Declaración de idoneidad de los solicitantes de acogimiento familiar en Familia Ajena

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite busca declarar como aptas a aquellas personas o familias que deseen acoger a un menor bajo la tutela o guarda de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, evaluando su capacidad educadora y experiencia en el cuidado de menores.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos que deseen acoger a un menor sujeto a la tutela o guarda de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia.

Requisitos principales

  • Plena capacidad de obrar.
  • Especial actitud educadora.
  • Dedicación habitual al cuidado de menores.
  • Experiencia en educación y cuidado de menores.
  • Realización de un curso de formación según criterios de la Entidad Pública.

Plazos

Todo el año

Duración del trámite

6 meses

Resumen

Este trámite permite a personas o familias ser declaradas idóneas para acoger a menores bajo la tutela o guarda de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia del Gobierno de Canarias.

Quién puede usar este servicio:

Ciudadanos con capacidad educadora, dedicación al cuidado de menores y experiencia en este ámbito.

Antes de empezar:

Es necesario haber realizado un curso de formación según los criterios de la Entidad Pública.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado médico acreditativo del estado de salud.
  • Declaración de la renta y del patrimonio del último ejercicio económico, o certificado de haberes anuales brutos o nóminas de los últimos seis meses.
  • Otros informes o documentos relevantes.
  • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y de su representante.
  • Tarjeta sanitaria.
  • Acreditación de circunstancias personales.
  • Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
  • Solicitud.

Requisitos previos:

  • Realización de un curso de formación según criterios de la Entidad Pública.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • Plazo de presentación: Todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud y la documentación:
    • Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
    • Presencialmente: En las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en otros registros admitidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La Dirección General de Protección a la Infancia y Familias resolverá la solicitud.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
  • Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera estimada.

Siguientes pasos:

En caso de ser declarado idóneo, se le informará de los siguientes pasos a seguir para el acogimiento familiar.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

  • Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores.
  • Decreto 54/1998, de 17 de abril, por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
  • Código Civil.
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

Preguntas frecuentes


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