Informe acreditativo de esfuerzo de integración de extranjeros.
Información Rápida
Objetivo
Acreditar el esfuerzo de integración de extranjeros que solicitan la renovación de su residencia temporal, demostrando su participación en actividades formativas sobre valores constitucionales, derechos humanos, igualdad y aprendizaje de las lenguas oficiales.
¿Quién puede solicitarlo?
Extranjeros que solicitan la renovación de su residencia temporal no lucrativa, por reagrupación familiar o por cuenta ajena o propia.
Requisitos principales
- Ser extranjero solicitante de renovación de residencia temporal no lucrativa, por reagrupación familiar o por cuenta ajena o propia.
- Participar activamente en acciones formativas sobre valores constitucionales, derechos humanos, igualdad y aprendizaje de las lenguas oficiales.
Plazos
Puede presentarse durante todo el año.
Duración del trámite
No se especifica
Información adicional
No se exigen tasas para este trámite.
Resumen
Este trámite permite obtener un informe que acredita el esfuerzo de integración de un extranjero en la sociedad española. Este informe es necesario para la renovación de la residencia temporal no lucrativa, por reagrupación familiar y por cuenta ajena o propia.
Quién puede usar este servicio:
- Extranjeros que solicitan la renovación de su residencia temporal.
Antes de empezar:
- Asegúrese de tener todos los documentos necesarios.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Informe acreditativo del esfuerzo de integración.
- NIE (Número de Identificación de Extranjero).
- Certificado de Empadronamiento.
- Certificado del curso de Valores Constitucionales y Derechos Humanos.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- Puede presentarse durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación necesaria.
- Presente la solicitud electrónicamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias o presencialmente en las oficinas de registro.
Medios de presentación:
- Electrónico: A través de la sede electrónica.
- Presencial: En las oficinas de registro.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- El Servicio de Gestión y Asuntos Generales tramitará su solicitud.
- No cabe recurso contra la resolución de este trámite.
Ayuda
Contacto:
- Servicio de Gestión y Asuntos Generales.
Recursos adicionales: