Procedimiento de selección de personas habilitadas como asesoras y/o evaluadoras de las unidades de competencia de distintas cualificaciones profesionales. Convocatoria 2017
Objeto
- Se abre el plazo para solicitar la participación como persona asesora y/o evaluadora en los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- 1. Podrán solicitar la inclusión en las listas únicamente profesionales habilitados en las unidades de competencia de las familias y cualificaciones profesionales recogidas en la base primera de esta resolución. Estos profesionales deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 25.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de Reconocimiento de las Competencias Profesionales Adquiridas por Experiencia Laboral.
- 2. Las personas seleccionadas para participar en los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales deberán desempeñar las funciones de asesoramiento o evaluación, tal como establecen los artículos 23, 24 y 28 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de Reconocimiento de las Competencias Profesionales Adquiridas por Experiencia Laboral, para las familias profesionales establecidas en la base primera.
- 3. Las personas asesoras y evaluadoras deberán atender sus funciones en un horario flexible y adaptado a las necesidades de las personas candidatas. Asimismo, se considerará la disponibilidad para trasladarse a una isla diferente a la de su domicilio, en caso necesario, para la prestación del servicio adjudicado.
- 4. En ningún caso, las personas asesoras y evaluadoras podrán simultanear su condición con la de candidata dentro de la misma comisión de evaluación del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Asimismo, las personas designadas para el asesoramiento no podrán participar como evaluadoras de la misma familia profesional, en una misma convocatoria de evaluación y acreditación.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
- Electrónico:
- La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 13/3/2017 0:0
Fecha Fin: 24/3/2017 23:59
Por internet
- Solicitud
Otra documentación de interés:La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
- Solicitud
- Fotocopia del DNI, o en su caso, Pasaporte o NIE
- Fotocopia compulsada de la Hoja de Servicios expedida por la Dirección Territorial de Educación.
- Certificado de habilitación como Asesor/a y/o Evaluador/a.
- Documentación que acredite la experiencia en el desarrollo del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales o de la elaboración de Instrumentos de apoyo para los PEAC
Otra documentación de interés:(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
- Órgano que tramita:
- Instituto de Cualificaciones
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
- Servicio Canario de Empleo (S.C.E.)
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio administrativo:
- DesestimatorioLey 39/2015
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
Normativa autonómica
Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo y de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, por la que se realiza convocatoria para la constitución de listas de personas habilitadas como asesoras y/o evaluadoras en las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, con el objeto de participar en los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Normativa estatal
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. (BOE nº 205, de 25.08.2009)