Exención del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Objeto
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- Eximir al alumno que cursa Formación Profesional de realizar el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la práctica laboral.
- A quién está dirigido:
- Estudiantes
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Exención total y parcial: La persona que lo solicite tiene que acreditar mediante vida laboral y certificado de empresa de las actividades realizadas 12 meses en jornada completa del perfil profesional.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Secretaría del centro en que se encuentre matriculado/a el alumnado solicitante.
- Plazo de presentación:
- Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
- Condición:
- En caso de presentación presencial de la solicitud de exención se deberá realizar preferentemente en la Secretaría del centro en que se encuentre matriculado/a, dirigida al Director/a del centro educativo y en los siguientes plazos ordinarios:
- a) Hasta el 30 de abril para aquellos ciclos formativos y régimen cuyo módulo profesional de FCT, se inicie entre octubre y diciembre del curso siguiente. El alumnado que habiendo interrumpido sus estudios se matricule para realizar el módulo profesional de FCT deberá solicitar la exención en el momento de formalizar la matrícula.
- b) Hasta el 31 de octubre para aquellos ciclos formativos y régimen cuyo módulo profesional de FCT o fase de FCT, se inicie entre enero y marzo.
- c) Hasta el 31 de enero para aquellos ciclos formativos y régimen cuyo módulo profesional de FCT o fase de FCT, se inicie entre abril y junio.
- Observaciones:
- El/a alumno/a que en el plazo ordinario de solicitud desempeñe un trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena relacionado con los estudios profesionales, pero con una experiencia laboral inferior a 12 meses en jornada completa, podrá solicitar la exención cuando pueda acreditar los requisitos establecidos, en todo caso, con 15 días hábiles de antelación al inicio de la FCT.
- Condición:
Por internet
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- Solicitud de exención del módulo Formación en Centros de Trabajo (FCT)
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación
- Contrato de trabajo o certificación de empresa donde ha adquirido experiencia laboral, en la que consta específicamente duración de periodos de prestación del contrato, actividad desarrollada e intervalo de tiempo realizado para dicha actividad
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma
- Certificación de la organización donde se ha prestado la asistencia en la que constan, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud de exención del módulo Formación en Centros de Trabajo (FCT)
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación
- Contrato de trabajo o certificación de empresa donde ha adquirido experiencia laboral, en la que consta específicamente duración de periodos de prestación del contrato, actividad desarrollada e intervalo de tiempo realizado para dicha actividad
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma
- Certificación de la organización donde se ha prestado la asistencia en la que constan, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas
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Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Centro Educativo
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Direcciones de los centros docentes
Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos
- Plazo de resolución:
- 15 días en solicitudes presentadas en el plazo ordinario.
7 días en solicitudes presentadas fuera del plazo ordinario (por no contar, en el momento de presentación de solicitudes en plazo ordinario, con una experiencia laboral igual o superior a 12 meses en jornada completa).
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Art. 40.2 Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Resolución de 18 de julio de 2007, por la que se modifica la Resolución de 26 de julio de 2004, que regula la Formación en Centros de Trabajo (BOC nº 157, de 05/08/2007).
Resolución de 26 de julio de 2004, por la que se regula la Formación en Centros de Trabajo (BOC Nº 160, de 19/08/2004).
Resolución de 13 de abril de 2015, por la que se modifica la Resolución de 26 de julio de 2004, que regula la Formación en Centros de Trabajo (BOC nº 75, de 21/04/2015).
Normativa estatal
Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº 182, de 30/07/2011).
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1208
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220676
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