Convocatoria para el ejercicio 2021, de subvenciones para la Incorporación de Personal Innovador al Tejido Productivo.
Información Rápida
Objetivo
Esta convocatoria ofrece subvenciones para que pequeñas y medianas empresas (PYMES) y agrupaciones empresariales innovadoras (clústeres) puedan incorporar personal innovador a su plantilla, impulsando así el tejido productivo de Canarias.
¿Quién puede solicitarlo?
PYMES y agrupaciones empresariales innovadoras (Clústeres) con centro de trabajo en Canarias.
Requisitos principales
- Ser una PYME o agrupación empresarial innovadora (clúster) con centro de trabajo en Canarias.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la base reguladora 3 de la convocatoria.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 37 de la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, ni en el punto dieciséis del artículo 1 de la Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre.
- No ser una persona física, aunque ejerza actividad económica como autónomo.
- No tener una constitución o inicio de actividad posterior al primer día del mes anterior a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
- No ser deudor de la Administración Española por resolución de reintegro de subvenciones según el artículo 37 de la Ley 38/2003.
- No operar en sectores o actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento de minimis.
- No superar el importe máximo total de 200.000,00 euros (o 100.000 euros en el sector del transporte por carretera) en ayudas de minimis durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores.
Plazos
Fase de Solicitud Cerrada. Aplicativo de Gestión abierto únicamente a las entidades solicitantes, para aportación de documentos requeridos.
Duración del trámite
12 meses
Información adicional
La cuantía máxima de la subvención por año es de 24.000,00 euros. La retribución anual bruta del tecnólogo contratado no puede ser inferior a 19.000,00 €.
Resumen
Este trámite ofrece subvenciones a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y agrupaciones empresariales innovadoras (clústeres) para la incorporación de personal innovador al tejido productivo de Canarias.
Quién puede usar este servicio:
- Organizaciones empresariales y PYMES con centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud
- Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
- Memoria detallada de actividades
- Declaración Responsable de PYME
- Ayudas minimis
- Título oficial de estudios
- Escritura de constitución
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Actividad Económica
- Informe Tecnológico de Patentes relacionado con las actividades I+D+i que realice.
- Convenio de colaboración
- Acreditación Programa Marco
- Memoria técnica
- Memoria económica
- Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas
- Modelos TC 2 y TC 1
- Nóminas
- Justificantes acreditativos del gasto realizado: nóminas y cuotas a la seguridad social.
- Declaración responsable de publicidad
- De otras ayudas o subvenciones (Mínimis)
- Reintegro de remanentes
Requisitos previos:
- Ser una PYME o agrupación empresarial innovadora (clúster) con centro de trabajo en Canarias.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la base reguladora 3 de la convocatoria.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 37 de la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, ni en el punto dieciséis del artículo 1 de la Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre.
- No ser una persona física, aunque ejerza actividad económica como autónomo.
- No tener una constitución o inicio de actividad posterior al primer día del mes anterior a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
- No ser deudor de la Administración Española por resolución de reintegro de subvenciones según el artículo 37 de la Ley 38/2003.
- No operar en sectores o actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento de minimis.
- No superar el importe máximo total de 200.000,00 euros (o 100.000 euros en el sector del transporte por carretera) en ayudas de minimis durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores.
Costes y plazos:
- La cuantía máxima de la subvención por año es de 24.000,00 euros.
- La retribución anual bruta del tecnólogo contratado no puede ser inferior a 19.000,00 €.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación necesaria.
- Presente la solicitud de forma electrónica.
Medios de presentación:
- Electrónico
Plazo de presentación:
- Fase de Solicitud Cerrada. Aplicativo de Gestión abierto únicamente a las entidades solicitantes, para aportación de documentos requeridos.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 12 meses.
- El silencio administrativo es desestimatorio.
Recursos:
- Potestativo de Reposición
- Recurso contencioso-administrativo
Ayuda
Quién tramita:
- Servicio de Innovación
Quién resuelve:
Normativa:
- Orden, 28 dic 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo, aprobadas por Orden de 14 de julio de 2016 (BOC 142, 25.7.2016)
- Orden, de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
- Orden de 14 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la incorporación de personal innovador al tejido productivo.
- Resolución, 15 marzo 2016, de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el Marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico
- Extracto de la Orden núm.322, de 21 de agosto de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se convoca en tramitación anticipada para el ejercicio 2021, subvenciones para la Incorporación de Personal Innovador al tejido productivo, cofinanciadas por el Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, para el ejercicio 2021.
- Orden, 28 sep 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla e implementa la funcionalidad gestión de subvenciones y transferencias del Sistema de Información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, SEFCAN, y se establecen los términos en que se incorpora a la base de datos de subvenciones, prevista en el artículo 46 del Decreto 36/2009, 31 marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la información requerida
- Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación.
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
- Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Consejo.
- Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
- Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2014
- Reglamento (CE, Euratom) nº 2988/1995 del Consejo de 18 de diciembre de 1995 relativo a la protección de intereses financieros de las Comunidades Europeas.