Desahucio administrativo en viviendas, locales y elementos anejos pertenecientes al parque público, en régimen de arrendamiento o acceso diferido
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administraciónObjeto
- Recuperación de viviendas, locales y elementos anejos propiedad del instituto canario de la vivienda por infracción al régimen legal en el supuesto de desocupación, ocupación ilegal, falta de pago y otros.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 1: Información
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
- Domicilio de la vivienda sobre la que hay que actuar o nombre del adjudicatario.
- Denuncia formulada en el Registro del Organismo
Quién tramita
- Órgano que tramita:
- Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V.Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
- Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
- Plazo de resolución:
- 6 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Caducidad
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
Normativa autonómica
Ley 2/2003, de 30 de Enero, de Vivienda de Canarias. (BOC Nº 27, de 10.2.2003).
Normativa estatal
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015)
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE Nº 236, de 02.10.2015)