inscrito en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandante de empleo en situación de desempleo.
      • -En relación al resto de requisitos a cumplir para poder ser beneficiario de la subvención se estará a lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Resolución reguladora de las bases del programa.
      • Asimismo, con respecto al requisito de contratación laboral previa, los contratos deberán haberse suscrito dentro del periodo temporal que se determine en la respectiva Convocatoria. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 40% del total de la ordinaria establecida.
      Tasas:
      No se exigen

      Medios de presentación

      Electrónico:
      Plazo de presentación:

      Fecha Inicio: 8/8/2017 0:0

      Fecha Fin: 31/12/2020 23:59

      Por internet

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Subdirección de Empleo

      Quién resuelve

      • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
        No tiene
        Recursos:
        No cabe recurso

      Observaciones

      • Convocatoria 2019-2020:
        Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar al reconocimiento del Título Nominativo "CONCILIA", los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria,distribuyéndose no obstante en seis periodos temporales bien definidos.

      Normativa

      • Normativa autonómica

        Resolución de 26 de junio de 2017, de la Presidenta, por la que se procede a la aprobación de las bases reguladoras del Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral "Concilia", con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

        Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral CONCILIA, correspondiente al ejercicio 2019-2020.

        Códigos identificativos

        • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

          4412
        • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

          220751

    • Trámite electrónico

      Objeto

      • A través de este informe es posible conocer la última fecha de inscripción en el Servicio Canario de Empleo.
      A quién está dirigido:
      Ciudadanos
      Inicio del trámite:
      Interesado
      Grado de administración electrónica:
      Nivel 4: Tramitación electrónica completa
      Se publica en la Ventanilla Única Europea:
      No
      Requisitos previos:
      No se exigen
      Tasas:
      No se exigen

      Medios de presentación

      Electrónico:
      Plazo de presentación:
      Todo el año

      Por internet

      Quién tramita

      • Órgano que tramita:
        Subdirección de Promoción de la Economía Social

      Quién resuelve

      • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
        No tiene
        Recursos:
        No cabe recurso

      Normativa

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.