Inscripción constitución pareja de hecho.
Objeto
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- Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la constitución de una pareja de hecho.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- (116) Tasas por las inscripciones en el Registro de Parejas de Hecho de Canarias
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Inscripción constitución de Pareja de Hecho
- Declaraciones Responsables
- Justificante del abono de las tasas
- Certificado expedido por Registro Civil respecto de cada solicitante sobre inexistencia de vínculo matrimonial.
- Certificado de empadronamiento
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Inscripción constitución de Pareja de Hecho
- Declaraciones Responsables
- Justificante del abono de las tasas
- Certificado expedido por Registro Civil respecto de cada solicitante sobre inexistencia de vínculo matrimonial.
- Certificado de empadronamiento
- Salvo que tengan descendencia común.
- Documento acreditativo de la convivencia al menos durante doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
- En el caso de ser extranjeros.
- Documento acreditativo de la residencia legal en España de los solicitantes
- En caso de que alguno o ambos solicitantes sea menor de edad emancipado
- Documento acreditativo de la situación civil de emancipacion
- En caso de descendencia común de los solicitantes
- Libro de familia
- En caso de que se hayan otorgado y se desee su inscripción junto con la inscripción de la pareja de hecho
- Documento acreditativo de los pactos reguladores de la convivencia
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Entidades Jurídicas
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. (BOC nº 124, de 26.06.2012)
Decreto 60/2004, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho de Canarias, modificado por Decreto 28/2015, de 19 de marzo.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3376
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221026
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