Consultas en materia de expropiación forzosa
Información Rápida
Objetivo
Tramitar solicitudes generales de información en materia de expropiación forzosa cuando sean competencia de la Dirección General de Infraestructura Viaria.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
- No se exigen tasas.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El silencio administrativo en este trámite no tiene efectos estimatorios ni desestimatorios.
Resumen
Este trámite permite realizar consultas generales en materia de expropiación forzosa que sean competencia de la Dirección General de Infraestructura Viaria. Está dirigido a ciudadanos, empresas y administraciones.
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Puedes presentar la solicitud de forma electrónica o presencial:
- Electrónicamente: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Presencialmente: En cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, o en los registros indicados en el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Documentación necesaria
- Solicitud.
- Informes, estudios, memorias.
Los documentos deben presentarse en los formatos de documentos aceptados.
Plazo de presentación
Puedes presentar la solicitud durante todo el año.
Después de hacerlo
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver la consulta es de 3 meses.
Efectos del silencio administrativo
El silencio administrativo en este trámite no tiene efectos.
Recursos
No cabe recurso contra la resolución.
Ayuda
Quién tramita
La Dirección General de Infraestructura Viaria es el órgano encargado de tramitar y resolver este procedimiento.
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.