Renovación de la autorización de transportistas, medios de transporte y contenedores de animales vivos en la Comunidad Autónoma de Canarias
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Renovar la autorización para transportistas, medios de transporte y contenedores de animales vivos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Requisitos principales
- Para transportistas: Cumplir con los requisitos del artículo 3 del Decreto 24/2009.
- Para medios de transporte y contenedores: Cumplir con los requisitos del artículo 4 del Decreto 24/2009.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
1 mes
Resumen
Este trámite permite renovar la autorización para transportar animales vivos en la Comunidad Autónoma de Canarias. Pueden solicitarlo ciudadanos, asociaciones y empresas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Solicitud
- Para transportistas:
- Declaración responsable
- Para medios de transporte y contenedores:
- Declaración responsable de poseer sistemas de navegación basados en satélites
- Permiso de circulación
- Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo
- Fotografías del medio de transporte
- Relación de transportistas autorizados
- Curso de bienestar animal en el transporte
- En caso de personas jurídicas:
- Estatutos
- En caso de actuar mediante representante:
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
Requisitos previos
- Para renovar la autorización a transportistas: los contemplados en el artículo 3 del Decreto 24/2009.
- Para renovar la autorización de medios de transporte y contenedores: los contemplados en el artículo 4 del citado Decreto 24/2009.
Costes y plazos
- Tasas: No se exigen
- Plazo de presentación: Todo el año
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Preparar la documentación necesaria.
- Presentar la solicitud de forma electrónica o presencial.
Medios de presentación
- Electrónico
- Presencial: Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Después de hacerlo
Qué sucede después
- Plazo de resolución: 1 mes
- Efectos del silencio administrativo: Estimatorio
- Recursos: Recurso de Alzada
Ayuda
Quién tramita
- Órgano que tramita: Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal
Quién resuelve
- Órgano que resuelve: Dirección General de Ganadería
Normativa
- Decreto 24/2009, de 3 de marzo
- Decreto 134/2009, de 20 de octubre
- Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre
- Real Decreto 363/2009, de 20 de marzo
- Reglamento (CE) Nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004