Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Objeto
-  - Realizar la Comunicación continuidad en la prestación de servicios de línea de transporte turístico, recreativo, educativo o similar cada cuatro años contados desde su notificación inicial.
 
- A quién está dirigido:
- Empresas y Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
- Medios de presentación
-  - Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
-  - Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Declaración responsable de cumplimiento de la normativa específica para continuar con la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
 La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. 
Presencial
-  - Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Declaración responsable de cumplimiento de la normativa específica para continuar con la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
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Quién tramita
-  - Órgano que tramita:
- Servicio de Transporte Marítimo
 
Quién resuelve
-  - Recursos:
-  No cabe recurso
 
 
Normativa
-  Normativa autonómicaLey 12/2007, de 24 de abril de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias Normativa estatalLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes. Códigos identificativos-  - Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 3531
 
-  - Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220939
 
 
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