Inscripción en el Registro de Comerciantes y Comercios de Canarias
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración- Inscribir en el Registro de Comerciantes y Comercios de Canarias a todas aquellas personas físicas o jurídicas que ejerzan la actividad comercial.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos y Empresas
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 2: Descarga formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- Instalación del establecimiento comercial.
- Tasas:
- No se exigen
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Objeto
Medios de presentación
Por internet
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
- Órgano que tramita:
- Dirección General de Comercio y Consumo
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Comercio y Consumo
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio administrativo:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
Normativa autonómica
Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de CAnarias y reguladora de la licencia comercial.
Normativa estatal
Ley 7/1996, ordenación comercio minorista. (B.O.E. nº 15, 17 de enero de 1996)
Normativa europea