Solicitud de Acreditación como entidad evaluadora en materia de autoprotección.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las entidades evaluadoras ser acreditadas para realizar funciones de control e inspección en actividades sujetas al Reglamento de Autoprotección.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y Administraciones
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El silencio administrativo es desestimatorio, según el artículo 38, apartado 6, del Reglamento de Autoprotección.
Resumen
Este trámite permite solicitar la acreditación como entidad evaluadora en materia de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Canarias. La acreditación es necesaria para ejercer funciones de control e inspección en actividades sujetas al Reglamento de Autoprotección.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas
- Administración
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Acreditación de solvencia profesional
- Acreditación de solvencia económica
- Acreditación técnica del personal
- En el caso de persona jurídica, certificado original del acuerdo social o societario que autoriza la solicitud.
- En el caso de persona jurídica, copia simple del documento que acredite la inscripción de la persona jurídica en el registro oficial que corresponda.
- En el caso de persona jurídica, copia simple del documento que acredite su constitución legal.
- En el caso de persona física, documento original por el que autoriza al representante (en caso de que la solicitud se presente por persona física a través de representante).
- Solicitud
La documentación debe presentarse en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Costes y plazos:
- No se exigen tasas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud de forma electrónica.
Medios de presentación:
- Electrónico
Plazo de presentación: Todo el año.
Después de hacerlo
Plazo de resolución: 6 meses.
Efectos del silencio administrativo: Desestimatorio (Artículo 38, apartado 6, del Reglamento de Autoprotección).
Recursos: Recurso de Alzada.
Ayuda
Quién tramita:
- Subdirección de Protección Civil y Emergencias
Quién resuelve:
Normativa:
- Normativa autonómica:
- Decreto 67/2015 por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que pueden dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias
- Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias
- Normativa estatal:
- Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil
- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia
Códigos identificativos:
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4181
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220647