Renovación de los títulos que habilitan al manejo de embarcaciones de recreo

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite renovar los títulos náuticos de patrón para navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate en casos de caducidad, deterioro, pérdida, robo o cambio de atribuciones.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos que posean títulos náuticos de recreo que necesiten ser renovados.

Requisitos principales

  • Dirigido a ciudadanos que posean títulos náuticos de recreo que necesiten ser renovados.
  • No se exigen requisitos previos específicos.

Plazos

Todo el año

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite renovar los títulos náuticos de recreo en los casos de caducidad, deterioro, pérdida, robo o cambio de atribuciones. Está dirigido a ciudadanos que posean estos títulos y deseen renovarlos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud
  • Justificante del abono de las tasas
  • En caso de renovación por caducidad:
    • Informe de aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, según normativa vigente
  • En caso de renovación por pérdida:
    • Declaración jurada
  • En caso de renovación por deterioro:
    • Tarjeta deteriorada
  • En caso de renovación por robo:
    • Escrito de denuncia
  • En caso de renovación por cambio de atribuciones:
    • Certificado de superación de prácticas o cursos precisos para la nueva atribución

Costes y plazos

  • Tasas: Tasa en materia de enseñanza náutico-deportiva y de buceo deportivo.
  • Plazo de presentación: Todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios según el motivo de la renovación.
  2. Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud de forma electrónica o presencial.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: Estimatorio (si el trámite se inicia por el interesado).

Recursos

  • Potestativo de Reposición.

Ayuda

Quién tramita

  • Servicio de Estructuras Pesqueras

Quién resuelve

Observaciones

  • La caducidad de las tarjetas es de 10 años, hasta que el titular cumple los 70 años de edad, a partir de esa edad es cada 5 años.

Normativa

  • Autonómica: Decreto 12/2012, de 17 de febrero, por el que se regulan los centros que imparten enseñanzas náuticas de navegación de recreo.
  • Estatal: Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. (BOE Nº 247, de 11.10.2014)

Enlaces de interés


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