Solicitud de informe en materia de infraestructura viaria
Actualizado el 8 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Obtener un informe jurídico o técnico sobre infraestructuras viarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas y administraciones públicas.
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año.
Duración del trámite
Según el objeto de la solicitud.
Información adicional
El silencio administrativo es desestimatorio según el Artículo 24 de la Ley 39/2015.
Resumen
Este trámite permite solicitar un informe, ya sea jurídico o técnico, relacionado con infraestructuras viarias al Gobierno de Canarias.
Quién puede usar este servicio: Ciudadanos, empresas y administraciones públicas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Antecedentes, estudios o informes que se consideren relevantes.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación está abierto durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación de la documentación: Reúne la solicitud y los documentos de respaldo necesarios.
- Presentación de la solicitud:
- Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Presencialmente: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros permitidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Dirección General de Infraestructura Viaria emitirá el informe solicitado.
- El plazo de resolución dependerá del objeto de la solicitud.
- Si no se recibe respuesta en el plazo establecido, se considerará que la solicitud ha sido desestimada (silencio administrativo desestimatorio).
Ayuda
Contacto:
- Órgano que tramita y resuelve: Dirección General de Infraestructura Viaria
Normativa:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.