INNOBONOS 2019. Subvenciones del programa de bonos de innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, para el año 2019

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvenciones para bonos de innovación (INNOBONOS) cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2019.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y profesionales autónomos que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos principales

  • Empresas válidamente constituidas o profesionales autónomos que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • No figurar como prestador de servicios en el programa de bonos de innovación.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazos

Plazo de presentación: Del 4/2/2019 al 31/12/2019 (Aceptación y justificación). Del 29/10/2024 al 30/11/2024 (Presentación alegaciones).

Duración del trámite

12 meses

Información adicional

El plazo de inicio de la actividad a subvencionar comienza a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones del programa de bonos de innovación (INNOBONOS), que están cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2019.

Quién puede usar este servicio:

Empresas y profesionales autónomos que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Escritura de constitución (Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada).
  • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta).
  • Estatutos.
  • Oferta.
  • Memoria detallada de actividades.

Otra documentación de interés:

Requisitos previos:

  • Podrán acogerse a estas subvenciones, las empresas, de acuerdo a la definición que figura en el Anexo II de la ORDEN de 27 de abril de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la reseñada Ley General de Subvenciones.
  • No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el programa de bonos de innovación.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Costes:

  • Con carácter general, la intensidad de la ayuda será de un 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros. En cada convocatoria se podrá fijar un límite máximo menor a los 20.000 euros para alguno de los servicios subvencionables en la misma.
  • En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.
  • Las empresas que se acojan a estas ayudas habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo contabilizado durante el periodo de tres ejercicios fiscales dado el carácter de minimis de este régimen de ayudas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. La solicitud se realiza a través de la aplicación informática de gestión creada para este fin en la sede electrónica.

Plazo de presentación:

  • Del 4/2/2019 0:0 al 31/12/2019 23:59 (Aceptación y justificación).
  • Del 29/10/2024 0:0 al 30/11/2024 23:59 (Presentación alegaciones).

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

  • 12 meses

Efectos del silencio administrativo:

  • Desestimatorio

Recursos:

  • Potestativo de Reposición
  • Recurso contencioso-administrativo

Ayuda

Quién tramita:

  • Área de Coordinación e Interrelación, Investigación, Innovación y Sociedad de la Información

Quién resuelve:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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