Inscripción en el registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad.
Objeto
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- Registrar las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV) que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 13/2006, de 8 de febrero, para facilitar su conocimiento al personal autorizado.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
- Condición:
- Podrá presentar su solicitud de inscripción telemáticamente en la modalidad ante testigos, en los demás casos será presencial.
- Se debe solicitar cita previa para la inscripción en el 012.
- Condición:
Por internet
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- Modelo de inscripción en el registro de Manifestación Anticipada de Voluntad.
- Modelo de declaración de la Manifestación Anticipada de Voluntad.
- Modelo de declaración testigos.
- Modelo de aceptación del representante.
- Copias compulsadas del D.N.I., N.I.E. o pasaporte de los testigos, y en su caso, de los representantes.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Modelo de inscripción en el registro de Manifestación Anticipada de Voluntad.
- Modelo de declaración de la Manifestación Anticipada de Voluntad.
- Modelo de declaración testigos.
- Modelo de aceptación del representante.
- Copias compulsadas del D.N.I., N.I.E. o pasaporte de los testigos, y en su caso, de los representantes.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Secretaría General Técnica de Sanidad
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Servicio de Estudios y Normativa
- Plazo de resolución:
- 1 mes
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Decreto 13/2006, de 8 de febrero, por el que se regulan las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario y la creación de su correspondiente Registro. (BOC nº 43, de 02.03.2006)
Normativa estatal
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. (BOE nº 274, de 15.11.2002)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1764
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220710
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