Comunicación previa de inicio de actividad como operador de Producción Integrada de Canarias
Objeto
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- Comunicar a la autoridad competente el inicio de la actividad como operador de Producción Integrada, para producir o comercializar productos agrícolas bajo esta identificación de garantía, declarando responsablemente que se cumplen todos los requisitos establecidos para ello.
- A quién está dirigido:
- Empresas y Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- La persona física o jurídica que comunique el inicio de su actividad como operador de Producción Integrada de Canaria, deberá obtener, manipular, elaborar, envasar, etiquetar, almacenar o comercializar productos vegetales en las condiciones establecidas en el Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias, y según las Normas Técnicas Específicas de producción del producto.
- Ver artículo 7 del Decreto 79/2003, en la redacción dada por el Decreto 9/2010:
- - Someter su empresa al régimen de control.
- - Todas las operaciones de la explotación agrícola y las relativas a la comercialización deberán sujetarse a las disposiciones de este Decreto y a las Normas Técnicas Específicas de producción del producto.
- - Disponer de un libro-registro en el que tengan reflejo las distintas operaciones que se vayan realizando.
- - Someter la explotación o la industria al régimen de inspecciones, controles e instrucciones que se establezcan para cada producto en las Normas Técnicas Específicas, así como a aquellos otros que pudieran ordenarse en cualquier momento.
- - Disponer del asesoramiento permanente, interno o externo, de un Técnico competente con conocimiento de las técnicas de producción integrada, que se acreditará mediante certificaciones de asistencia a cursos sobre dicha materia o por experiencia laboral en el funcionamiento de las Agrupaciones de Tratamiento Integrado (ATRIAs) o Agrupaciones de Defensa Vegetal (ADVs).
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Comunicación previa
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Estatutos
- Memoria técnica
- Memoria técnica
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Comunicación previa
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Estatutos
- Memoria técnica
- Memoria técnica
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Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Control y Certificación
Quién resuelve
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- Recursos:
- Potestativo de Reposición
Normativa
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Normativa autonómica
Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 101, de 28.05.2003)
Decreto 9/2010, de 4 de febrero, por el que se modifica el Decreto 79/2003, de 12 de mayo, por el que se regula el sistema agrícola de producción integrada de Canarias. (BOC nº 34, de 19.02.2010)
LEY 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria
Normativa estatal
Real Decreto 1.201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas. (BOE nº 287, de 30.11.2002)
Normativa europea
Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los Servicios del Mercado Interior.(DOCE nº 376, de 27.12.2006)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4515
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220985
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