Subvenciones para ejecución de proyectos en las áreas de Inmigración e Inclusión Social.
Información Rápida
Objetivo
Subvenciones para la realización de programas que desarrollen acciones destinadas a las áreas de inmigración e inclusión social.
¿Quién puede solicitarlo?
ONG's, Asociaciones, Federaciones, Fundaciones y Administración Local
Requisitos principales
- Podrán acogerse a las subvenciones las Administraciones Públicas (Corporaciones Locales, Mancomunidades, Agrupaciones de municipios, Cabildos, organismos autónomos, Fundaciones y Universidades Públicas) y entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyo objeto estatutario principal esté dirigido al ámbito social.
- Las entidades deben estar registradas en el registro administrativo correspondiente, como mínimo un año antes de la publicación de la convocatoria y reconocidas como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales en Canarias.
- Las entidades beneficiarias deben desarrollar sus actividades de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- No se incluyen partidos políticos, sociedades civiles, colegios profesionales, clubes deportivos, cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales.
- No podrán acceder a las subvenciones quienes se encuentren incursos en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Todas las entidades beneficiarias deberán de encontrarse de alta de terceros en el Sistema de información económica-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLOGIC), así como mantener actualizada la información.
Plazos
Fecha Inicio: 16/10/2024 0:0. Fecha Fin: 6/11/2024 23:59
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser de hasta el 100% del presupuesto que sea aceptado por la Administración. La cuantía individualizada de la subvención solicitada por proyecto no podrá superar los siguientes importes: En el área de inmigración, un máximo de 60.000,00 euros. En el área de inclusión social un máximo de 90.000,00 euros por proyecto, excepto en la línea 2.2 de Planes integrales de inclusión social de intervención en la comunidad, cuyo máximo será de 100.000,00 euros. En todo caso, en el área de inclusión social el importe máximo de concesión por entidad beneficiaria será de 180.000,00 euros. Asimismo, el importe de la subvención solicitada por proyecto no podrá ser inferior a 8.000,00 euros.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para la ejecución de proyectos en las áreas de Inmigración e Inclusión Social en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quién puede usar este servicio:
- ONG's
- Asociaciones
- Federaciones
- Fundaciones
- Administración Local
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- D.N.I. / N.I.E. de la persona solicitante y/o, en su caso, del representante legal con apoderamiento del mismo.
- Documento de identificación fiscal de la entidad (N.I.F.).
- Escritura pública, o de su modificación, y/o estatutos de constitución de la entidad solicitante, debidamente registrada en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
- Acreditación en su caso del cumplimiento de depósito documental establecido en el artículo 42 de la ley 4/2003, de Asociaciones de Canarias,y en el artículo 25 de la Ley 2/1998 , de Fundaciones de Canarias.
- Cualquier otro que la entidad considere conveniente aportar para su baremación
Otra documentación de interés:
- Anexo I - Actividades a subvencionar
- Anexo II - Plan de Financiación
- Anexo III - Relación clasificada de gastos
- Anexo IV - Resumen de baremación
- Anexo V - Aceptación de la subvención
- Anexo VI - Relación de personas beneficiarias
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Requisitos previos:
- Podrán acogerse a las subvenciones objeto de la presente Orden:
- Las Administraciones Públicas referidas a Corporaciones Locales, Mancomunidades y Agrupaciones de municipios, Cabildos y sus organismos autónomos, así como Fundaciones y Universidades Públicas.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyo objeto estatutario principal esté dirigido al ámbito social y que tengan recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados y propios del área para la que se solicita la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases.
- Asimismo, éstas tendrán que estar registradas en el registro administrativo correspondiente, como mínimo un año antes de la publicación de la convocatoria. Además, a la fecha de la publicación de la convocatoria, tendrán que estar reconocidas como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales en Canarias.
- Todas las entidades beneficiarias deberán asimismo desarrollar sus actividades de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo el destino de la subvención contribuir a actividades relacionadas con la prestación de servicios y/o actuaciones en las distintas áreas, descritas en la base novena.
- En la línea 2.2 de Planes Integrales de inclusión social de intervención en la comunidad sólo podrán presentarse y ser entidades beneficiarias las corporaciones locales.
- No se entenderán incluidos los partidos políticos, las sociedades civiles, los colegios profesionales, los clubes deportivos, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriores.
- No podrán acceder a las subvenciones quienes se encuentren incursos en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las que no se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con lo previsto en el art. 13.2 g de la Ley 38/2003, en relación con lo establecido en el art. 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.
- Todas las entidades beneficiarias deberán de encontrarse de alta de terceros en el Sistema de información económica-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLOGIC), así como mantener actualizada la información.
- Altas de Datos de Terceros Acreedores que actúan “con Representante”
- https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4909
- Modificación de Datos de Terceros Acreedores que actúan “con Representante”
- https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4910
Costes
Este trámite no tiene costes asociados.
Plazos
- Fecha Inicio: 16/10/2024 0:0
- Fecha Fin: 6/11/2024 23:59
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Preparar la documentación: Reúna todos los documentos necesarios según los requisitos especificados.
- Presentación de la solicitud: La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se evaluará el proyecto según los criterios de valoración establecidos.
Plazos de resolución
El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
Siguiente pasos
Tras la resolución, se notificará a los solicitantes la decisión. En caso de ser favorable, se procederá al abono de la subvención según las condiciones establecidas.
Ayuda
Quién tramita
Servicio de Gestión y Asuntos Generales
Quién resuelve
Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración
Recursos
- Potestativo de Reposición
- Recurso contencioso-administrativo
Normativa
- Normativa autonómica
- ORDEN DE LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2024, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN LAS ÁREAS DE INMIGRACIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO.
- LEY 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Normativa estatal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5135
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 1017675
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Agencia Canaria de Protección del Medio Natural
Parque Nacional de Timanfaya
Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife
Eei las Rosas
Secretaría General del Servicio Canario de la Salud
Dirección General de Seguridad y Emergencias
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Oficina de Empleo de Primero de Mayo
Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste
Oficina de Empleo de Arucas
Oficina de Empleo de Gran Tarajal
Direccion de Area de Salud de la Gomera
En esta página
- Resumen
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos:
- Costes
- Plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Quién tramita
- Quién resuelve
- Recursos
- Normativa
- Códigos identificativos
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración