Información previa sobre transmisión de acciones o participaciones en las sociedades de correduría de seguros que pudieran dar lugar a un régimen de participaciones significativas, o al establecimient
Información Rápida
Objetivo
Controlar las transmisiones de acciones o participaciones en sociedades de correduría de seguros para asegurar el cumplimiento de la Ley 26/2006.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas inscritas como corredores o agentes de seguros.
Requisitos principales
- El solicitante debe estar inscrito como corredor de seguros (persona jurídica) o agente de seguros vinculado (persona jurídica) en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El silencio administrativo es estimatorio.
Resumen
Este trámite permite informar al Gobierno de Canarias sobre la transmisión de acciones o participaciones en sociedades de correduría de seguros. Esto es necesario cuando la transmisión puede resultar en un régimen de participaciones significativas o en el establecimiento de vínculos estrechos, según lo establecido en la Ley 26/2006.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas inscritas como corredores de seguros o agentes de seguros vinculados en el Registro administrativo especial.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Modelo de presentación de información previa (disponible para descarga online y presencial).
- Declaraciones y Anexos (disponibles para descarga online y presencial).
Requisitos previos:
- Estar inscrito como corredor de seguros o agente de seguros vinculado en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación es durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria: Descarga y completa el modelo de presentación de información previa y los anexos correspondientes.
- Presenta la documentación:
- Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Presencialmente: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros permitidos por la Ley 39/2015.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- El órgano competente revisará la información presentada.
- Se verificará si la transmisión cumple con los requisitos de la Ley 26/2006.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido estimada.
Ayuda
Contacto:
- Órgano que tramita: Servicio de Instituciones Financieras.
- Órgano que resuelve: Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Recursos adicionales:
- Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.