Reembolso de gastos por asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital que hayan sido atendidos fuera del Sistema Nacional de Salud .
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
Objeto
-
- Autorizar y tramitar el reintegro de los gastos de asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital en aquellos casos en los que no se hayan podido utilizar oportunamente los servicios del Sistema Nacional de Salud y no constituya una utilización desviada o abusiva de esta excepción.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
-
- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
- Condición:
- Con el límite de 5 años desde la prestación de la asistencia por la que se reclama ( artículo 43 del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.
- Condición:
Por internet
-
- Reembolso asistencia sanitaria urgente y vital.
- Acreditación de Cuenta bancaria.
- TSI
- Informes
- Facturas
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
-
- Reembolso asistencia sanitaria urgente y vital.
- Acreditación de Cuenta bancaria.
- TSI
- Informes
- Facturas
- NIF
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
-
- Órgano que tramita:
- Dirección de Área de Salud de Fuerteventura Servicio de Inspección y Prestaciones Dirección de Área de Salud de Lanzarote Dirección de Área de Gran Canaria Dirección de Área de Salud de La Gomera Dirección de Área de Salud El Hierro Dirección de Área de Salud de Tenerife Dirección de Área de Salud de La Palma
Quién resuelve
-
- Órgano que resuelve:
- Secretaría General del Servicio Canario de la Salud
Dirección de Área de Salud de Fuerteventura
Dirección de Área de Salud de Lanzarote
Dirección de Área de Gran Canaria
Dirección de Área de Salud de La Gomera
Dirección de Área de Salud El Hierro
Dirección de Área de Salud de La Palma
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Disposición Adicional Vigésimo Quinta del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Recursos:
- Reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral
Observaciones
- La Secretaría General resuelve los expedientes de reintegro cuando exceden de 6010,12 euros y no superan los 30.050,61. ( art.15 Dr. 32/1995 de 24 de febrero )
Las reclamaciones por importe superior a 30.050,61 euros los resuelve el titular de la Dirección del Servicio Canario de la Salud ( apartado 7 del artículo 9 del Decreto 32/1995 de 24 de febrero.
Las reclamaciones por importe inferior a 6.010,12 euros euros se resuelven por las Areas de Salud ( artículo 19.5 del Decreto 32/1995 de 24 de febrero)
Normativa
-
Normativa estatal
Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. (BOE Nº 222, de 16.9.2006).
Códigos identificativos
-
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
871
-
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220615
-