Comunicación previa al inicio de actividad para la apertura y funcionamiento de los centros de enseñanzas náuticas de navegación de recreo

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Trámite electrónico

Objeto

  • Los centros que deseen impartir las enseñanzas náuticas de navegación de recreo podrán hacerlo siempre que cumplan, desde el comienzo de la actividad y durante el tiempo que dure ésta, los requisitos a que se refieren los artículos 6, 8 y 9 del presente Decreto y hayan comunicado por escrito a la Consejería competente en materia de pesca su intención de realizar dichas actividades con una antelación mínima de 15 días al comienzo de las mismas.
A quién está dirigido:
Empresas y Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los recogidos en los artículos 6, 8 y 9 del Decreto 12/2012, de 17 de febrero, por el que se regulan los centros que imparten enseñanzas náuticas de navegación de recreo.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

    • Comunicación previa
    • Plano de situación
    • Memoria detallada de actividades
    • Alta censal de actividad empresarial en el IAE
    • Alta en el IGIC
    • Comunicación previa ante el Ayuntamiento correspondiente
    • Declaración en la que se haga constar que dispone del equipamiento básico recogido en el anexo IV del Decreto 12/2012, de 17 de febrero
    • Comunicación de las embarcaciones de las que dispone el centro para la realización de las prácticas, especificando el nombre, matriculación y características generales
    • Puerto y zona de atraque en el que las embarcaciones de prácticas van a tener su base permanente
    • Hoja de asiento actualizada del Registro Marítimo Español de las embarcaciones de prácticas
    • Póliza de seguros
    • Certificado de navegabilidad en vigor de las embarcaciones de prácticas
    • Escritura de propiedad
    • En caso de no ostentar la propiedad del local:
      • Contrato de arrendamiento
    • Acreditar la disponibilidad del equipo de radiocomunicaciones homologado por la Dirección General de la Marina Mercante exigible para cada titulación de recreo

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Comunicación previa
    • Plano de situación
    • Memoria detallada de actividades
    • Alta censal de actividad empresarial en el IAE
    • Alta en el IGIC
    • Comunicación previa ante el Ayuntamiento correspondiente
    • Declaración en la que se haga constar que dispone del equipamiento básico recogido en el anexo IV del Decreto 12/2012, de 17 de febrero
    • Comunicación de las embarcaciones de las que dispone el centro para la realización de las prácticas, especificando el nombre, matriculación y características generales
    • Puerto y zona de atraque en el que las embarcaciones de prácticas van a tener su base permanente
    • Hoja de asiento actualizada del Registro Marítimo Español de las embarcaciones de prácticas
    • Póliza de seguros
    • Certificado de navegabilidad en vigor de las embarcaciones de prácticas
    • Escritura de propiedad
    • En caso de no ostentar la propiedad del local:
      • Contrato de arrendamiento
    • Acreditar la disponibilidad del equipo de radiocomunicaciones homologado por la Dirección General de la Marina Mercante exigible para cada titulación de recreo

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Estructuras Pesqueras

Quién resuelve

  • Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 12/2012, de 17 de febrero, por el que se regulan los centros que imparten enseñanzas náuticas de navegación de recreo

    Normativa estatal

    Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      3153
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      220863

Oficinas de la administración

Agencia Canaria de Protección del Medio Natural

Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

Parque Nacional de Timanfaya

Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife

Via Medular 99, 35500, Arrecife

Eei las Rosas

Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla

Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara

Dirección General de Seguridad y Emergencias

Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife

Oficina de Empleo de Primero de Mayo

Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste

Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste

Oficina de Empleo de Arucas

Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas

Oficina de Empleo de Gran Tarajal

Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje

Direccion de Area de Salud de la Gomera

Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera

Tel. 922141558

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