Homologación de cursos de formación agraria para la obtención de la cualificación profesional agraria
Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto
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- Asegurar la idoneidad de los programas, contenidos, organización y ejecución de los cursos para la obtención de la cualificación profesional agraria, que estén promovidos por personas públicas o privadas, con la finalidad de garantizar unos niveles de formación homogéneos que acrediten una capacidad profesional suficiente que permita acceder al Registro de Explotaciones Agrarias prioritarias y a los auxilios o ayudas agrarias en los que así se exija.
- A quién está dirigido:
- Administración, Empresas, Ciudadanos y Asociaciones
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Los cursos para los que se solicita homologación sean de formación agraria , según lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 9 de febrero de 1999 (BOC nº 21, de 17 de febrero de 1999).
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Solicitud
- Acreditación de la cualificación profesional del profesorado.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud
- Acreditación de la cualificación profesional del profesorado.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Capacitación Agraria
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Agricultura
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Observaciones
- La presentación de la solicitud deberá ser, al menos, treinta días antes del comienzo de la actividad formativa.
Normativa
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Normativa autonómica
Orden de 9 de febrero de 1999, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la homologación de cursos de formación agraria para la obtención de la cualificación profesional agraria. (BOC Nº 21, de 17.2.1999).
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1159
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220968
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