Modificación de los planes de seguridad y salvamento inscritos en la sección de playas
Información Rápida
Objetivo
Permite modificar electrónicamente los Planes de Seguridad y Salvamento inscritos en la Sección de Playas y otras zonas de baño marítimas.
¿Quién puede solicitarlo?
Administración Local
Requisitos principales
- No se exigen
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
1 mes
Información adicional
El silencio administrativo es estimatorio.
Resumen
Este trámite permite a la Administración Local modificar los Planes de Seguridad y Salvamento inscritos en la Sección de Playas y otras zonas de baño marítimas de forma electrónica.
Quién puede usar este servicio
Administración Local.
Cómo hacerlo
Objeto
Habilitar mediante medios electrónicos la modificación de los Planes de Seguridad y Salvamento inscritos en la Sección de Playas y otras zonas de baño marítimas.
Medios de presentación
Electrónico.
Documentación necesaria
- Solicitud
- Plano de situación
- Plano de accesos y evacuación
- Plano de sectorización e infraestructuras de servicio e información
- Plano de focos de peligro
- Plano de localización de medios y personal del servicio de salvamento.
- Plan de seguridad
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Plazo de presentación
Todo el año.
Después de hacerlo
Plazo de resolución
1 mes.
Efectos del silencio administrativo
Estimatorio.
Recursos
Recurso de Alzada.
Ayuda
Quién tramita
Subdirección de Protección Civil y Emergencias.
Quién resuelve
Subdirección de Protección Civil y Emergencias.
Normativa
- Decreto 67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6584
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2327946