Subvenciones destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales y la producción de cortometrajes

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Fomentar el desarrollo de largometrajes, series de televisión y la producción de cortometrajes en Canarias.

¿Quién puede solicitarlo?

Pymes constituidas como productoras audiovisuales independientes con sucursal u oficina permanente en Canarias.

Requisitos principales

  • Ser una productora audiovisual independiente.
  • Estar inscrita en el Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Acreditar domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Plazos

Fecha Inicio: 17/8/2023 0:0. Fecha Fin: 14/9/2023 23:59

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

El abono de la subvención se realizará de forma anticipada en tres anualidades: 21% en 2023, 50% en 2024 y 29% en 2025, previa justificación de las cantidades abonadas en los años anteriores.

Resumen

Este procedimiento ofrece subvenciones para impulsar el desarrollo de largometrajes, series de televisión (de ficción, animación o documentales) y la producción de cortometrajes en Canarias.

Quién puede usar este servicio:

Productores audiovisuales independientes (PYMES) con sede o sucursal permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de estar registrado como productor audiovisual en el Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias.
  • Verifica que cumples con los requisitos para ser considerado productor independiente.

Lo que necesitas

Requisitos previos:

  • Ser una productora independiente.
  • Estar inscrito en el Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en Canarias.

Costes:

  • El importe total de la convocatoria es de 520.000,00 €.
  • Máximo 30.000,00 € para desarrollo de largometrajes y series.
  • Máximo 20.000,00 € para producción de cortometrajes.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentación de la solicitud: La gestión telemática está desactivada por estar fuera de plazo.

Criterios de valoración:

  • Contribución al sector audiovisual canario.
  • Fomento de la cultura canaria.
  • Fomento de la igualdad.
  • Trayectoria del equipo.
  • Viabilidad económica y empresarial.
  • Calidad de la propuesta creativa.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La resolución se notificará en un plazo de 6 meses.
  • El silencio administrativo es desestimatorio (si no hay respuesta en 6 meses, se entiende que la solicitud ha sido rechazada).

Forma de Abono:

  • Abono anticipado de anualidades.
    • Un abono anticipado parcial en el ejercicio 2023 del 21% del importe de la subvención.
    • Un abono anticipado parcial del 50% del importe de la subvención en el ejercicio 2024, previa justificación parcial de la cantidad abonada en el año anterior.
    • Un abono anticipado parcial del 29% del importe de la subvención en el ejercicio 2025, previa justificación de la cantidad abonada en el año anterior.

Ayuda

Quién tramita:

Servicio de Régimen Interior, Contratación y Asuntos Presupuestarios.

Quién resuelve:

Dirección General de Innovación Cultural e Industrias Creativas

Normativa:

  • Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
  • ORDEN de 3 de agosto de 2023, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, así como la producción de cortometrajes, se aprueban las bases que han de regir las mismas y se aprueba el gasto correspondiente por importe de quinientos veinte mil (520.000,00) euros.
  • Resolución de 9 de noviembre de 2023, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de subvenciones efectuada por Orden de 3 de agosto de 2023, destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales y la producción de cortometrajes, y se declara la urgencia en la tramitación del procedimiento.
  • Resolución de 30 de noviembre de 2023, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de subvenciones efectuada por Orden de 3 de agosto de 2023, destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales y la producción de cortometrajes,
  • Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
  • Reglamento (UE) n ° 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 , relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis Texto pertinente a efectos del EEE
  • Comunicación de la Comisión sobre la ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual

Preguntas frecuentes


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