Devolución de Ingresos Indebidos (supuestos de duplicidad en el pago o de ingreso de importes superiores a los debidos).
Objeto
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- Reconocer y devolver los ingresos que indebidamente se hayan realizando en periodo ejecutivo de ingreso de deudas tributarias y no tributarias.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 2: Descarga formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
- Condición:
- Dentro del plazo de 4 años desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido.
- Condición:
Por internet
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La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Agencia Tributaria Canaria
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Agencia Tributaria Canaria
- Plazo de resolución:
- 6 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Art. 19 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
- Recursos:
- Reclamación administrativa previa a la vía judicial civil
Potestativo de Reposición
Observaciones
- Unidad administrativa gestora: Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife y Servicio de Recaudación de Las Palmas.
Información adicional:
Para solicitar información puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Administración Tributaria Canaria.
Normativa
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Normativa estatal
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE nº 302, de 18.12.2003)
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (B.O.E 27.05.2005)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3029
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220693
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