Subvenciones destinadas a la realización de programas e interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector para la realización de programas de interés general con cargo al IRPF en la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Quién puede solicitarlo?

ONGs, Asociaciones, Federaciones y Fundaciones que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de Acción Social, Cruz Roja Española y entidades de análoga naturaleza.

Requisitos principales

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente con al menos dos años de antelación a la convocatoria.
  • Estar reconocidas como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales.
  • Carecer de fines de lucro.
  • Tener recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención con al menos un año de antelación.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales.
  • Tener sede o delegación y desarrollar actividades en Canarias.

Plazos

15 días hábiles a partir de la publicación en el BOC. (Reducido a la mitad por tramitación de urgencia, excepto para presentación de solicitudes y recursos)

Duración del trámite

12 meses

Información adicional

Las solicitudes se tramitarán por orden de entrada en la sede electrónica hasta el límite de solicitudes permitidas por entidad.

Resumen

Este trámite permite a las entidades del Tercer Sector de Acción Social en Canarias solicitar subvenciones para la realización de programas de interés general financiados con cargo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Quién puede usar este servicio:

  • ONGs
  • Asociaciones
  • Federaciones
  • Fundaciones
  • Cruz Roja Española
  • Entidades de análoga naturaleza

Lo que necesitas

Requisitos previos:

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro administrativo correspondiente con al menos dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Estar reconocidas como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales.
  • Carecer de fines de lucro.
  • Tener recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención con al menos un año de antelación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales.
  • Tener sede o delegación y desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Costes:

  • Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios, incluyendo la memoria explicativa de la entidad y del proyecto, el plan de financiación, etc.
  2. Presentación de la solicitud: Accede a la sede electrónica del Gobierno de Canarias y presenta la solicitud electrónicamente.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debe presentarse a través de la aplicación informática de gestión creada en la sede electrónica.
  • La documentación debe estar en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará la solicitud y la documentación presentada.
  • Se valorarán los proyectos según los criterios establecidos en las bases reguladoras.
  • Se dictará resolución de concesión o denegación de la subvención.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de 12 meses.

Efectos del silencio administrativo:

  • Si transcurre el plazo máximo sin que se haya dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Ayuda

Contacto:

Normativa:

  • DECRETO 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • LEY 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
  • Orden de 20 de septiembre de 2023 de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, infancia y Familias, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y se efectúa la convocatoria para 2023.
  • Orden n.º 746 / 2024, 18/07/2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias por la que se incrementa el crédito de la convocatoria de subvenciones para el año 2023, destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, al amparo de la Orden Departamental n.º 1121, de 20 de septiembre de 2023 (BOC n.º 200, de 10/10/2023), se acuerda la urgencia del procedimiento, se modifican y corrigen diversos aspectos de la misma.
  • https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

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