Expedición de Certificado de Contratistas y Subcontratistas.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener un certificado que acredite la exención de responsabilidad sobre deudas tributarias relacionadas con tributos que deban repercutirse.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, asociaciones y empresas.

Requisitos principales

  • No se exigen requisitos previos.

Plazos

Todo el año

Duración del trámite

3 días

Información adicional

Para obtener el certificado, puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Agencia Tributaria Canaria.

Resumen

Este trámite permite obtener un certificado que acredita que una persona o entidad está exenta de responsabilidad en relación con deudas tributarias de tributos que deban repercutirse. Este certificado puede ser útil para contratistas y subcontratistas que necesitan demostrar su situación fiscal.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Asociaciones
  • Empresas

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud
  • Documentación acreditativa de la identidad del interesado y, en su caso, de su representante.
  • Autorización expresa a favor de la persona que lo solicita, si es diferente al propio interesado.
  • Justificante del abono de las tasas (si aplica).

Costes y plazos:

  • Este trámite está sujeto a una tasa por la expedición de certificados, a menos que se realice a través de la sede electrónica, en cuyo caso está exento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación: Reúna todos los documentos necesarios mencionados en la sección "Lo que necesitas".
  2. Presentar la solicitud:

Tiempos de espera:

  • El plazo de resolución es de 3 días.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria Canaria resolverá y emitirá el certificado, si procede.

Plazos de resolución:

  • 3 días.

Efectos del silencio administrativo:

  • Caducidad (si el trámite se inicia por el interesado).

Recursos:

  • No cabe recurso.

Ayuda

Contacto:

  • Para obtener más información o ayuda, puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Agencia Tributaria Canaria.

Normativa:

  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

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