Subvención directa por razón de interés humanitario, a los centros privados concertados

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder una subvención directa a centros privados concertados para cubrir los gastos de personal en un programa de atención temprana para niños de 0 a 3 años con discapacidad múltiple durante el curso 2023/2024.

¿Quién puede solicitarlo?

Centros privados concertados con alumnado escolarizado en unidades de Educación Especial.

Requisitos principales

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de la Comunidad Autónoma, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas procedentes de entidades públicas o privadas.
  • Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003.

Plazos

Fecha Inicio: 3/3/2025 0:0. Fecha Fin: 18/3/2025 23:59

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La valoración de las solicitudes y la concesión de las subvenciones se tendrá en consideración la disponibilidad presupuestaria. El abono se realizará de forma anticipada.

Resumen

Este trámite permite a los centros privados concertados CREVO y ACAMAN acceder a una subvención directa para cubrir los gastos de contratación de personal para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0-3 años con discapacidad múltiple durante el curso 2023/2024.

Quién puede usar este servicio:

  • Pymes
  • Centros privados concertados con alumnado escolarizado en unidades de Educación Especial.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud
  • Solicitud de abono anticipado
  • Solicitud del Consejo Escolar petición subvención
  • DNI representante
  • Memoria de financiación
  • Memoria de actividades
  • Informe coste del proyecto
  • Memoria del Proyecto
  • Certificado de obligaciones
  • Justificación Proyecto
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias prevista en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de la subvención.
  • Declaración responsable de no contratación con personas o entidades vinculadas.

Requisitos previos:

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de la Comunidad Autónoma, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas procedentes de entidades públicas o privadas.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003.

Costes y plazos:

  • Los gastos subvencionables serán los ocasionados para sufragar los gastos de la contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0-3 años con discapacidad múltiple.
  • Plazo de presentación: Fecha Inicio: 3/3/2025 0:0. Fecha Fin: 18/3/2025 23:59

Cómo hacerlo

La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

  • 6 meses
  • Efectos del silencio administrativo: Desestimatorio (Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Recursos:

  • Potestativo de Reposición

Ayuda

Quién tramita:

Normativa:

  • Normativa autonómica:
    • Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09).
    • ORDEN de 23 de diciembre de 2022, por la que se dictan normas para la suscripción, renovación y/o modificación de los conciertos educativos de las enseñanzas de 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional para las cursos 2023/2024 al 2028/2029.
    • Decreto 5/2015, 30 enero, que modifica el Decreto 36/2009, 31 marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 26, de 9.2.15).
    • Decreto 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias (BOC nº 154, de 6.8.10).
    • Resolución de 4 de octubre de 2018, por la que se dictan instrucciones para la tramitación electrónica del procedimiento para la concesión de subvenciones directas por interés público a centros privados concertados, para sufragar gastos derivados del transporte escolar del alumnado escolarizado en unidades de educación especial concertadas (BOC nº 202, de 18/10/2018).
    • ORDEN de 22 de mayo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2024-2026.
  • Normativa estatal:
    • Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (BOE nº 159, de 4.7.85).
    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.03).
    • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106 de 4.5.06).
    • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
    • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25.7.06).

Códigos identificativos:

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 9376
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 3110506

Preguntas frecuentes


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