Reexpedición de Carné de Guía de Turismo de Canarias
- Objeto
-  - Nueva expedición de carné por caducidad, pérdida (robo, destrucción, extravío), o modificación de datos personales del interesado.
 
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-  - Ostentar condición de guía de turismo habilitado en Canarias
 
- Tasas:
- No se exigen
- Medios de presentación
-  - Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
-  -  Siempre que hayan transcurrido 3 o mas años desde la entrega de las fotos anteriores
 
- Fotografía tamaño carné
- Solicitud de reexpedición de carné de guía de turismo
 La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. 
-  Siempre que hayan transcurrido 3 o mas años desde la entrega de las fotos anteriores
Presencial
-  - Siempre que hayan transcurrido 3 o mas años desde la entrega de las fotos anteriores
- Fotografía tamaño carné
- Solicitud de reexpedición de carné de guía de turismo
 (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente) Es necesario la descarga de Adobe Reader. 
Quién tramita
-  - Órgano que tramita:
- Servicio de Estudio e Investigación
 
Quién resuelve
-  - Órgano que resuelve:
-   Dirección General de Ordenación y Promoción Turística  
 
- Plazo de resolución:
-  1 mes 
 
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
-  Recurso de Alzada
 
 
Normativa
-  Normativa autonómicaDecreto 13/2010, de 11 de febrero, por el que se regula el acceso y ejercicio de la profesión de guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias.(BOC nº 38, de 24.02.10) Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, por el que se desarrolla el Decreto 11/2010, por el que se regula el acceso y ejercicio de la profesión de Guia de Turismo en la CAC Códigos identificativos-  - Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 3003
 
-  - Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 221364
 
 
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