Convalidación de los títulos que habilitan al manejo de embarcaciones de recreo
Información Rápida
Objetivo
Convalidar títulos náuticos de patrón para navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite convalidar los títulos náuticos de patrón para la navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quién puede usar este servicio:
Ciudadanos interesados en convalidar sus títulos náuticos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Justificante del abono de las tasas.
- Informe de aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, según normativa vigente.
- Título oficial de estudios.
- En caso de que la convalidación emane de un título académico: Acreditación de un embarque de 3 meses.
Costes y plazos:
- Tasas: Consultar la tasa (148) por servicios administrativos comunes a las enseñanzas náutico-deportiva de buceo deportivo y profesional marítimo-pesquera, específicamente el concepto (3) Convalidación de titulaciones.
- Plazo de presentación: Abierto todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Abona las tasas correspondientes.
- Presenta la solicitud y la documentación:
- Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Presencialmente: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros indicados en el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Dirección General de Pesca resolverá la solicitud.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Efectos del silencio administrativo:
Si el trámite se inicia por el interesado, el silencio administrativo es estimatorio.
Recursos:
Cabe recurso potestativo de reposición.
Ayuda
Contacto:
Para cualquier duda o consulta, puede dirigirse a la Dirección General de Pesca.
Recursos adicionales:
- Modelo 700 para el abono de tasas.
Observaciones:
Es necesario abonar dos tasas diferentes: una por la convalidación del título y otra por la expedición del título resultante. Ambas deben cumplimentarse y abonarse por separado en el Modelo 700.