Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma d
Información Rápida
Objetivo
Financiar programas de interés general a través de la asignación tributaria del IRPF en la Comunidad Autónoma de Canarias.
¿Quién puede solicitarlo?
ONGs, Asociaciones, Federaciones y Fundaciones consideradas entidades del tercer sector de acción social, Cruz Roja Española y organizaciones no gubernamentales de análoga naturaleza.
Requisitos principales
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro administrativo con al menos un año de antelación.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención en sus estatutos con al menos un año de antelación.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales.
- Desarrollar actividades de manera real y efectiva en Canarias.
Plazos
15 días a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Duración del trámite
12 meses
Información adicional
Las solicitudes que contemplen proyectos de inversión deberán indicar a qué otra área de las subvencionables está vinculado el proyecto.
Resumen
Este procedimiento permite a ONGs, asociaciones, federaciones y fundaciones solicitar subvenciones para la realización de programas de interés general financiados con cargo al IRPF en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quién puede usar este servicio:
Entidades del tercer sector de acción social, Cruz Roja Española y organizaciones no gubernamentales de análoga naturaleza.
Lo que necesitas
Requisitos previos:
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro administrativo con al menos un año de antelación.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención en sus estatutos con al menos un año de antelación.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales.
- Desarrollar actividades de manera real y efectiva en Canarias.
Documentos requeridos:
- Memoria explicativa de la entidad y su especialización.
- Memoria explicativa de las acciones a realizar en el proyecto.
- Plan de financiación del coste total del proyecto, con presupuesto detallado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Acceder a la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Cumplimentar la solicitud electrónica con los formularios disponibles.
- Presentar la solicitud y la documentación a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica.
Plazo de presentación: 15 días a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias resolverá la concesión de las subvenciones en un plazo de 12 meses. El silencio administrativo se considera desestimatorio.
Ayuda
Contacto:
- Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=42167)
- Dirección General de Dependencia (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=42168)
- Dirección General de Protección a la Infancia y Familias (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=42169)
- Dirección General de Diversidad (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=41971)
- Dirección General de Juventud (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=37542)
- Instituto Canario de Igualdad (ICI) (https://www.gobiernodecanarias.org/organigrama/ficha-altos-cargos/?ou=25999)
Normativa:
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
- ORDEN DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL PARA ATENDER FINES DE INTERÉS SOCIAL, CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CANARIA Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA 2022.
- ORDEN DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD POR LA QUE SE CORRIGE ERROR DETECTADO EN LA ORDEN DEPARTAMENTAL Nº 1061, DE 9 DE AGOSTO DE 2022, QUE APRUEBA LAS BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL PARA ATENDER FINES DE INTERÉS SOCIAL, CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CANARIA Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA 2022 (B.O.C. N.º 166, DE 23/8/2022).
- Orden de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias por la que se incrementa el crédito establecido en la Orden Departamental n.º 1061, de 9 de agosto de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la convocatoria de la concesión de Subvenciones para el año 2022, destinadas a la realización de programas de Interés General para atender fines de interés social, con cargo a la Asignación tributaria del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y se efectúa la convocatoria para 2022.
- ORDEN de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias al amparo de la Orden n.º 1061 de 9 de agosto de 2022 (BOC n.º 166, de 23 de agosto de 2022).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.