Convalidación de los títulos que habilitan al manejo de embarcaciones de recreo

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Convalidar títulos náuticos de patrón para navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos

Requisitos principales

  • No se exigen requisitos previos.

Plazos

Todo el año

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite convalidar los títulos náuticos de patrón para la navegación básica, patrón de embarcación de recreo, patrón de yate y capitán de yate en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quién puede usar este servicio:

Ciudadanos interesados en convalidar sus títulos náuticos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud.
  • Justificante del abono de las tasas.
  • Informe de aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, según normativa vigente.
  • Título oficial de estudios.
  • En caso de que la convalidación emane de un título académico: Acreditación de un embarque de 3 meses.

Costes y plazos:

  • Tasas: Consultar la tasa (148) por servicios administrativos comunes a las enseñanzas náutico-deportiva de buceo deportivo y profesional marítimo-pesquera, específicamente el concepto (3) Convalidación de titulaciones.
  • Plazo de presentación: Abierto todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Abona las tasas correspondientes.
  3. Presenta la solicitud y la documentación:
    • Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
    • Presencialmente: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias o en los registros indicados en el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La Dirección General de Pesca resolverá la solicitud.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Efectos del silencio administrativo:

Si el trámite se inicia por el interesado, el silencio administrativo es estimatorio.

Recursos:

Cabe recurso potestativo de reposición.

Ayuda

Contacto:

Para cualquier duda o consulta, puede dirigirse a la Dirección General de Pesca.

Recursos adicionales:

Observaciones:

Es necesario abonar dos tasas diferentes: una por la convalidación del título y otra por la expedición del título resultante. Ambas deben cumplimentarse y abonarse por separado en el Modelo 700.


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