Solicitud de alta y prórroga de Tráfico de Perfeccionamiento Activo.
Información Rápida
Objetivo
Permite importar bienes sin pagar impuestos para transformarlos y luego exportarlos como productos nuevos o mejorados.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, asociaciones y empresas.
Requisitos principales
- Presentar una garantía que cubra los posibles impuestos que se dejarían de pagar por la importación.
- Esta garantía debe ser aprobada por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y luego presentada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Plazos
Todo el año.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La autorización permite importar bienes sin impuestos para su perfeccionamiento (elaboración, montaje, reparación, etc.) y posterior exportación.
Resumen
Este trámite permite autorizar la importación de bienes sin pagar aranceles, siempre y cuando estos bienes sean transformados o reparados y luego exportados. Esto incluye la elaboración, el montaje, la reparación y la restauración de mercancías.
Quién puede usar este servicio: Ciudadanos, asociaciones y empresas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud
- Garantía Anexo I.
- Modelo 700 (Tasas).
- NIF del interesado y de su representante.
- Acreditación de la representación.
- Justificante del abono de las tasas correspondientes según modelo 700.
Requisitos previos:
- Es necesario presentar una garantía para asegurar el pago de los impuestos en caso de no cumplir con las condiciones del régimen.
- La garantía debe ser aprobada por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y presentada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Costes y plazos:
- Tasas por actuaciones de la Administración Tributaria Canaria (129).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la garantía ante los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias.
- Realiza el pago de las tasas correspondientes (Modelo 700).
- Presenta la solicitud y la documentación en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros permitidos por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Plazo de presentación: Todo el año.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Agencia Tributaria Canaria revisará la solicitud y la documentación.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
- Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo desestimatorio).
Recursos:
- Se puede interponer un recurso potestativo de reposición o una reclamación económico-administrativa.
Ayuda
Contacto:
- Administración de Tributos a la Importación de Las Palmas.
- Administración de Tributos a la Importación de S/C de Tenerife.
Normativa:
- Decreto 12/2004, de 10 de febrero.
- Decreto 268/2011, de 4 de agosto.
- Orden de 17 de mayo de 2011.
- Ley 20/1991, de 7 de junio.
- Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre.
- Reglamento 2454/1993, de 2 de julio.
- Reglamento 2913/1992, de 12 de octubre.