Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
Objeto
-
- Realizar la Comunicación continuidad en la prestación de servicios de línea de transporte turístico, recreativo, educativo o similar cada cuatro años contados desde su notificación inicial.
- A quién está dirigido:
- Empresas y Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
-
- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
-
- Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Declaración responsable de cumplimiento de la normativa específica para continuar con la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
-
- Comunicación de continuidad de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Escritura de constitución
- Declaración responsable de cumplimiento de la normativa específica para continuar con la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
-
- Órgano que tramita:
- Servicio de Transporte Marítimo
Quién resuelve
-
- Recursos:
- No cabe recurso
Normativa
-
Normativa autonómica
Ley 12/2007, de 24 de abril de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias
Normativa estatal
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes.
Códigos identificativos
-
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3531
-
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220939
-